Es de recordar que, en caso de no existir un acuerdo entre los padres sobre el orden de los apellidos de sus hijos e hijas, el funcionario encargado de realizar el trámite de registro civil de nacimiento, resolverá la discrepancia mediante el mecanismo de sorteo. La Registraduría Nacional del Estado Civil, cuenta con un plazo de seis meses contados a partir del 4 de agosto del 2021 para reglamentar el procedimiento de dicho sorteo, esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2129 del 2021.
Esta norma rige para los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.
Los interesados en llevar a cabo el trámite de inscripción de una persona en el registro civil de nacimiento, pueden consultar el procedimiento y los requisitos en la página web de la entidad www.registraduria.gov.