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Así se hará la entrega de vehículos inmovilizados en la pandemia Covid-19

por Redacción BL
Entrega de Vehículos por infracciones durante la pandemia Covid-19

El secretario de Tránsito y Transporte Distrital, Onis José Riascos Riascos, se permite recordar que la entrega de vehículos inmovilizados por infracciones de tránsito o por la violación al decreto de aislamiento por la pandemia de Covid-19 se debe realizar de la siguiente manera:

1- El infractor debe ingresar aquí :

2- En este link debe ingresar su información para ser contactado y subir el archivo fotográfico del comparendo que se le impuso.

3- Después de haber pagado, debe subir a la plataforma en PDF copia de todos los documentos ya antes solicitados en el formulario para la entrega de su vehículo, previa validación del pago con el Banco.

4- La Secretaría de Tránsito enviará relación a los Parqueaderos de los vehículos para autorizar la salida.

5- Para llenar el formulario debe completar de forma obligatoria los siguientes campos y anexar en forma digitalizada el PDF los documentos requeridos.

  • Nombres y apellidos del infractor
  • Tipo de documento
  • Número del documento
  • Número de teléfono
  • Número de celular
    Correo electrónico
  • Placa del vehículo inmovilizado
  • Número del comparendo
  • Fecha de inmovilización.

6- Adjuntar copia del documento de identidad, copia del comparendo, licencia de conducción y documentos del vehículo digitalizados.

Nota: En el evento de tratarse de vehículo inmovilizado por Accidente de Tránsito, debe presentar la Orden Judicial expedida por Autoridad competente que ordene la salida del vehículo.

7- Para efectuar el proceso de entrega del vehículo inmovilizado, el propietario, infractor o autorización, con poder debidamente autenticado, deberá asistir el día asignado, al parqueadero respectivo, con los siguientes documentos (original y dos copias):

1. Documento de identidad
2. Licencia de tránsito
3. Licencia de conducción
4. Revisión técnico – mecánica
5. SOAT

8- Frente los tramites de impugnación a comparendos, los mismo están por el momento bajo la medida de suspensión de términos, esto quiere decir que los ciudadanos gozarán de los beneficios económicos previstos en la Ley 1386 de 2020, una vez la medida pierda su vigencia cuando se supere la fuerza mayor en la que se encuentra motivada.

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