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Para garantizar el normal desarrollo de la Consulta Anticorrupción, habrá ley seca: Mininterior

por Redacción BL

Este es el decreto del Ley Seca del Ministerio del interior para la jornada de la Consulta Anticorrupción

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Para garantizar el normal desarrollo de la Consulta Anticorrupción, habrá ley seca

Para la jornada electoral de la Consulta Popular Anticorrupción se establece que no se podrá consumir, ni vender ningún tipo de bebidas embriagantes desde el sábado 25 de agosto a las 6:00 p.m, hasta el lunes 27 de agosto a las 6:00 am. Regirá en el país la ley seca, consagrada en el artículo 6 del Decreto 1028 de junio de 2018.

Bogotá D.C., 23 de agosto de 2018.- La Consulta Popular Anticorrupción, que se llevará acabo el próximo domingo 26 de agosto de 2018, fue convocada mediante el Decreto 1028 del 18 de junio de 2018 expedido por el Gobierno Nacional.

El mismo dicta las normas para la conservación del orden público, entre otras, se establece que desde el sábado 25 de agosto a las 6:00 p.m. y hasta el lunes 27 de agosto a las 6:00 a.m habrá ley seca, la cual adoptarán los alcaldes municipales.

Adicionalmente, se decreta que los ciudadanos no podrán usar dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados.

A partir de la 4:00 p.m. inician los escrutinios y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos electorales ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio y podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video.

La Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral, URIEL, estará disponible para que los colombianos puedan presentar sus quejas o denuncias sobre presuntas irregularidades en el proceso electoral en las líneas: 018000912005, [email protected] , [email protected].

En consecuencia de lo anterior, el Gobierno Nacional debe respetar los tiempo fijados en la normatividad aplicable y definidos con antelación en el calendario electoral, para el desarrollo de la Consulta Popular Anticorrupción.

Ver Decreto Original AQUI

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