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Gustavo Petro: por qué decreto para tomar funciones de Creg podría ser inconstitucional | Gobierno | Economía

por Redacción BL
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Gustavo Petro

Tres ministros y el director del Departamento Nacional de Planeación (DNP) firmaron el Decreto 0227 mediante el cual el presidente Gustavo Petro retoma algunas de las funciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), así como la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

(Lea: Las consecuencias de que Petro asuma control tarifario, según la Creg). 

El proyecto de decreto había salido a comentarios y se habían generado respuestas por parte de gremios y actores del sector que habían apuntado a que se debía mantener la institucionalidad del sector. Así mismo, que todas las decisiones de estas entidades se daban tras una discusión con el Ministerio de Minas y Energía, de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación (DNP).

El decreto firmado estima que durante tres meses el presidente retomará las funciones de carácter general delegadas a las comisiones. Esto incluye aquellas como el establecimiento de la metodología tarifaria.

Por su parte, en las comisiones quedarán funciones particulares, es decir, aquellas que incluyan temas puntuales, referentes a las empresas.

Aquí las normas que se han construido en la Creg no permiten con facilidad hacer las comunidades energéticas. Entonces yo digo: hagámoslo, para que en la mayor parte del país donde hay mucho sol podamos construir las comunidades energéticas”, dijo en Cúcuta el presidente Gustavo Petro.

(Además: Petro regulará los servicios públicos: esto es lo que podría hacer). 

El Gobierno asegura que en este momento “se considera conveniente y oportuno asumir la competencia por parte de la Presidencia de la República, en relación con la expedición de medidas generales de alcance regulatorio en materia de servicios públicos”.

Argumentan que las funciones fueron delegadas por el presidente y por ende podría retomarlas en cualquier momento. Esta es la primera vez que se toma esta decisión, desde 1994 cuando se crearon las comisiones después del apagón que vivió por 11 meses el país.

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Alejandro Castañeda, presidente de Andeg, explicó que por el momento no hay claridad de cómo sería ejecutada está decisión. Por ejemplo, si los cambios se harán por decreto o resolución.

El proyecto de decreto recibió 55 comentarios, de los cuales, solo 1 fue aceptado. Se trata del realizado por la Asociación Colombiana de Petróleo que pedía que hubiera un período de delimitación para esta decisión.

Precisamente Sandra Fonseca, presidente de Asoenergía, dijo que esta delimitación brinda al sector algo de certidumbre. No obstante señaló que lo ideal es que una vez se cumplan esos tres meses, la Creg retome su papel.

(Siga leyendo: Firman decreto para que Petro asuma regulación de servicios públicos). 
Ahora bien, hay dudas jurídicas alrededor de esta medida, pues expertos argumentan que las funciones de la Creg se asignaron por medio de ley, por lo que se requeriría una ley para retomarlas.

Nicolás Arboleda, asociado senior de Baker McKenzie del área de Minas y Energía, explicó que al estar delegadas por las leyes 142 y 143 de 1994, se requeriría un trámite por el Congreso, para retomar las funciones.

Actores del sector confirmaron que se están analizando las opciones jurídicas para saber si se demanda y en ese caso si se hace por nulidad o por inconstitucionalidad.
La Cámara Colombiana de la Energía señaló que podría tener vicios de legalidad.

Advierten que si bien el Decreto 2253 de 1994 delegó en las comisiones de regulación la definición de políticas generales, estas fueron reglamentadas por medio de ley.
Por esto, manifiestan que “un aspecto es la definición de las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, y otro muy diferente la regulación de tarifas, que fue una función que, dentro de las competencias constitucionales asignadas al legislador, le fueron asignadas con fuerza de ley a la Creg”.

Precisamente, Portafolio conoció una carta remitida por la Comisión a la ministra de Minas y Energía, Irene Vélez. La misiva, enviada previo a la firma del decreto (14 de febrero), afirma que fue la ley 143 de 1994 la que asignó las funciones a la Comisión. Con esto, se oponen a los argumentos del Gobierno.

Ahora bien, la carta señala que “para ampliar la capacidad de energía firme del sistema para los años 2027 y siguientes, para atender el crecimiento de la demanda energética de esos años, aún en condiciones críticas, debemos preservar la confianza en la regulación del Estado y mantener la señal de que cualquier modificación a las normas del sector será el resultado de un análisis técnico, riguroso y transparente ”.

(Vea: ‘Permitan las reformas’, el pedido del presidente Petro a Colombia). 

Cabe resaltar que una de las críticas a esta intervención es que puede afectar las futuras inversiones, por cuenta de una mayor inestabilidad política y jurídica. Precisamente, la Creg lanzó una subasta de cargo por confiabilidad que podría verse afectada.

Creg convocó a subasta de cargo por confiabilidad

Ayer, al tiempo que se conocía que el presidente Gustavo Petro retomara funciones generales, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) convocó a una subasta de obligaciones de energía en firme (OEF). Esta subasta se hace “con el fin de garantizar el abastecimiento futuro de energía eléctrica a precios eficientes”.

La Comisión informó que para participar los agentes deben presentar un certificado de la Upme en el que se evidencie que la planta cuenta con un concepto de conexión al sistema. De igual forma deben tener una garantía financiera que asegure la entrada en operación comercial en la fecha establecida.

La resolución establece que los periodos de vigencia de las obligaciones es entre el 1 de diciembre de 2027 y 30 de noviembre de 2028. Sin embargo, plantea un incentivo para la entrada temprana de los proyectos, que es recibir la remuneración de cargo desde la entrada en operación sin cambio en la fecha de finalización.

DANIELA MORALES SOLER
Periodista de Portafolio

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