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Decisión histórica: el Tribunal Superior de Jammu y Cachemira actúa para proteger los templos y santuarios hindúes abandonados de Cachemira

por Redacción BL
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El Tribunal Superior de Jammu y Cachemira y Ladakh ha emitido una decisión histórica, ordenando a la administración que proteja los templos, santuarios y fuentes sagradas hindúes que quedaron abandonados tras la migración masiva de los pandits de Cachemira en 1990. Esta sentencia se produce tras un importante proceso judicial iniciado por pandits de Cachemira preocupados por el estado de estos lugares religiosos. El tribunal hizo hincapié en el deber del gobierno de salvaguardar estos lugares históricos e invocó la Ley de Bienes Inmuebles de los Migrantes de Jammu y Cachemira, otorgando autoridad al magistrado del distrito para su conservación.

Los peticionarios también alertaron sobre las invasiones en el único cementerio hindú en el distrito de Ganderbal. El tribunal reconoció la urgencia de esta cuestión y ordenó la eliminación de las invasiones en un plazo de ocho semanas. Además, el tribunal abordó un contrato de arrendamiento en disputa sobre una propiedad del santuario, dictaminando que había expirado y prohibiendo cualquier prórroga. Esta sentencia allana el camino para abordar futuras quejas, permitiendo que cualquier parte interesada, incluidos los peticionarios y los interesados ​​anteriores, informen sobre las invasiones al magistrado del distrito de Ganderbal para que tome medidas con prontitud.

La directiva del tribunal establece: «Por las razones mencionadas anteriormente, y sin ahondar en las reclamaciones contrapuestas de los peticionarios y los demandados en relación con la gestión y las propiedades de los santuarios, basta decir que los magistrados de distrito, que tienen autoridad conferida sobre las propiedades de los inmigrantes desde la promulgación de la Ley de 1997, deben asumir inmediatamente la responsabilidad de salvaguardar, preservar y gestionar los templos, los santuarios y sus propiedades asociadas. El DC tomará las medidas necesarias para evitar cualquier invasión de las propiedades de los templos».

Esta sentencia ha sido bien recibida por los peticionarios pandit de Cachemira, entre ellos Sanjay Tikoo, director de KPSS (Kashmir Pandit Sangharsh Samiti), que representa a quienes permanecieron en el valle después del éxodo de los años 1990. En la actualidad, aproximadamente 900 familias pandit de Cachemira residen en Cachemira, con alrededor de 3.000 templos, santuarios y fuentes sagradas. De ellos, solo 105 están bien mantenidos, lo que pone de relieve la urgente necesidad de realizar esfuerzos de restauración.

Sanjay Tikoo enfatizó: «Hemos identificado 1.800 templos, junto con 600 lugares de cremación y 600 fuentes sagradas. Solo 100 templos han permanecido activos desde la década de 1990; el resto están en ruinas. Abogamos por que todos los templos sean entregados a los respectivos DCs bajo la ‘Ley de Propiedad de los Pandit de Cachemira’, asegurando que los comités locales los administren. Los ingresos de estas propiedades deberían ir a los DCs para evitar la malversación, y los fondos necesarios deberían liberarse para las renovaciones».

Desde 2007, KPSS y otras organizaciones han solicitado la protección de estos lugares religiosos abandonados. Sanjay Tikoo expresó su satisfacción por la intervención del tribunal, pero manifestó su preocupación por el hecho de que no se hayan aplicado las órdenes anteriores. KPSS solicita una investigación del CBI sobre las propiedades de los templos desde 1989 en adelante para mantener su estatus original.

«Hemos luchado desde 2007 y ahora, con el apoyo del tribunal, nos sentimos esperanzados», afirmó Tikoo. «Sin embargo, las órdenes anteriores fueron ignoradas, lo que genera dudas sobre la implementación de la orden actual. El tribunal ha dado un mes para que los DC de Ganderbal, Srinagar y Anantnag asuman el control de estos templos. Esperamos ese período para evaluar su ejecución».

Las organizaciones pandit de Cachemira siguen siendo optimistas respecto de que se emitirán más órdenes que garanticen que todos los templos, santuarios, lugares de cremación y fuentes sagradas sean confiados a sus respectivos DC y restaurándolos a su estado anterior a 1990.

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