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Coronavirus en Colombia: ABC sobre las medidas del Gobierno para ayudar a arrendatarios – Finanzas Personales – Economía

por Redacción BL
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Coronavirus en Colombia: ABC sobre las medidas del Gobierno para ayudar a arrendatarios - Finanzas Personales - Economía


Precios congelados, contratos prorrogados y suspensión de intereses de mora, las principales.

El arriendo sube más en estratos 1, 2 y 3

Las medidas benefician principalmente a personas de estratos 1, 2 y 3, en las que está más del 80 por ciento de los arriendos del país, muchos de ellos informales.

Por:

Economía y Negocios


01 de abril 2020 , 08:50 a.m.

Para mitigar los efectos derivados de la emergencia por el coronavirus, el Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, anunció los cuatro lineamientos principales que el Gobierno trabaja de un decreto, que estará listo en los próximos días, sobre arriendos de vivienda y locales comerciales para micros, pequeñas y medianas empresas (mipymes).

Las decisiones beneficiarán a cerca del 35 por ciento de la población del país, que según los registros del Dane, vive en condición de arriendo o paga un canon.

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Y además que aplicárseles a las cinco millones de familias que son arrendatarias, regirán para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Estas son las medidas:

  • No habrá desalojos. Según Malagón, quedaron prohibidos los desalojos durante la Emergencia Económica y durante los dos meses adicionales a esta.

    Debido a esto, las familias que incumplan con esos pagos estarán protegidas durante el periodo que dure la crisis, y deberán buscar acuerdos de pago con el arrendador para las cuotas incumplidas

  • Precios serán congelados. El Gobierno decretará la congelación del precio de los arrendamientos, con lo cual se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de intereses de mora o penalidades por incumplimiento. Lo anterior sin importar que los contratos lo estipulen. Esto regirá desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la Emergencia”.  Pero en todos los casos, el arrendatario pagará sus obligaciones.

  • Contratos serán prorrogados. Una tercera decisión es la prórroga de la vigencia de los contratos. Es decir, que los que finalizaban durante el tiempo de la Emergencia se entienden extendidos durante la coyuntura, salvo si hay acuerdos entre las partes”.  

    “Cuando se llegue a acuerdos privados de pago, estos estarán desprovistos de penalidad y no se cobrarán intereses de mora”, precisó Malagón.

  • Asambleas: virtuales o aplazadas. También harán ajustes en la propiedad horizontal. Por ejemplo, habrá vía libre para usar el fondo de imprevistos de las copropiedades en la Emergencia, rubro que prioritariamente se usa para el mantenimiento de contratos de trabajo del personal.  Además, las asambleas ordinarias de copropietarios se podrán realizar de forma virtual o se tendrán que aplazar hasta después de la Emergencia, sin que esto implique multas por inasistencia.

Se calcula que el 82 por ciento de los arriendos está en cabeza de los estratos 1, 2, 3  y que alrededor del 52 por ciento de los arriendos son informales».

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