in

¿Es válido incautar la dosis personal?

¿Es válido incautar la dosis personal? | Noticias de Buenaventura, Colombia y el Mundo

“Espero esta semana poder dejar firmado el decreto a través del cual, en desarrollo del Código de Policía, estamos dándole las herramientas a la Policía Nacional para confiscar cualquier dosis de droga y alucinógenos en las calles de Colombia”.

Este fue el anuncio que el pasado fin de semana hizo el presidente de Colombia, Iván Duque, y que según algunos expertos va en contravía de la Sentencia C-221/94 de la Corte Constitucional que habla de la “Despenalización del consumo de la dosis personal” y del libre desarrollo de la personalidad.

Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, considera: “en este asunto se han presentado interpretaciones poco congruentes. El consumo de la dosis mínima no está penalizado por decisión de la Corte Constitucional. La llamada dosis de aprovisionamiento, esto es el porte de una dosis mayor a la mínima está autorizado siempre que se demuestre por prescripción médica que es así. Eso no se puede confundir con la comercialización y distribución, que está prohibida y sancionada por la ley penal, pero esa actividad debe probarse por las autoridades, con los seguimientos de la Policía y la debida acusación de la Fiscalía”.

¿Es válido incautar la dosis personal? | Noticias de Buenaventura, Colombia y el Mundo

Para Diego López, abogado constitucionalista, el anuncio del presidente Duque “es un poco la pelea entre dos visiones políticas; entre orden y disciplina y entre autonomía y confianza social a las personas. Por una lado es la idea que frente a ciertas drogas, especialmente el consumo de la marihuana, la gente tiene como una cierta autonomía personal para tomar esas decisiones y no vamos a poner a la Policía a perseguir a cada persona que se fuma un ‘cacho’; y por el otro lado, una visión más de orden y de disciplina social, que piensa que hasta esos actos de microconsumo deben ser atacados por la Policía.

Entonces son distintas prioridades en qué cosa ponen a hacer a la Policía y también qué confianza le da a los ciudadanos, especialmente a los jóvenes para para que tomen decisiones. Por lo tanto es también la pelea de la visión de la sentencia de la Corte y de otra parte, un Gobierno que busca un poco de autoridad, orden y disciplina en las calles”.

Doctrina constitucional

“Con toda seguridad se va a generar un debate constitucional y es: ¿esa norma bajo la actual interpretación de la Constitución se puede tomar y bajo el actual parámetro jurisprudencial se podría decir que no?”, Además, si es una libertad fundamental del libre desarrollo de la personalidad no se ve claro cómo la Policía puede hacer decomisos de dosis mínima a partir de la doctrina constitucional que existe”, precisó López.

Incomoda a ciudadanos

Para el Brigadier General Manuel Vásquez Prada, comandante de la Policía Metropolitana de Bucaramanga el anuncio del Presidente Duque “es una medida que respalda ese procedimiento que diariamente está incomodando a todos los ciudadanos en sectores residenciales, parques y zonas escolares, teniendo en cuenta que también no es solo el consumidor el que está con la dosis mínima, sino que son los distribuidores por evitar que sean judicializados a partir de la incautación en varias cantidades, entonces lo hace con cantidades mínimas, distribuyen y están en recorridos permanentes”, afirma Vásquez Prada.

Lo que dice la norma

Es dosis para uso personal la cantidad de marihuana que no exceda de 20 gramos; la de marihuana hachís la que no exceda de cinco gramos; de cocaína o cualquier sustancia a base de cocaína la que no exceda de un gramo y de metacualona la que no exceda de dos gramos.

El que lleve consigo, conserve para su propio uso o consuma, cocaína, marihuana o cualquier otra droga que produzca dependencia, en cantidad considerada como dosis de uso personal, conforme a lo dispuesto en esta ley (ley 30 de 1986), incurrirá en sanciones como: Por primera vez, arresto hasta por 30 días y multa de medio salario mínimo mensual; segunda vez, en arresto de un mes a un año y el usuario o consumidor que, de acuerdo con dictamen médico legal, se encuentre en estado de drogadicción así haya sido sorprendido por primera vez, será internado en establecimiento psiquiátrico o similar de carácter oficial o privado.

Fuente. Nelly Vecino – Vanguardia.com

Deja una respuesta

Población en Colombia está envejeciendo más rápido de lo esperado | Noticias de Buenaventura, Colombia y el Mundo

Población en Colombia está envejeciendo más rápido de lo esperado

Escalofriante hallazgo en el computador de una mamá que probaría aterrador crimen | Noticias de Buenaventura, Colombia y el Mundo

Escalofriante hallazgo en el computador de una mamá que probaría aterrador crimen