Con el fin de reducir los índices de mora en el pago de impuestos, la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá puso en marcha una nueva estrategia con la que dispuso de un paquete de beneficios para quienes se pongan al día y se eviten más dolores de cabeza con las sanciones que deriva incumplir con esta norma.
De acuerdo con lo dicho por Hacienda Distrital, este beneficio aplica para los contribuyentes y ciudadanos que tengan deudas tributarias y no tributarias en mora con Bogotá, los cuales podrán ahorrarse el 80% en intereses y sanciones al pagar el 100% del impuesto adeudado.
Ana María Cadena, jefe de esta dependencia, explicó que “esto es gracias a los alivios tributarios 2024 que fueron aprobados en el Plan de Desarrollo ‘Bogotá camina segura’”, al tiempo que advirtió que cada caso se debe estudiar para encontrar la salida más beneficiosa, tanto para los contribuyentes, como para la ciudad.
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“Invitamos a los contribuyentes para que aprovechen esta oportunidad para ponerse al día en sus obligaciones tributarias. El ahorro del 80% en intereses y sanciones constituye un alivio para los bolsillos de los deudores y una oportunidad de ingresos para el Distrito”, dijo esta funcionaria del Distrito.
¿Quiénes pueden acceder?
El alivio tributario cobija diversas obligaciones. En el caso de contribuyentes en la etapa de cobro, se incluyen impuestos predial o de vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022, así como el ICA y otros impuestos con deudas que entraron en mora entre el 12 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022.
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Además, abarca a contribuyentes con obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 si la Secretaría de Hacienda no ha emitido una liquidación oficial o si la ha emitido, pero no está en firme.
Por otra parte, según la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes, abarcando cerca de 2.778.934 obligaciones. Este beneficio ofrece una oportunidad significativa para que los contribuyentes regularicen su situación fiscal y eviten mayores sanciones o intereses, contribuyendo así a mejorar la recaudación tributaria y el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Distrito.
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Las obligaciones no tributarias también están cubiertas por este alivio. Se incluyen deudas con las secretarías del Distrito y/o Alcaldías Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas. Es importante destacar que para las multas de tránsito y obligaciones con el fondo de salud, el alivio debe solicitarse en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.
La Secretaría de Hacienda agregó que los contribuyentes interesados en acogerse al alivio tributario pueden optar por dos modalidades de pago, cancelando por un lado el 100% de la obligación y el 20% de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024; con lo cual se accede a una reducción sustancial de los intereses por sanción que se tienen establecidos.
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En segundo lugar está la facilidad de pago, que aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.
“Para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe pagar al menos el 30 por ciento de todas las deudas a su cargo, incluidos capital, intereses y sanciones, aplique o no el alivio tributario, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado por incumplimiento de acuerdo de pago”, resaltaron.
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Quienes cumplan con estos requisitos, deben diligenciar y firmar el formulario dispuesto en la página web y adjuntar copia de la cédula de ciudadanía del deudor. La Secretaría Distrital de Hacienda ya tiene disponible en su página web el aplicativo para que las personas interesadas en saber si son o no beneficiarias de los alivios tributarios puedan hacer la consulta respectiva.
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