Así quedó ponencia de la reforma laboral | Economía

La reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro dio un paso más en el Legislativo. Portafolio conoció el texto de la ponencia para primer debate, el cual mantiene elementos claves del proyecto original como los horarios de la jornada laboral, incluye cambios en temas como los contratos, los dominicales y la regulación de plataformas.

(Ponencia de reforma laboral sería radicada entre el 15 y el 19 de mayo). 

La ponencia mantiene algunos de los puntos fundamentales de la iniciativa del Gobierno de Gustavo Petro, como que la jornada laboral tenga un máximo de 42 horas a la semana, y que la jornada diaria sea de 6:00 am a 6:00p pm, y la jornada nocturna desde las 6:00pm, a las 6:00 am del día siguiente.

Sin embargo, también especifica algunas exclusiones, como en los casos de jornada especial prevista en la Ley 1920 de 2018, que cobija al personal operativo de vigilancia y seguridad privada, y en decretos reglamentarios.

Otro de los temas polémicos del proyecto es el cambio en el pago de los dominicales, que pasarían del 75% al 100%. Si bien la ponencia mantiene este punto, se estableció que sería de forma transitoria, e iría incrementando entre 2024 y 2026.

Posiblemente el mayor cambio vendría en el artículo 24 de la ponencia, que incluye un contrato especial para los trabajadores de plataformas de reparto o de entrega.

(Petro controvierte análisis sobre impacto de la reforma laboral). 

“Hay contrato de trabajo en plataformas digitales tecnológicas de reparto cuando los trabajadores y trabajadoras laboran para éstas en la realización de tareas de reparto o entrega, en consecuencia son sujetos de todas las garantías individuales y colectivas, derechos y prestaciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales”, indica el texto.

Además, establece que son características propias del contrato en plataformas digitales de reparto o entrega temas como que el trabajador tiene la facultad para decidir los tiempos de conexión efectiva; que la persona trabajadora podrá celebrar contratos con varias plataformas; también se indica la libertad de estipulación salarial “en el sentido de que puede seguirse conviniendo por unidad de tiempo, por tarea, entrega o por el que se estipule por vía convencional».

En este punto también se establece la libertad de estipulación de la jornada laboral.
En el artículo 5 del texto original, que pasa a ser el 6 de la ponencia, por ejemplo, se modificó las condiciones que tendrían los contratos a término fijo. A pesar de que el Gobierno proponía en el proyecto radicado que se pudieran celebrar hasta por dos años, la ponencia extiende este lapso a tres años.

(Reforma laboral acabaría con 450.000 empleos formales). 

Además, la ponencia ajusta también los montos de indemnización por despido injustificado, y establece diferentes montos según la antigüedad del trabajador en la empresa. Esta podría llegar a ser de hasta “60 días adicionales de salario sobre los 45 días básicos” por “cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción”. Esto para los trabajadores con más de 10 años de antigüedad.

En relación con los límites de los contratos de prestación de servicios, se hizo un cambio sutil en la redacción, y se eliminó la palabra permanente para referirse a las actividades a las que no se le podrá aplicar este tipo de contrato.

De este modo, el artículo 16 de la ponencia indica que “no podrán celebrarse contratos de prestación de servicios ni cualquier tipo de contrato civil o mercantil con personas naturales para realizar actividades subordinadas en empresas privadas”.

PORTAFOLIO

Fuente de la Noticia

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