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Desde el Gobierno nacional ya se habían decretado medidas determinando el nivel de ocupación de camas UCI en cada región.
Las medidas de toque de queda y pico y cédula regresaron a todas las regiones de Colombia en el marco de la celebración de la Semana Santa y el llamado “tercer pico”.
En donde dichas restricciones serían determinadas dependiendo la ocupación de UCI por encima del 70%.
En Cali por ejemplo, se esperaba la publicación del decreto que determinara cómo regirían las medidas y cuáles serían las restricciones.
Decreto 4112.010.20.0155
Hace pocos minutos, desde la Alcaldía de Cali confirmaron la publicación del Decreto 4112.010.20.0155, en el cual se regulan las medidas restrictivas para Semana Santa en Cali.
Así pues, el toque de queda regirá de la siguiente manera:
Sin embargo, el domingo 28 y el lunes 29 la medida de toque de queda no regirá; “como lo recomendó el Gobierno nacional”.
Pico y cédula
En cuanto al Pico y Cédula, que se usa para el ingreso a cualquier establecimiento de comercio. He iniciará desde este sábado 27 de marzo.
Con excepción de restaurantes y hoteles y/o similares como medida para garantizar el distanciamiento individual responsable y evitar aglomeraciones.
Funcionará de la siguiente manera:
#ATENCIÓN Cali. Así quedó a través del Decreto 0155 de marzo 24 del 2021 y promulgado este jueves, el toque de queda en todo el Distrito??
(Hilo) pic.twitter.com/PgjDwnUE0q
— TuBarco (@tubarconews) March 26, 2021
Hay 21 excepciones
En cuanto a las excepciones seguirá la continuidad de las que han estado rigiendo en decretos anteriores.
Dentro de las cuales se destacan:
- Personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario, Clínico.
- Emergencias veterinarias.
- Cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte,
comercialización y distribución de alimentos, bebidas, productos farmacéuticos, de
salud, y de primera necesidad. - Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar, en todo caso atendiendo la medida de pico y cédula.
- Organismos de Socorro (Bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja).
- Vigilancia y seguridad privada y celaduría.
- Medios de comunicación radiales, televisión, digitales y escritos, así como la
distribución de periódicos y revistas.
Así como los desplazamiento por viajes en transporte aéreo, así como en transporte terrestre, intermunicipal, especial o particular que tengan viajes programados o reservas en hoteles y hospedajes durante el período del toque de queda o en horas aproximadas al mismo, circunstancias que deberán ser acreditadas.
Nuevos cambios en el toque de queda y ley seca en Cali, anunció el alcalde
- Personal que labora por turnos en empresas que adelanten sus procesos
productivos 24/7.
También se destacan las excepciones para:
- Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años,
dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente
vulnerables, y de animales. - Con el fin de proteger la integridad de las mascotas y animales de compañía, y en
atención a medidas fitosanitarias, una persona por núcleo familiar podrá sacar a la
mascota o animales de compañía.
De igual manera, tenga en cuenta que se permitirá la comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos.
Dentro de los que están incluidos:
- Hoteles, por entrega a domicilio y por entrega para llevar y la circulación de personas y vehículos que presten servicios comerciales en municipios del área metropolitana en los horarios que comprende el toque de queda.
Decreto 0155 de 2021 Medidas Toque de Queda y Pico Cedula