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Cárcel para un hombre que al parecer en estado de embriaguez habría maltratado a su compañera sentimental  

Un fiscal de la Unidad de CAVIF imputó cargos a Germán Ramiro Mueses Yama como presunto autor del delito de violencia intrafamiliar, por hechos ocurridos el 30 de enero de 2021, en contra de su compañera sentimental, en Ipiales (Nariño).

A Germán Ramiro Mueses Yama le imputaron el delito de violencia intrafamiliar, cargo al que no se allanó, durante las audiencias concentradas.

Entretanto, el Juzgado Segundo Penal Municipal de Ipiales, con función de control de garantías, dictó medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario contra el investigado.

Según la Fiscalía, ese día, el asegurado llegó a la casa al parecer en estado de embriaguez y presuntamente maltrató su compañera sentimental de forma verbal y física, causándole lesiones en el rostro. Además, con un objeto cortopunzante la habría herido en la mano izquierda.

Se conoció que al día siguiente supuestamente continuaron las agresiones por parte del hoy procesado contra la mujer, por lo que ella logró alertar a la Policía. La víctima fue trasladada a un centro hospitalario de Ipiales, donde recibió incapacidad de una semana debido a las lesiones que sufrió.

Mueses Yama fue detenido en Ipiales el 25 de enero reciente, por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y agentes de la Policía Nacional, cumpliendo una orden judicial.

Durante las audiencias concentradas, el hombre no se allanó a los cargos y se declaró inocente.

La Fiscalía habla con resultados.

JGPV/LV/DLBM.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004. 

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