¿Catatumbo y Gallo deben dejar sus curules tras el fallo de la JEP?

Pablo Catatumbo Victoria y Julián Gallo reconocieron su responsabilidad en crímenes de guerra y de lesa humanidad imputados por la Sala de Reconocimiento de la Verdad de la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, y ahora el Tribunal de Paz deberá decidir qué sanciones les impondrá, al igual que a los otros miembros del secretariado de las extintas Farc.

Pero más allá del hecho de que no irán a la cárcel, lo cual está contemplado en el Acuerdo de Paz para los excombatientes que digan la verdad sobre los casos de secuestro cometidos por esa guerrilla, el debate se ha centrado en si Catatumbo y Gallo, quienes hoy son senadores, deben renunciar a sus curules durante los ocho años en los que deberán cumplir con las sanciones impuestas por la justicia transicional.

“La duda es la compatibilidad de la sanción con la participación en política, es decir, de las actividades concretas que van a tener unos horarios y unos lugares con las actividades que desarrolle cada uno de los comparecientes”, reconoció Julieta Lemaitre Ripoll, magistrada de la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP.

Esto, ante el interrogante de cómo podrían los dos congresistas combinar sus tareas legislativas con las labores de desminado o búsqueda de personas desaparecidas que, por ejemplo, les sean impuestas por la JEP.

Lo cierto es que ese tribunal ha reiterado “una serie de consideraciones y entre esas se incluye que la participación en política de los exguerrilleros es parte de las garantías del Acuerdo Final de Paz”.

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Así las cosas, el debate no se agota en el componente moral de si es ‘justo’ que sigan en el Senado a pesar de haber sido hallados responsables de crímenes de lesa humanidad, frente al cual está la máxima de que el Acuerdo consistía en dejar las armas a cambio de que ellos pudieran participar en política. También abarca condiciones prácticas que apuntan al cabal cumplimiento de las condenas que reciban.

Entonces la discusión se va hasta la página 310 de la sentencia de la Corte Constitucional sobre Ley Estatutaria de la Jurisdicción, que dice que si bien para ese tribunal “la regla es clara en cuanto a las consecuencias de las sanciones de la JEP, deja un vacío en cuanto al cumplimiento de las sanciones, en particular en relación con la forma de resolver las incompatibilidades que pudieran presentarse entre su cumplimiento y el ejercicio simultáneo de las actividades políticas”.

Y continúa: “En efecto, las sanciones, en los términos del Acuerdo Final, cumplen funciones reparadoras, restauradoras y retributivas, y comprenden restricciones efectivas de libertades y derechos durante el tiempo en que ellas se impongan, razón por lo cual… en la providencia mediante la cual se impongan las sanciones o con posterioridad, si la JEP lo estima del caso, atendiendo a la gravedad del delito y a las circunstancias procesales, se podrán adoptar las medidas que hagan compatible el cumplimiento de tales sanciones, en particular la restricción efectiva de la libertad, con las actividades económicas, sociales y políticas propias del proceso de reincorporación a la vida civil”.

Es por esto que en la segunda resolución de conclusiones del Caso 01, que la Sala de Reconocimiento de Verdad dio a conocer el pasado viernes, se deja en claro que “la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal Especial para la Paz deberá decidir las sanciones propias que impondrá a los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc-EP, y la forma en que serán materializadas”.

Pero mientras se conoce esa decisión, víctimas de los secuestros cometidos por la extinta guerrilla ya están pidiendo que Catatumbo y Gallo no sigan ejerciendo como senadores.

“Para nosotros no sería reparador que quienes hayan sido sancionados sigan ocupando cargos de representación o aspiren a ocuparlos”, le aseguró Fabiola Perdomo a El País.

Y aunque la magistrada Lemaitre reiteró que el tribunal escuchará a los comparecientes de las Farc y a las víctimas para definir aspectos sociales, políticos y económicos con relación a la compatibilidad del cumplimiento de las sanciones y la labor legislativa, la polémica no se detiene.

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“Ellos tienen, como parte del Acuerdo, el derecho a la representación política. Otra cosa es que, si ellos quieren, el Partido Comunes podría cambiar los representantes por un tiempo, mientras se cumple parte de la pena, pero no es porque se les obligue. Justamente lo que está acordado es que mantienen la posibilidad de la representación política”, plantea el politólogo docente de la Universidad Nacional Alejo Vargas.

Con él coincide el analista político Jorge Munevar: “El tema de que pierdan las curules sería un mensaje raro, si después de que un Estado pacta procesos de paz, no cumple con sus acuerdos. Si se va a consolidar y a trabajar la paz, como la plantea el presidente Gustavo Petro, deben consolidarse esos procesos”.

Entre tanto, Alejandro Eder, experto en temas de reconciliación y negociaciones de paz, sostiene que “ni lo que quedó escrito en los Acuerdos ni la Ley Estatutaria de la JEP son claros en si es obligatorio que las personas se retiren del Congreso o de cargos públicos si son condenadas por la JEP tras un proceso donde han aceptado culpabilidad”.

Por ello, está de acuerdo con que debe ser el mismo Tribunal de Paz el que defina si los comparecientes deben retirarse o no de sus curules en el Senado de la República.

Ahora bien, El País pudo establecer que Pablo Catatumbo estaría de acuerdo con que él y Julián Gallo podrían continuar con sus tareas legislativas mientras desarrollen las actividades que la JEP les ordene.
“Tiene que poderse, porque si no se estaría violando el Acuerdo sobre garantías políticas y reincorporación a la vida civil”, aseguró Catatumbo antes de agregar que “se supone que deben garantizarse todos los derechos”.

Así las cosas, la expectativa continuará hasta que el Tribunal de Paz anuncie una decisión al respecto.

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Sobre las penas y la verdad

“Acciones sancionatorias como trabajar en parques naturales como el Sumapaz o producir audiolibros, las desarrollan muchos jóvenes y personas voluntarias sin que hayan cometido el menor delito. Las sanciones deben ser restaurativas para la sociedad, no simbólicas, y para ser restaurativas deben ser ejemplarizantes, de manera que se desincentiven estos crímenes”.

Así se refirió la excandidata presidencial Ingrid Betancourt, quien permaneció secuestrada por las Farc durante más de seis años, a las penas que los comparecientes le propusieron como castigo a la JEP y que fueron aceptadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad, lo cual también se ha convertido en motivo de debate.

A su vez, el general (r) Luis Herlindo Mendieta, retenido por esa guerrilla en la toma de Mitú el 1 de noviembre de 1998, dijo que “tardaron casi cinco años en algo que, desde mi punto de vista, se haría en ocho días, porque se sabía cuál era la responsabilidad de los integrantes de las Farc para proceder a condenarlos y ahora pasa al Tribunal, que quién sabe cuánto tardará”.

En su opinión, la aplicada por la JEP ha sido “una justicia muy lenta, donde no se hace justicia, porque se habla de una verdad y esa es la verdad que no han dicho las Farc”.

Sin embargo, Alan Jara, exgobernador del Meta y quien estuvo en cautiverio por las extintas Farc entre 2001 y 2009, tiene otro punto de vista sobre las sanciones impuestas por la Sala de Reconocimiento de Verdad, especialmente a la referida a la búsqueda de personas desaparecidas.

“Creo que lo que están planteado tendría todo el sentido reparador para que vuelva la tranquilidad a las familias que no han encontrado a sus seres queridos. Yo conocí en cautiverio a Hernando Peña, de la toma de Mitú. A él lo sacaron del campamento y no se volvió a saber nada de él. Conozco a la familia y desde luego anhela uno que lo puedan encontrar”, aseguró.

Según Jara, “estas sanciones se enmarcan en los acuerdos y corresponden a lo convenido. Los tres aspectos que se mencionan son muy importantes: que haya acciones reparadoras, que el tema del perdón este incluido y que quede un registro”.

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