Corte Constitucional tumbó impuesto a compra de bienes inmuebles

La decisión la tomó la Sala Plena.

Un nuevo “golpe” recibió la denominada Ley de Financiamiento que impulsó el Gobierno del presidente Iván Duque.

En lo que podría considerarse como la última decisión, al menos este año, que tome la Corte Constitucional referente a la ley 1943 de 2018, ese alto tribunal tumbó el impuesto que se había creado para aquellos casos donde hay venta de bienes inmuebles superiores a 918 millones de pesos.

El caso estuvo en manos del magistrado Antonio Lizarazo. Cabe recordar que la norma fijaba el pago del 2 % adicional por la venta de apartamentos, casas o terrenos que no fueran predios rurales destinados a actividades agropecuarias.

La razón por la que se declara inexequible es porque a juicio de la Corte afecta la equidad tributaria, implica un trato desigual o inequitativo entre compradores, en las mismas circunstancias, porque depende del número de traspasos de la propiedad. Es decir, por el traspaso de un mismo inmueble, el impuesto se tendría que pagar varias veces, lo que aumentaría el valor de la propiedad indiscriminadamente y eso no es equitativo.

Si bien la Ley de Financiamiento en conjunto sigue vigente teniendo efectos hoy, este tributo no se puede seguir cobrando más a partir de este viernes y tiene solo aplicación a futuro. Cabe anotar que quienes ya lo pagaron no tendrán la posibilidad de pedir que el dinero les sea devuelto.

 

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