Cuándo y cómo pagar el impuesto predial y de vehículos en Bogotá | Impuestos | Economía

La Secretaría Distrital de Hacienda compartió el calendario tributario de 2023. Allí se fijó el plazo para declarar y pagar el impuesto predial, sin descuento ni sanción, que será hasta el 14 de julio y, con 10 por ciento de descuento, hasta el 12 de mayo próximo.

(Qué impacto tendrán los impuestos sobre la economía del país en 2023). 

Los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (Spac) a más tardar el 26 de mayo.

De acogerse a este sistema, los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el primero de diciembre.

(Qué tipo de impuestos hay y cuáles debe pagar en 2023). 

En cuanto al impuesto de vehículos, los propietarios tendrán plazo máximo para declarar y pagar con el 10 por ciento de descuento por pronto pago hasta el 2 de junio de 2023 y hasta el 28 de julio sin descuento ni sanción. Hay que recordar que ahora todo el proceso de pago del tributo se puede realizar de forma digital.

Tenga en cuenta que el link de la oficina virtual para hacer consultas sobre impuestos es este: https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/descargaFacturaVA

Impuesto predial:

– 12 de mayo (descuento por pronto pago del 10%)

– 14 de julio (pago sin descuento)

Impuesto para vehículos:

– 2 de junio (descuento por pronto pago del 10%)

– 28 de julio (pago sin descuento)

2. ¿Cómo se obtienen las facturas del predial?

– Por correo físico: A partir de finales de febrero se repartirán por la ciudad. Llegaran dos meses antes del primer vencimiento (12 de mayo).

– Correo electrónico: A partir de marzo llegarán al correo registrado en la Secretaría Distrital de Hacienda.

– En línea: Desde ya puede descargar y pagar la página haciendabogota.gov.co

– En el sitio web www.haciendabogota.gov.co

– En portales bancarios, con el número de referencia de la factura

– Descargando la factura (se debe imprimir en láser) y pagando en los bancos.

– En los corresponsales bancarios: cajas de almacenes Éxito, PagaTodo y Efecty.

4. Fechas de pago por cuotas

Las personas pueden acogerse al pago por cuotas haciendo una declaración inicial en el sistema desde este momento y hasta el 26 de mayo.

Declaración inicial: 26 de mayo

Pago cuota 1: 9 de junio
Pago cuota 2: 4 de agosto
Pago cuota 3: 6 de octubre
Pago cuota 4: 1 de diciembre

A tener en cuenta:

– El impuesto por cuotas se paga con tarifa plena, sin descuento y sin intereses.
– Las personas que se acojan al pago por cuotas y que posteriormente decidan optar por el descuento del 10% deben acudir a la SDH para reversar este trámite.

5. ¿Cómo descargar el recibo?

– Cédula o el NIT sin dígito de verificación de quien figure como propietario el 01 de enero de 2023.

– Chip del inmueble

– Los que tienen un predio en leasing o son locatarios deben incluir el NIT de la entidad financiera y el chip.

6. Los vehículos no tienen función de pago por cuotas

– El pago por cuotas no aplica para el pago del impuesto para vehículos. Este debe se debe pagar en las fechas estipuladas.

-Vehículos que deben pagar: 2.305.955

– Motos de menos de 125 cc: 231.553 (solo pagan semaforización)

7. ¿Qué hacer si no tiene factura?

– Predios nuevos sin chip: Deben llevar la documentación y hacer este trámite en un punto de atención.

– Predios con información incompleta o con inconsistencias: El dueño del inmueble debe acudir con los soportes al punto de atención.

– Quienes generaron una declaración: En estos casos, el usuario invalida la factura existente y debe usar entonces la declaración dentro del sistema.

– No homologados con las tablas del Ministerio de Transporte: El dueño del vehículo debe hacer una declaración en el sistema.

– Blindados: Las facturas de estos vehículos se van a generar y a enviar al domicilio registrado.

8. ¿Cómo pagar con tarjeta de crédito?

– Banco de Bogotá: con Visa, MasterCard

– Popular: con Visa

– Bancolombia: con Visa, MasterCard y American Express

– Scotiabank Colpatria (corporativo): con Visa

– GNB Sudameris: con Visa, MasterCard

– BBVA: con Visa, MasterCard

– Occidente: con Visa, MasterCard

– Davivienda: con Visa, MasterCard, Diners

– AV Villas: con Visa

9. ¿Quiénes están excluidos?

Aquellos que no tienen ningún tipo de obligación tributaria, la ley los excluye de declarar y pagar el impuesto, por ejemplo, iglesias y predios del distrito no pagan nada.

10. ¿Quiénes están exentos?

Aquellos predios que tienen un porcentaje de exención en el impuesto (entre el 10% y el 100%), por lo que pagan menos. Deben hacer una declaración dentro del sistema y pagar, por ejemplo, bienes de interés cultural, teatros y museos.

REDACCIÓN BOGOTÁ ET

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