Decreto pensional: analisis de medida que lleva a Colpensiones a asumir parte de pensiones privadas – Sectores – Economía

A escasas horas de expirar las facultades extraordinarias del presidente Iván Duque, otorgadas de manera excepcional por la emergencia sanitaria, social y ecológica,  fue emitido otro paquete de decretos, entre ellos, uno de los que había generado mayor expectativa: el que establece el congelamiento del aporte a la pensión durante dos meses, abril y mayo, de manera que ni empleadores ni empleados tendrán el descuento, el cual equivale al 16 por ciento del salario.

En general, se esperaba un decreto breve, con los puntos que ya había mencionado el viceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, pero el documento llegó con un total de 14 artículos, incluido el referido a la vigencia.

Siete artículos se dedican a desarrollar el llamado ‘mecanismo especial de pago para las pensiones reconocidas bajo la modalidad de retiro programado’, que no es otra cosa que el paso de al menos el 20 por ciento las pensiones de retiro programado qu tienen los fondos privados, a Colpensiones.

Al mecanismo accederán todos los pensionados bajo la modalidad de retiro programado que reciban una mesada pensional equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente

En lo que respecta al congelamiento del aporte pensional -lo que motivó la necesidad del decreto- se establece el mantenimiento de un aporte, del 3 por ciento, con el cual se cubrirá un seguro previsional de riesgo de invalidez y muerte del cotizante. Para esa contingencia, los empleadores del sector público y privado que se acojan a la medida, deberán aportar 2,25 % y al empleado le descontarán el 0,5 por ciento. En el caso de los independientes, aportarán el 100 por ciento de dicha cotización (es decir todo el 3 % del seguro previsional, pero aplicado solo al 40 por ciento de su ingreso, que es su base de cotización a pensión).

El seguro previsional aplica, tanto para “el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración”, señala el decreto.

Hay que destacar que esta medida aplicaría a todos los empleados e independientes que coticen a pensiones en el país, es decir, cobija a aportes sobre ingresos (base de cotización) entre 1 y 25 salarios mínimos.

En la misma normatividad queda explícito lo que también había mencionado ya el viceministro Londoño: que al final de la vida laboral, el trabajador continuará laborando los dos meses más para completar así las semanas de cotización exigidas por la ley, que son 1.150 en el caso de los fondos privados, y 1300 semanas en el régimen público que administra Colpensiones.

El bloque de artículos relacionados con los fondos privados, fueron sustentados por el Gobierno con el fin “de garantizar el aseguramiento financiero exacerbado por el Coronavirus y proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado de una posible descapitalización de las cuentas individuales de ahorro pensional que soportan el pago de sus mesadas”.

Según el presidente de Colpensiones, Juan Miguel Villa, “el Decreto Legislativo 558 de 2020 establece un mecanismo especial de pago para algunos pensionados en los fondos privados de pensión, cuyas mesadas estarán garantizadas por Colpensiones. Está dirigido a los pensionados que reciben una mesada de un salario mínimo, los más vulnerables, y cuyos saldos en su cuenta individual en el fondo privado puede estar en riesgo por la situación actual que ha generado alta volatilidad en los mercados financieros”. Según las cuentas iniciales, tras la expedición del decreto, habría un universo de alrededor de 20.000 personas (posibles beneficiados) en esta medida.

Según Asofondos “nosotros no tenemos que ocupar de que a las personas que se vayan para Colpensiones se les pague su mesada hasta el final de su vida.
Agregaron que “Para el pensionado esta medida no le cambia en nada su condición”
El gremio de los fondos privados indicó que “no es un salvamento para las AFP. Es una obligación del Gobierno…

Enfatizaros en que, “en esta medida, Colpensiones es solo un pagador, el dinero para pagar las mesadas, sale, en su totalidad, de las AFP. Con esto, la nación va a recibir 5 billones de pesos”.

Al mecanismo accederán todos los pensionados bajo la modalidad de retiro programado que reciban una mesada pensional equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente, según el límite establecido en la ley 100 de 1993.

La medida cobijaría al 20 por ciento de las pensiones de retiro programado que están en los fondos privados, lo que equivaldría a un universo de alrededor de 20.000 personas.

El decreto es explícito en el hecho de que «para efectos del mecanismo especial de pago de que trata el presente Decreto Legislativo, las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, el valor correspondiente al saldo de la cuenta de ahorro individual y sus rendimientos, el valor del bono pensional y la suma adicional, si a ella hubiere lugar».

Agrega que «los recursos de que trata este artículo deberán ser trasladados a la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, con el fin de que esa administradora los acredite en el Fondo Común, administre el portafolio conforme a las normas vigentes sobre la materia, según corresponda, y efectué el pago de las pensiones reconocidas en el marco del Sistema General de Pensiones».

REDACCIÓN ECONOMÍA y NEGOCIOS

Fuente de la Noticia

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