Se trata de cuatro mayores de edad y un adolescente que estarían implicados en, por lo menos, cinco hurtos a microempresarios lácteos.
Las indagaciones dan cuenta de que los procesados conseguían trabajo como recolectores de papa o servicios varios en fincas de la región donde, al parecer, aprovechaban la confianza de sus empleadores para, presuntamente, hurtar maquinaria y herramientas utilizadas en el ordeño, las cuales luego comercializaban a muy bajo costo en zonas aledañas.
Los investigadores determinaron que de esta manera ‘Los Chamos’ se habrían apropiado de cerca de 70 millones de pesos.
En el proceso adelantado por un fiscal de la Seccional Boyacá se logró identificar, individualizar y ubicar a los procesados.
Tanto las capturas, como la aprehensión del menor de edad se cumplieron en los municipios de Tausa y Fúquene (Cundinamarca), Turbaco (Bolívar) y Toca (Boyacá).
El fiscal del caso imputó a José Amadeo Briceño Castiblanco como presunto responsable de los delitos de receptación y porte ilegal de armas. Solo el primer cargo fue aceptado por el procesado.
Por otra parte, Jhon Alexánder Molina, Zulma Andrea Pachón y Miller Antonio Rengifo Naranjo negaron su responsabilidad en cuanto al delito de hurto calificado y agravado.
El presunto infractor, de 17 años de edad, aceptó ante un juez de infancia y adolescencia su responsabilidad en el delito de hurto calificado y agravado.
El juez de control de garantías impuso medida privativa de la libertad a los tres hombres; dos en centro carcelario y uno en su lugar de domicilio.
La mujer quedó vinculada a la investigación y podrá afrontar su proceso en libertad.
La Fiscalía habla con resultados.
MRB/DLBM/ JLSG/MAGA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.