E-commerce, nuevo foco de las quejas ante la SIC | Economía

Desde la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se ha avanzado en protección de datos y del consumidor en los últimos meses, especialmente en la pandemia, con el alza del comercio electrónico y las interacciones por redes sociales.

(Lea: Admiten demanda por competencia desleal contra Avantel y Partners)

Andrés Barreto, superintendente de Industria y Comercio, explicó algunas acciones que vienen adelantando y decisiones que ha tomado la entidad.

(Lea: Ordenan a TikTok cumplir estándar colombiano de protección de datos)

La SIC ordenó a Tik Tok cumplir estándares de protección de datos ¿Habrá alguna sanción?

En 2019 comenzamos a verificar la plataforma. En la pandemia Tik Tok se volvió muy popular, hay más de 12 millones de usuarios en Colombia, y casi 2 millones son niños y adolescentes. Ya se han presentado situaciones con el uso indebido de imágenes, detrás de eso hay riesgos de pornografía infantil y pedofilia. Tras verificar la app se expidió la orden, porque incumplen en más de 57% de las normas colombianas. Deben corregir cinco aspectos, si incumplen, se demoran o evidenciamos fallas, las sanciones son 2.000 salarios mínimos por infracción.

¿Qué falta en Colombia en protección de datos en redes?  También se ha tocado el tema con Uber

Con Uber lo que se dio es que hubo fugas de información de las tarjetas de crédito de casi 300.000 clientes. Impusimos una orden, que implementaran una política de seguridad informática. Ellos recurrieron esa decisión, encontramos que no había mérito, y quedó en firme la orden. Lo que sigue es el cumplimiento de la orden, sino, pasa lo mismo, 2.000 salarios mínimos por cada afectación.

Se presentó una guía para influencers ¿Se estaban incumplimientos?

La guía no es una norma ni regulación, es buenas prácticas, actualizar lo que trae el Estatuto del Consumidor, e invitar al influencer a aclarar cuando algo es publicidad, que sepan que hay cosas que no se pueden promocionar, como tabaco y armas, busca transparentar la relación hacia los consumidores y evitar problemas a los influenciadores.

¿Había un vacío legal?

No, es más una evolución. Me parece torpe que a un fenómeno tan cambiante y que apenas estamos entendiendo desde la publicidad se le haga una ley. Lo mejor es no regular, pero sí actualizar con un instrumento de derecho flexible.

¿Qué implica la sanción al ‘cartel de boletería’?

Ese caso lo investigó y sancionó esta superintendencia. Se comprobó que era un cartel porque la Federación, algunos directivos, una firma de abogados, y una empresa, crearon un sistema para apropiarse de las boletas y hacer la reventa.

Esto causó que no hubiera boletas en el mercado, y que a las que se podía acceder tenían un sobreprecio de hasta 350%. Descubrimos esto, sancionamos, ellos presentaron un recurso en el despacho, pero confirmamos la sanciones porque no encontramos méritos. Lo que sigue es pagar las multas.

¿Aumentaron las quejas por incumplimientos en protección al consumidor?

En promedio al año se reciben 30.000 reclamaciones, desde que pusimos las apps y los canales de atención virtual alcanzamos a llegar a casi 6.000. Los picos se dieron por el día sin IVA y por el día de la madre.

En productos, lo que hacemos es que cuando hay una cantidad significativa de quejas, se abre una investigación y se pueden imponer órdenes o multas. De las que más se han recibido son por entregas en comercio electrónico, son el caso de Rappi, Falabella, Éxito.com y Homecenter. Son estas las empresas sobre las cuales estamos adelantando actuaciones.

ETB y Claro fueron sancionadas ya ¿se resolvieron las quejas?

Cuando ya hay una multa no es para resarcir al consumidor, sino que es una sanción que se impone a la empresa por haber violado las conductas previstas en el Estatuto del Consumidor, cuando el consumidor quiere resarcir tiene la posibilidad de demandar.

Fuente de la Noticia

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