Elecciones 2022: Ley seca y toque de queda, regirán desde este sábado en Puerto Asís

Con estas y otras medidas, autoridades municipales buscan garantizar la seguridad durante la jornada electoral de Congreso, Curules de Paz y consultas interpartidistas, para las presidenciales.
Elecciones 2022: Ley seca y toque de queda, regirán desde este sábado en Puerto Asís

Mediante Decreto, en las últimas horas, el alcalde de Puerto Asís, José Fernando Castillo, dio a conocer las medidas que se tomarán para garantizar la seguridad en los comicios electorales que se desarrollarán este domingo 13 de marzo en el territorio nacional.

Con la expedición del Decreto 061 del 08 de marzo del 2022,  se decreta Ley seca en todo el municipio de Puerto Asís, desde el sábado 12 de marzo desde las 6:00 pm hasta las 5:00 de la mañana del lunes 14 de marzo del 2022.

Así mismo en el artículo 3 se prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes  tanto en zona urbana como rural del municipio de Puerto Asís, desde el sábado 12 de marzo desde las 6:00 pm hasta las 5:00 de la mañana del lunes 14 de marzo del 2022 y agrega que esto aplica tanto para “recintos cerrados o abiertos al público, en establecimientos comerciales o similares, tales como discotecas, bares, fuentes de soda, billares, tiendas, supermercados, estancos y otros tipos de establecimientos comerciales donde se expendan  o consuman dicho producto, así como también en espacios públicos como parques, zonas verdes, entre otros”, establece el Decreto.

Elecciones 2022: Ley seca y toque de queda, regirán desde este sábado en Puerto Asís

De igual forma da a conocer que cualquiera de los sitios nombrados anteriormente que incumplan con este Decreto se hará acreedor de las sanciones correspondientes y podría acarrear el cierre del lugar.

 Es importante que la comunidad de Puerto Asís conozca que a través de este decreto también se declara el toque de queda en todo el municipio, desde las 07 de la noche del sábado 12 de marzo para menores de edad, y desde las y desde las 10:00 pm para el público en general, esta medida irá hasta el domingo 13 de marzo a las 5:00 de la mañana.

Por otro lado para los transportadores también hay restricciones ya que el mediante este Decreto “se prohíbe el transporte y disposición de escombros en las vías públicas,  inmuebles y lotes particulares ubicados dentro del municipio de Puerto Asís, así como la circulación de vehículos que transporten trasteos o mudanzas, escombros, cilindros de gas, y/o sustancias peligrosas desde las 6:00 horas del día 11 de marzo del 2022 hasta las 06:00 de la mañana del 14 de marzo del 2022”, se destaca.

Así se da a conocer a la ciudadanía que se suspende de manera general los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional, en los términos y condiciones contenidas en el Decreto 2362 del 24 de diciembre del 2018. Otra de las restricciones que contiene el decreto municipal es la venta, distribución y uso de artículos pirotécnicos.

También la ciudadanía tiene que saber que queda prohibido parquearse o estacionar vehículos a menos de 200 metros de los puestos de votación y el sitio destinado para los escrutinios.  El IMTRAM estará velando para que los ciudadanos cumplan con este parágrafo.

También conozcamos lo que manifiesta el Artículo 9 de este Decreto municipal “durante el día de las elecciones prohíbase la utilización de camisetas, o cualquier otra prenda de vestir, banderas, afiches, volantes o documentos similares que inviten a votar por determinado partido que se encuentren alrededor de los puestos de votación. Está prohibido el uso de pregoneros de los grupos políticos induciendo a la ciudadanía a votar, tal como lo establece la Ley 1475 del 2011 y no podrán circular vehículos con propaganda política o alusiva a un candidato”.  

Por su parte en el artículo 10 indica que “la vigilancia y control corresponderá a la Policía Nacional y a las autoridades de transito del municipio de Puerto Asís, la vigilancia del estricto cumplimiento de las medidas adoptadas así como la imposición de las respectivas sanciones a las que haya lugar de acuerdo a la normatividad que regula la materia”.

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