Elecciones: La multa que se ganaría si no actualiza su domicilio – Congreso – Política


En medio del necesario revolcón que prepara el Congreso para modificar las normas electorales en el país, poco a poco se han ido conociendo algunas ‘perlas’ que han llamado la atención dentro de la extensa reforma al Código Electoral.

La reforma incluye nuevas modalidades de votación, modificaciones en la inscripción de cédulas, mecanismos para evitar que los muertos sigan votando en el país e incluso cambia en el horario de la jornada electoral.

Esta iniciativa, a juicio de expertos, no es solo necesaria sino que resolvería una materia pendiente que tiene el Legislativo, pues el actual código electoral viene desde 1986. Es tan antiguo que todavía hace referencia al bipartidismo, cuando hoy lo que rige es el multipartidismo.

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No obstante, dentro de las más de 400 páginas que tiene la ponencia que será puesta en discusión de las comisiones primera del Senado y la Cámara para arrancar el trámite del proyecto, han surgido algunos temas que no dejan de generar polémica.

Uno de los puntos que más ha generado discusión es el que establece que cuando un ciudadano cambia su lugar de domicilio, deberá informar a la Registraduría en un término no mayor a dos meses tras haber hecho el cambio de residencia, con el fin de que se haga la “actualización del censo electoral para el establecimiento de su nuevo domicilio electoral y la asignación de su puesto de votación”.

Quienes no cumplan con este requisito, indica la reforma, o, “se les impondrá una multa de medio salario mínimo legal vigente, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil”. No obstante, el código electoral obliga a la Registraduría a adelantar “jornadas pedagógicas y de sensibilización para incentivar a los ciudadanos a actualizar el domicilio electoral”.

Se les impondrá una multa de medio salario mínimo legal vigente

Otro punto que ha generado polémica es la eliminación de la llamada Ley de Garantías, que es una norma que básicamente busca limitar la contratación pública cuatro meses antes de las contiendas electorales, con el fin de evitar que algunos mandatarios hagan uso de contratos para favorecer a algún candidato.La norma, una vez entra en vigencia, prohíbe a gobernadores y alcaldes celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.

No obstante, a juicio de alcaldes y gobernadores, esto interrumpe los procesos de contratación, lo que genera inconvenientes para el desarrollo de obras en los municipios.

“Nos preocupa, además, que se le prohíbe a las misiones de observación electoral hacer público final antes de presentarlo al Gobierno, nos preocupa la falta de controles frente a las posibilidades abuso para el voto por internet”, indicó la congresistas de Alianza Verde Juanita Goebertus.

Uno de los cambios más relevantes es que se plantea la existencia de cuatro modalidades de votación: manual (la que existe hoy en día), electrónica mixta (se vota en una máquina en el puesto de votación), electrónica remota (desde dispositivos externos al puesto de votación) y anticipada. Esto es, básicamente, incluir la tecnología a la hora de votar.

Otro de los cambios es que se establecerá la biometría “para que los muertos no sigan votando en Colombia”.

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“El ciudadano con la huella digital demostrará en el puesto de votación que es él quien va a votar, porque hoy muchos se presentan con cédulas falsas o terminan votando los muertos”, explicó el congresista Julio César Triana, otro de los ponentes.

Triana agregó que otro de los cambios es que el transporte el día de las elecciones será brindado por el Estado, “para que no termine al servicio de las maquinarias políticas como ocurre hoy en día”.

La reforma también elimina los periodos de inscripción de cédulas y se establece un esquema en el que el Estado ubica al ciudadano en el puesto de votación según su dirección de residencia.

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