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En qué se diferencian los programas de Ingreso Mínimo Garantizado, Renta Ciudadana y Renta Joven | Finanzas | Economía

por Redacción BL
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Subsidios

Una de las iniciativas más conocidas del gobierno del presidente Gustavo Petro tiene que ver con el impulso de programas de subsidios enfocados en los hogares que se encuentran en altos niveles de pobreza.

Cada programa, pese a que tengan intenciones similares, tienen diferencias marcadas; sin embargo, cabe la posibilidad de saber en qué se separan cada una de las otras.

(Más: ¿Hasta cuándo se pueden reclamar los bonos alimenticios para personas con discapacidad?).

Esto pasa, por ejemplo, con los programas de Renta Ciudadana, Renta Joven y Renta Básica, las cuales están enfocas en ofrecer un ingreso a ciudadanos que, además de vivir en condiciones de pobreza, cumplan con ciertos requisitos para poder hacer parte de la población beneficiada.

Dichos estamentos, además del alcance de cada programa, hacen parte de los componentes que hacen que se diferencien. A continuación le explicamos cuáles son.

Ingreso Mínimo Garantizado

Subsidios

Andrea Moreno. EL TIEMPO

Este programa funciona únicamente en la ciudad de Bogotá y está enfocado en darle un ingreso mínimo a los hogares pobres y vulnerables de la ciudad.

(Le recomendamos: Crisis del sector vivienda: focos en los que hay que trabajar para mejorar las ventas).

Para hacer parte del programa, es indispensable que el hogar este dentro de los grupos A o B del Sisbén IV. Este solo otorga un pago por hogar.

Los montos de las transferencias monetarias de Ingreso Mínimo Garantizado se calculan complementando los pagos del Distrito que hacen parte de la estrategia.

Este programa está compuesto por siete líneas de subsidios, las cuales son:

-Mi Ahorro, Mi Hogar.

– Adulto Mayor.

– Jóvenes Reto.

– Jóvenes a la U.

– Mujeres que Reverdecen (Secretaría de Ambiente).

– Mujeres que Reverdecen (Jardín Botánico José Celestino Mutis)

– Parceros por Bogotá

Por otro lado, si un beneficiario de este programa ya recibe apoyo de programas de transferencias del Gobierno Nacional, como Familias en Acción, Renta Joven, Colombia Mayor o Tránsito a Renta
Ciudadana
, es importante tener en cuenta que el Ingreso Mínimo Garantizado no hará pagos
adicionales, ya que la cobertura debe ser garantizada por la Nación.

(Lea también: El giro que el DPS propone dar a las transferencias monetarias para los más pobres).

Desde enero de 2024, el monto máximo que puede recibir un hogar es de $860.000 y el monto mínimo es de $60.000.

Subsidios

Subsidios.

Este programa de subsidios, administrado por el Departamento de Prosperidad Social (DPS), y como se explica en su sitio web: «ofrece un ingreso digno a las familias, acompañado de otras ofertas del Estado para ayudar a la superación de la pobreza«.

Más específicamente, esta iniciativa divide a los beneficiarios en cuatro líneas de intervención, las cuales son:

1. Valoración de cuidado:

– Beneficiarios: hogares en pobreza extrema del grupo A del Sisbén IV (madres cabezas de hogar con niños menores de seis años o discapacitados).

– Montos: $500.000 cada 45 días.

– Fecha de pago: marzo

2. Colombia sin Hambre:

Beneficiarios: hogares en pobreza extrema del grupo A del Sisbén IV (familias con menores entre los 6 y los 18 años).

Montos: $500.000 cada 45 días.

Fecha de pago: entre junio y julio

3. Fortalecimiento de capacidades:

Beneficiarios: hogares en pobreza moderada del grupo B del Sisbén IV.

Montos: bonos de entre $500.000 y $1.000.000.

Fecha de pago: segundo semestre de 2024 (Solo una vez al año).

4. Atención de emergencias:

Beneficiarios: familias en situación de desastre, crisis, entre otros.

Montos: no aplica.

– Fecha de pago: no aplica.

De igual manera, entre las responsabilidades que deben cumplir los beneficiarios para seguir recibiendo su subsidio, está la participación de actividades sociales y comunitarias, usar las transferencias de manera adecuada, gestionar correctamente el medio de pago y mantener actualizada la información de su hogar.

Renta joven

Renta joven

iStock

Renta Joven, según explica el DPS, es una evolución del programa Jóvenes en Acción y abarca a personas de entre 14 y 28 años de edad que deseen concluir con sus programas de educación superior y que cumplan con las siguientes características.

– Contar con un registro en los sistemas oficiales de matrícula en educación media como graduado de bachiller de media vocacional (11°).

– Estar registrado en el Sisbén vigente o el instrumento de focalización que haga sus veces, con una clasificación como grupo poblacional en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, o, estar registrado en los listados censales de población indígena, administrados por el Ministerio del Interior.

– Estar registrado en los listados censales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) de población con medidas de restablecimiento de derechos y que cursen educación superior o formación complementaria bajo la protección de esta entidad.

– Estar matriculado en un proceso de formación complementaria o educación superior en los niveles técnico, tecnólogo o universitario (pregrado) en modalidad presencial, distancia tradicional, o virtualidad.

– No contar con registro en los sistemas oficiales de educación superior de título profesional universitario y/o posgrado.

– No tener una inscripción activa en el programa Jóvenes en Paz o la estrategia que haga sus veces.

(Puede leer: Requisitos y otros detalles que debe saber sobre el subsidio monetario familiar).

El acompañamiento que se hará en programa consta de dos fases:

1. Mientras el joven se encuentra en su programa de estudios durante el tiempo que dure su nivel de formación, por el cual recibió la inscripción.

2. Luego de haber terminado sus estudios, en el cual el beneficiario tendrá plazo de un año para unirse a programas de Empleabilidad, Emprendimiento y Educación que ofrece el componente de promoción social y bienestar integral.

JUAN MARTÍN MURILLO HERRERA
Periodista de Portafolio

Fuente de la Noticia

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