Impuestos: estos son los que comenzaron a regir en el 2024 | Impuestos | Economía

Tras ser aprobada la reforma tributaria del gobierno del presidente Gustavo Petro, comenzaron a entrar en vigor varios impuestos a partir del 2024.

Por ello, Ricardo Ruíz, socio y líder del área de Impuestos y Servicios Legales de KPMG Colombia, explica cómo funcionará el nuevo calendario y sobre quiénes recaen los nuevos impuestos.

(Más: ¿Cuánto dinero se retiene por impuestos a los ganadores de la lotería?).

Uno de los nuevos impuestos es la Tributación Efectiva por Presencia Económica Significativa (PES), que es una serie de condiciones que, de cumplirse, permiten a Colombia gravar con el impuesto sobre la renta a personas no residentes y empresas no domiciliadas en el país, que interactúan de forma constante con el mercado nacional mediante la venta de bienes o servicios digitales a clientes que se encuentren en territorio colombiano.

El segundo gravamen hace referencia al incremento de las tarifas de los impuestos saludables para productores e importadores de bienes gravados con el impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productores e importadores de bienes gravados con el impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.

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Impuestos

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Qué personas u empresas deben pagar estos impuestos

En el caso de comercialización de bienes y/o servicios, se entenderá que una persona no residente o una sociedad no domiciliada en Colombia tiene presencie económica significativa, siempre y cuando mantenga una interacción deliberada y sistemática en el mercado colombiano.

(Además: Así quedó el calendario de plazos para la implementación de la factura electrónica).

Esto se presume cuando una persona no residente o empresa no domiciliada interactúe con 300.000 o más clientes ubicados en el país. Adicionalmente, establezca la posibilidad de visualizar precios en pesos colombianos, o permita el pago con la moneda local.

Streaming

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A esto se le suma que en el año gravable anterior o en curso registre ingresos brutos de 31.300 unidades de valor tributario (UVT), que son equivalentes a 1.473 millones de pesos, por transacciones que involucren la venta de bienes con clientes ubicados en Colombia.

En cuanto a los impuestos saludables, una persona o empresa deberá verificar si dentro de su operación produce o importa bienes gravados con el impuesto a bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados ya que, de ser así, deberá declarar renta y pagar el impuesto conforme con las tarifas vigentes para el año 2024.

En el caso de la presencia económica significativa, el PES, la persona no domiciliada en el país deberá escoger entre, declarar y pagar el impuesto sobre la renta mediante el formulario que prescriba la Dian o pagar el impuesto a través de la retención en la fuente.

(Lea: Impuestos 2024: los tributos que entraron en vigencia este año y otros detalles).

Si se opta por lo primero, la tarifa será del 3 % sobre la totalidad de los ingresos brutos derivados de la venta de bienes y/o prestación de servicios digitales en el país.

En cambio, si se opta por la segunda opción de pagar el impuesto a través de la retención en la fuente, la base gravable aplicable será el valor total del pago correspondiente y la tarifa será del 10 %.

Bebidas azucaradas

Archivo EL TIEMPO

En el caso de los impuestos saludables, para calcular el monto a pagar por el impuesto a las bebidas azucaradas, el contribuyente deberá determinar el volumen del producto gravado y la concentración de azúcar añadida por cada 100 mililitros, para así aplicar las tarifas previstas.

Cabe anotar que para el 2024, la tarifa de este impuesto incrementó en 10 pesos para bebidas cuyo contenido de azúcar en 100 mililitros sea igual o mayor a seis gramos y menor a 10 gramos. Y en 20 pesos para aquellas bebidas cuyo contenido de azúcar en 100 mililitros sea igual o mayor a 10 gramos.

Azúcar

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En el caso del impuesto a los alimentos ultraprocesados, la base gravable está configurada, en la venta, por el precio de venta del producto gravado; en la donación o retiro de inventario, por el valor comercial del producto gravado, y, en el caso de mercancías importadas, la base gravable es la misma base gravable que se utiliza para liquidar los tributos aduaneros, pero además incrementada con el valor de los tributos aduaneros que se liquiden.

La tarifa del impuesto consiste en una suma fija que incrementa en 5 puntos cada año hasta el 2025, por lo tanto, para el 2024 se sitúa en una tarifa del 15 %.

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*Con información de EL TIEMPO – REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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