IPC hace advertencia sobre nuevo decreto del Minagricultura | Gobierno | Economía

El Ministerio de Agricultura preparó un proyecto de ley que busca acelerar los procesos para impulsar la reforma agraria del gobierno del presidente Gustavo Petro.

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Uno de sus decretos, más específicamente el 61, ha prendido la alerta en el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP), pues, según la entidad, este apartado estaría llevándole la contraria al derecho de propiedad, por lo que solicitó a las autoridades su suspensión provisional.

(Las empresas del agro que en tres décadas han mostrado resultados).

«El Gobierno estaría yendo en contravía del derecho a la propiedad y el debido proceso, afectando la iniciativa privada y el libre ejercicio de la actividad económica consagrados en los Artículos 58 y 333 de la Constitución Política«, aseguró el instituto.

De igual manera, hizo un llamado a las organizaciones de la sociedad para que presenten sus comentarios al correo oficial de la entidad hasta el 24 de agosto.

(Las nuevas ayudas financieras para fortalecer el campo colombiano).

«Exhortamos al Congreso, en particular, a las Comisiones Quintas del Senado y la Cámara de Representantes para que cite a debate de control político pluripartidista a la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, con el fin de garantizar la legalidad del mencionado proyecto y proteger el derecho constitucional a la propiedad privada de los colombianos«, alertó Carlos Augusto Chacón, director ejecutivo del ICP.

Agricultura

EL TIEMPO

Según el instituto, el contenido del proyecto de ley excede las facultades reglamentarias mediante la consolidación de nuevas causales de extinción de dominio de predios en la ruralidad, un método que «resultaría más gravoso que la expropiación«, pues no generaría al propietario el derecho a una indemnización.

(Los sectores que más empleo generan, sufrieron mayor frenazo económico).

Adicionalmente, asegura que de aprobarse este decreto se darían competencias adicionales a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), lo cual podría exceder los límites constitucionales respecto a las funciones del ejecutivo, sobre todo a lo dispuesto en el Artículo 189, numeral 11, de la Constitución.

«Si el Gobierno introduce nuevas causales de extinción de dominio o amplía su aplicación más allá de lo definido en las leyes, se constituye una violación del principio de legalidad y de la separación de poderes, ya que estaría ejerciendo funciones que corresponden al Congreso y desconocería que las normas procesales son de obligatorio cumplimiento«, mencionó el ICP.

(Destinarán fondos a empresas que apoyen a comunidades rurales).

Por otro lado, dado que recae en los propietarios, campesinos y agricultores la carga de hacer una prueba del uso de sus terrenos de acuerdo con los criterios subjetivos de las autoridades y los mecanismos definidos en el decreto en mención, la entidad dice que es complejo demostrar el cumplimiento de la función social y ecológica, la cual sería definida por la misma ANT, y de las regulaciones sobre zonas destinadas a la agricultura y Áreas de Protección para la Producción de Alimentos.

«El Estado no puede limitar las libertades y los derechos de propiedad de los colombianos, regulando la producción, ordenándoles qué sembrar y dónde hacerlo, ni crear mecanismos para presionarlo a entregar sus predios por valores inferiores al avalúo catastral mediante mecanismos cuestionables que generan incertidumbre e inseguridad jurídica«, menciona.

PORTAFOLIO
*Con información de EL TIEMPO – ECONOMÍA

Fuente de la Noticia

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