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Judicializado psicólogo que habría abusado sexualmente de una de sus pacientes en Medellín

por Redacción BL
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En la fotografía está el procesado de espaldas con un servidor de la Policía Nacional.

El profesional fue imputado por el delito de acceso o acto sexual con persona puesta en incapacidad de resistir. 

La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías al psicólogo Juan Carlos Posada Mejía, como presunto responsable de abusar sexualmente de una de sus pacientes, en hechos ocurridos el pasado 14 de febrero en el barrio El Poblado, en Medellín (Antioquia).

Los elementos de prueba obtenidos por un fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) indican que el profesional, al parecer, se valió de su posición y realizó varios actos de tipo sexual en contra de la voluntad de la mujer que asistió a su consultorio para cumplir una terapia previamente programada.

Judicializado psicólogo que habría abusado sexualmente de una de sus pacientes en Medellín

En ese sentido, la Fiscalía le imputó el delito de acceso o acto sexual con persona puesta en incapacidad de resistir. El procesado no aceptó el cargo, y recibió medida de aseguramiento privativa de la libertad en el lugar de residencia y prohibición para el ejercicio de la profesión mientras avanza el proceso.

Las acciones investigativas continúan para establecer si el comportamiento del señor Posada Mejía se habría presentado en otros escenarios de su desempeño como psicólogo o de la actividad de docente universitario que ha ejercido en el Valle de Aburrá, de tal manera que se puedan identificar otras posibles víctimas.

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 

 

LFML/JARG/YMAS/DSM

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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