Judicializados cuatro presuntos integrantes de estructura armada del ELN en Cauca

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La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, logró la judicialización de cuatro presuntos integrantes del Frente José María Becerra del ELN.

Los cuatro señalados integrantes del ELN fueron capturados en Guapi (Cauca).

De acuerdo con material de prueba, los procesados harían parte del componente armado de la estructura criminal, y estarían involucrados en la planeación de atentados contra la fuerza pública y la población civil en el suroccidente del departamento.

La Fiscalía imputó a estas personas el delito de rebelión. De igual manera, solicitó la imposición de medida de aseguramiento en centro carcelario, petición que fue aceptada por el juez de control de garantías.

Los afectados con la decisión son:

  • Albin Ferney Palacios Arévalo, alias Combucho.
  • Dimas Alfredo Angulo Requejo, alias Elmar.
  • Diego Amarice Valentierra Valencia, alias Diego.
  • Jesús Gonzalo Ibardo Caicedo, alias Chucho.

Los procesados fueron capturados por unidades del Ejército Nacional en el barrio Puerto Cali, en Guapi (Cauca). En los procedimientos se presentó un intercambio de disparos entre los uniformados y algunos integrantes del ELN. Al término del enfrentamiento fueron incautados dos fusiles, una pistola, tres proveedores, 411 cartuchos, dos barras pentolita, una escopeta hechiza, un radio de comunicaciones y dos celulares.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

LMG/JARG/DECOC.

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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