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Metro de Bogotá: qué tan viable es cambiar el contrato | Economía

Metro de Bogotá: qué tan viable es cambiar el contrato | Economía

Mientras poco a poco avanzan las obras para la construcción del Metro de Bogotá, el Gobierno nacional ha manifestado abiertamente la intención de realizar ajuste al proyecto, con el fin de que la primera línea sea subtérranea y no elevada como está definido actualmente.

(Petro dice que el Metro elevado en Bogotá es una ‘chambonada’). 

Sin embargo, para poder hacerlo se requería un cambio al contrato y que este cuente con la vialibilidad jurídica para modificarse. 

Pero, ¿qué tan  viable o no modificar el contrato de concesión de la primera línea del metro de Bogotá?

La alcaldesa Claudia López ha mantenido firme su posición de que “sí o sí”, el contrato del metro se hará y este entrará a operar en 2028. Incluso, le pidió al jefe de Estado que apoyara la financiación de proyectos de infraestructura en transporte claves para la región como el Regiotram del Norte y los cables aéreos, en vez de insistir en un cambio que no solo sería más costoso sino que postergaría el arranque del esperado metro en la capital.

(Claudia y su pedido a Petro: que cofinancie el Regiotram del Norte). 

En medio de la polémica por la insistencia de Petro por un tramo elevado, la Presidencia de la República contrató un concepto jurídico con el exconsejero de Estado Enrique Gil Botero, y por otro lado se presentaron dos conceptos más, que corresponde a los juristas Jaime Orlando Santofimio y Ernesto Rengifo García.

El análisis de Gil Botero, que se conoció el pasado 30 de enero y por el cual el Gobierno Nacional pagó 119 millones de pesos, considera que es “viable” modificar de manera unilateral el contrato y señala que esa viabilidad no es solo porque el contrato mismo prevé “esta potestad”, sino porque resulta aplicable frente a lo establecido en la Ley 80 de 1993.

“(…) Luego de estudiarse lo atinente al régimen jurídico aplicable al contrato de concesión 169 de 2019, resulta viable o posible la aplicación de la cláusula excepcional de modificación unilateral de la relación contractual”, se lee en el concepto del exconsejero y exministro.

El estudio jurídico de Gil Botero, quien como exministro de Justicia firmó el Conpes que declaró la importancia estratégica de la primera línea del metro de Bogotá -la elevada-, argumenta el interés general y supuestas deficiencias en la planeación del proyecto.

Lo que señalan los expertos consultados es que, en efecto, la Ley 80 establece posibilidades para modificar los contratos, incluso los billonarios. Pero las condiciones para que esto pueda ocurrir son taxativas, no abiertas a interpretaciones, y hay también coincidencia en que esas no son las circunstancias, del proyecto Metro en la Bogotá de hoy.

Sobre el interés general, Gil Botero señala que “es menester que la Administración, luego de advertir que el interés general o el bien común imponen la adopción de las decisiones que resulten necesarias para adecuar la contratación a las exigencias actuales de la ciudad de Bogotá, sus ciudadanos y los usuarios del Sistema de Transporte Público, se advierte como mandatorio la construcción del Metro de Bogotá bajo la modalidad o técnica constructiva que se requiera para que sea subterráneo -al menos parcialmente o para algunos tramos-“.

Y respecto de las supuestas deficiencias en la planeación, el concepto señala los problemas o alteraciones del proyecto por “los inconvenientes en la gestión predial, en los efectos económicos que ello supone por construir el metro elevado”, y “las graves afectaciones” que supone –según Gil Botero– la construcción “para la movilidad y la normal circulación del tránsito vehicular en la ciudad”.

(La advertencia de Claudia López a Petro por el Metro de Bogotá). 

Agrega que la realización de estudios “serios y profundos” dejaría en evidencia “los menores costos” de una línea subterránea.

Los otros dos consideran también que es factible modificar el contrato firmado entre la Empresa Metro de Bogotá (EMB) y el consorcio chino Metro Línea 1. El elaborado por Jaime Orlando Santofimio dice que el artículo 16 de la Ley 80 al regular la modificación unilateral de los contratos estatales, «establece como primer paso necesario y obligatorio para su procedencia, el de la modificación de mutuo acuerdo (de las partes) del contrato, siempre y cuando se cumplan los presupuestos establecidos en dicha norma».

El tercer concepto, elaborado por el experto Ernesto Rengifo García, indica que es viable si dicha es modificación “es necesaria para evitar la afectación grave del servicio público o pueda ser clasificada como una obra menor o voluntaria.

Sin embargo, fuentes cercanas a la administración distrital aseguran que no es viable modificar el contrato de concesión de la línea 1 porque, advierten, se contrató un metro elevado y no subterráneo ni mixto, y que el proyecto fue el resultado de estudios, diseños y una serie de trámites rigurosos, como es un documento Conpes, lo que desvirtuaría el argumento de posibles deficiencias en la planeación.

Según una fuente que pidió reserva del nombre, hasta ahora nadie ha planteado duda alguna sobre deficiencias o problemas del proyecto de la línea 1. No lo ha dicho la interventoría, la banca multilateral -que financia el megaproyecto- ni ningún organismo de control, indicó la misma fuente. También señala que no es el momento contractual para que el consorcio chino, que ganó la licitación por su conocimiento con metros elevados, aporte experiencia con metros subterráneos.

Sin embargo, fuentes cercanas a la administración distrital aseguran que no es viable modificar el contrato de concesión de la línea 1 porque, advierten, se contrató un metro elevado y no subterráneo ni mixto, y que el proyecto fue el resultado de estudios, diseños y una serie de trámites rigurosos, como es un documento Conpes, lo que desvirtuaría el argumento de posibles deficiencias en la planeación.

Según una fuente que pidió reserva del nombre, hasta ahora nadie ha planteado duda alguna sobre deficiencias o problemas del proyecto de la línea 1. No lo ha dicho la interventoría, la banca multilateral -que financia el megaproyecto- ni ningún organismo de control, indicó la misma fuente. También señala que no es el momento contractual para que el consorcio chino, que ganó la licitación por su conocimiento con metros elevados, aporte experiencia con metros subterráneos.

BOGOTÁ ET

Fuente de la Noticia

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