Modifican reglas para productos financieros

Con el objetivo de seguir incrementando los niveles de inclusión financiera en el país, especialmente en las zonas rurales, el Gobierno Nacional expidió el decreto 222 de 2020, con que el realiza varias modificaciones en algunos productos financieros como los corresponsales, los depósitos o los créditos de bajo monto.

(Lea: Tarjeta de crédito, producto financiero preferido por la generación Z)

Precisamente, uno de los mecanismos que registra más cambios es el de los corresponsales, que según el Ministerio de Hacienda, “ha contribuido en gran medida a la inclusión financiera al permitir ampliar la cobertura de las entidades financieras en todo el territorio nacional, especialmente en zonas rurales”.

(Lea: Cinco mitos sobre DataCrédito)

Este servicio financiero, según el Decreto del Ministerio de Hacienda, podrá ofrecerse tanto de forma física, como también de manera “móvil y digital”, lo que podría incrementar más su red.

De igual forma define los elementos que debe contener el contrato entre la entidad y el corresponsal, el proceso de esa contratación, así como las pautas para establecer los límites transaccionales. “Las entidades podrán otorgar a sus corresponsales fijos y móviles un cupo máximo de operación, del cual podrá ser previamente fondeado por el corresponsal”.

Tal como afirma Edwin Zácipa, director de Colombia Fintech, en un comentario publicado en sus redes sociales, también “se elimina la autorización previa del contrato de corresponsalía por parte de la Superfinanciera y así flexibilizar el modelo de operación”, y “se amplían las modalidades de servicios prestados a través de corresponsales”.

El microcrédito es otro de los mecanismos que se quieren mejorar. Según el documento, “la Ley 1955 de 2019, mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en su artículo 182, ordena al Gobierno Nacional reglamentar la manera en que se profundicen los microcréditos a través de las entidades del sector financiero como instrumento de formalización de generación de empleo e instrumento para combatir el gota a gota o paga diario”.

En este punto, entre otras disposiciones, se incluye que el saldo de endeudamiento no puede exceder los 120 salarios mínimos al momento de la aprobación, así como la definición de microempresa.

Por otro lado, menciona las características que tendrá el denominado como depósito de bajo monto, al tiempo que afirma que no estarán “sometidos a ningún tipo de inversión mínima” y cuyo saldo no podrá exceder los 8 SMLMV. Además, el titular solo podrá tener uno de estos productos.

Asimismo, cabe resaltar que se le aplicará un trámite simplificado de apertura, al tiempo que no requrirán “presencia física”.

“Este cambio es clave tenerlo en cuenta en la distribución de nuevos productos digitales transaccionales y de ahorro, dado que negocios Fintech como Daviplata, Rappi Pay, Movii, Powii, Coink, Dale y Ding operan con este tipo de cuentas”, apunta Zácipa en su comentario.

Por último, en cuanto al crédito de bajo monto, se amplía el monto máximo de 4 a 8 SMLMV, podrá ser rotativo, no podrá ofrecerse a través de tarjetas y la entidad debe definir el plazo máximo de desembolso.

Fuente de la Noticia

Related posts

Mintrabajo entregó balance de la reducción de la jornada laboral | Empleo | Economía

Análisis de los problemas de caja que enfrenta el Ministerio de Hacienda | Economía

FMI bajó previsiones de crecimiento económico para América Latina: razones de la decisión | Economía