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Norma de la Creg retrasaría inicio de plantas renovables | Gobierno | Economía

Norma de la Creg retrasaría inicio de plantas renovables | Gobierno | Economía

Una norma expedida en junio de 2021 por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg), retrasaría el desarrollo y/o entrada en operación de varios proyectos de energías renovables no covencionales, más en la región de la costa Caribe del país.

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Se trata de la resolución 075 de junio de 2021, en cuyo articulado se particularizan las reglas asociadas al nuevo procedimiento de conexión, las obligaciones posteriores a la aprobación a esta (asignación de capacidad) y las condiciones del periodo de transición para proyectos de fuentes de energía limpia no convencional que ya contaban con conexión aprobada, y para quienes tenían en trámite su solicitud de conexión.

Sin embargo, para los desarrolladores de proyectos renovables de electricidad no convencional, la norma de la Creg no solo cambia las reglas de juego con una nueva regulación, sino que además desconoce el orden riguroso de espera de autorizaciones de conexión proyectos “vitales” solares fotovoltaicos y eólicos, más en la región norte del país.

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“La resolución transformó la metodología y ahora todo está en manos de la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme). Y esta entidad viene cancelando todos los proyectos desde el pasado 31 de diciembre con el argumento que no hay capacidad de conexión. Así los operadores de red regional afirmen que la hay para hacer la conexión, la entidad dice que no”, señaló Iván Martínez, presidente de EGAL.

El líder empresarial recalcó que, a pesar que los proyectos en curso cumplen con los requisitos legales y técnicos, y de que la red de energía regional alberga la capacidad de interconexión, nuevas normativas les exigen, “en una falta de conocimiento de las razones empresariales de largo plazo, que ingresen a la fila nuevamente, desde cero, como si acabaran de llegar”.

“Proyectos de energía renovable no convencional, como la solar, que estaban muy adelantados en su desarrollo, ahora con la resolución 075 de la Creg, tienen que hacer nuevamente la fila desconociendo el trámite y los cronogramas de ejecución, pero además hay una gran capacidad de conexión para estas plantas en todo el país lista para ser utilizada, pero la Upme la otorgará nuevamente, sin tener en cuenta el orden que establecido”, recalcó Martínez.

Al indagar con la Upme, su director Christian Jaramillo, explicó que infortunadamente, el procedimiento de conexión, con las reglas vigentes antes de la resolución 075, implicaba que la evaluación se realizara en orden de llegada, sin priorizar según el beneficio que la conexión trajera al sistema, por ejemplo a través de compromisos de energía firme u otra obligación con el sistema, ni según el grado de avance; además, no se contaba con instrumentos suficientemente fuertes que garantizaran que, una vez aprobada la conexión, los proyectos entrasen en las fechas previstas.

“Los incumplimientos regulatorios eran frecuentes y era posible pedir aplazamientos ilimitadamente”, señaló el funcionario.

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Jaramillo reiteró que la norma trae un periodo de transición para los proyectos renovables con conexión aprobada (capacidad asignada) y tenían regularizada su condición en cuanto a la fecha de entrada en operación, así como la garantía, “con lo que mantendrían su derecho sin modificaciones”, pero los que no tuvieran regularizadas estas condiciones debían hacerlo: “ajustar la fecha de entrada en operación y constituir una garantía de cumplimiento más exigente”.

Así mismo, la nueva norma estableció que quienes estuvieran en situación irregular y no se regularizaran, perderían la capacidad de transporte asignada y ésta se debería liberar para que fuera asignada bajo el nuevo procedimiento de entrega.

“Los proyectos que contaban con capacidad asignada antes de la promulgación de la resolución 075 debían actualizar el formato de su garantía si ya la tenían, o constituir garantías si no las tenían; además debían actualizar la Fecha de Entrada en Operación (FPO) si ésta estaba vencida”, dijo el director de la Upme.

El funcionario agregó que, con el cumplimiento de estos requisitos, “sumado a la presentación de la curva S”, le permite al titular del proyecto mantener la capacidad asignada. “Es decir, aquella iniciativas que se encontraban en situación regular, y que tuvieran garantías adecuadas y no presentaran atrasos frente a su FPO con corte de octubre 21 de 2021, pueden mantener su derecho de conexión”, dijo.

ALFONSO LÓPEZ SUÁREZ
PORTAFOLIO

Fuente de la Noticia

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