Home Colombia Policía velará por que se cumplan las normas de ‘Ley Seca’ en La Guajira

Policía velará por que se cumplan las normas de ‘Ley Seca’ en La Guajira

por Redacción BL
0 comentario
Ciudadanos en La Guajira deberán cumplir las restricciones de la Ley Seca, para evitar ser sancionados.

Ciudadanos en La Guajira deberán cumplir las restricciones de la Ley Seca, para evitar ser sancionados.

Debido al proceso electoral de este 29 de octubre, el Gobierno Nacional publicó varias normas «para la conservación del orden público», según menciona el decreto 1702 emitido por el ministerio del Interior y a la que los guajiros deberán someterse.

Entre las normas emitidas, se encuentra la llamada «Ley Seca», que tiene como objetivo regular la venta de alcohol mientras se desarrollan las elecciones.

En cuanto a estas normas especiales, la Policía Nacional velará por el cumplimiento de la ley seca que va desde las 6 p. m. de este sábado 28 de octubre hasta las 6 a. m. del lunes 30, donde tanto las personas como los establecimientos que incumplan, tienen sus sanciones.

Por su parte, las personas que incumplan la restricción al consumo de bebidas alcohólicas dentro de establecimientos pueden ser sancionados con una multa tipo 4 (32 Smdlv), como lo indica el numeral 2 del Artículo 35 del código, por desacato a la orden de Policía.

Si por el contrario algún establecimiento incumple la restricción a la venta de bebidas embriagantes, asumirá las sanciones contempladas en el numeral 4 del Artículo 92 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que contempla una multa tipo 4 (la más alta, que corresponde a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes) y la suspensión temporal de la actividad económica.   

Vale la pena destacar que está prohibido portar armamento, municiones y explosivos o accesorios en reuniones políticas, elecciones, sesiones de corporaciones públicas, asambleas y manifestaciones populares.

Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto. Así mismo, bajo estos lineamientos, podrán ejercer el derecho al voto las personas mayores de 80 años o quienes padezcan problemas avanzados de visión.

Adicionalmente, los gobernadores o alcaldes, de acuerdo con sus facultades legales, podrán decretar el toque de queda con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público. Y si lo estiman conveniente, podrán restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas, o de estas con acompañantes, durante el periodo que determinen con el objeto de prevenir posibles alteraciones del orden público. Aplica igualmente para trasteos.

La Policía Nacional invita a la ciudadanía a denunciar a la línea 123 cualquier situación sospechosa o delito, al igual que irregularidades que se presenten en mesas de votación. Para lo último, está habilitada la línea gratuita nacional #623 de la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (Uriel) en cabeza del ministerio del Interior.

También te puede interesar

Noticias de Buenaventura y el mundo

2024 – All Right Reserved. [email protected]