Ponencia de reforma pensional mantiene el sistema de pilares | Economía

Este martes se radicó oficialmente ante el Congreso de la República la ponencia para el debate de la reforma pensional del Gobierno del presidente Gustavo Petro, en la que se destaca que se mantendrá la propuesta de crear un sistema de pilares. 

(Radican ante el Congreso la ponencia de la reforma pensional). 

Si bien los cambios son sutiles, se establece que la renta básica del pilar solidario será manejada por el Ministerio de Trabajo, y no por el Departamento de Prosperidad Social, como lo indicaba el proyecto original.

En el pilar semicontributivo, aquel integrado por las personas que alcanzaron la edad para pensionarse pero no cumplieron los requisitos, se introdujo un cambio en la edad de las mujeres. Mientras que los hombres deberán esperar a los 65 años de edad para acceder a este beneficio económico para su vejez, ellas podrán hacerlo a los 62 años. El mismo cambio se propone para el pilar solidario.

Según la iniciativa, la reforma se basa en crear un Sistema de Protección Social Integral para la Vejez que estará estructurado por el pilar solidario, el pilar semicontributivo, el pilar voluntario y el pilar contributivo, el cual a su vez se integra por el componente de Prima Media y el componente complementario de Ahorro Individual, y finalmente, el pilar de ahorro Voluntario.

(Qué pasaría con las reformas si no se aprueban en esta legislatura). 

El texto destaca que el pilar solidario está dirigido a cubrir a las personas que no han logrado obtener una pensión. Ellos obtendrán una Renta Básica Solidaria correspondiente como mínimo a la línea de pobreza extrema que se certifique para el año 2024, la cual se actualizará anualmente a partir del primero de enero de conformidad con la variación en el IPC del año inmediatamente anterior certificado por el Dane.

Estas prestaciones se financiarán con recursos del Sistema de Protección Social, del Presupuesto General de la Nación y podrán tener cofinanciación con los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.

Por su parte, el pilar semicontributivo está dirigido a cubrir a las personas que, habiendo cotizado al sistema, a los 65 años de edad no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión contributiva.

Finalmente, el pilar contributivo está dirigido a cubrir a los trabajadores dependientes e independientes, servidores públicos y a las personas con capacidad de pago para efectuar cotizaciones sobre un ingreso igual o superior a un salario mínimo legal vigente.

Para este pilar se contempla que las cotizaciones se hagan bajo el componente de Prima Media que está integrado por todas las personas afiliadas al sistema y que recibirá las cotizaciones por los ingresos base de cotización entre un smlmv y hasta tres (3) smlmv.

Las prestaciones en este pilar se financian con recursosdel Fondo Común de Vejez y del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo que se propone crear en el proyecto de Ley, y se  determinan a través de un mecanismo de prestación definida. 

(‘Reforma pensional cortaría flujo de recursos al mercado de capitales’). 

Por otro lado está el componente de Ahorro Individual, que será para quienes recibirán las cotizaciones por la parte del ingreso base de cotización que exceda los tres (3) smlmv y hasta los veinticinco (25) smlmv, cuyas prestaciones se financian con el monto de las cotizaciones realizadas y sus respectivos rendimientos financieros. Este Componente propende por complementar el valor de la prestación obtenida en el Componente de Prima Media, para formar en conjunto la Pensión Integral de Vejez.

El proyecto contempla que quienes tengan un Ingreso Base de Cotización que exceda tres (3) smlmv podrán seleccionar su Administradora de Fondo de Pensiones en el Componente Complementario de Ahorro Individual de dicho Pilar Contributivo, atendiendo a lo dispuesto en el Capítulo XI del Proyecto de Ley.

PORTAFOLIO

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