Por qué se aplazó por 10 días más la millonaria licitación de conectividad en MinTIC | Gobierno | Economía

A través de una carta, conocida en primicia por la Unidad Investigativa de EL TIEMPO, el ministro de las TIC, Mauricio Lizcano, aplazó, nuevamente, por 10 días más la millonaria licitación de conectividad dentro de su programa bandera ‘Escuelas Potencia Digital’, por 407 mil millones de pesos.

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Esto como consecuencia a una alerta de la Procuraduría que advertía que en el proceso se habrían violado las normas de la ley de contratación pública, generando riesgo jurídico.

En la advertencia, el máximo órgano disciplinario asegura que el 30 de mayo de 2024, mediante respuesta a «observaciones extemporáneas presentadas al pliego de condiciones definitivo», la entidad contratante realizó una aclaración que modificó los términos del proceso.

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Ante la alerta, según EL TIEMPO, el ministro Mauricio Lizcano le ha pedido a la Procuraduría audiencia para explicar que, en criterio de sus expertos, si bien hubo una respuesta a una observación, de manera extemporánea, se trató de una aclaración técnica que no afectaba los términos del proceso. 

«Resuelve: prorrogar los términos de la suspensión en el proceso de selección FTIC-LP-004-2024 que tiene por objeto: “Ejecutar el proyecto escuelas potencia digital obligándose a realizar la planeación, instalación, operación y mantenimiento de la infraestructura para prestar el servicio de Internet bajo las condiciones establecidas en el Anexo Técnico” por un lapso de otros diez (10) días adicionales, los cuales empezarán a contarse desde el día 15 de julio y hasta el 24 de julio de 2024 inclusive», se lee en el documento que ya fue subido al Secop.

La entidad ha logrado llevar Internet de banda ancha a 400.000 hogares de estratos 1 y 2.

Cortesía Ministerio TIC

Y añade que, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, y el numeral 5° del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la ley, a realizar el control social al presente proceso de contratación en concordancia con las funciones que les corresponden a las Veedurías Ciudadanas establecidas en el artículo 15 de la Ley 850 de 2003. 

«El ministerio a mi cargo cumplió y respetó a cabalidad todas y cada una de las normas que regulan la actividad contractual del Estado; que no desconoció ninguno de los principios pilares del estatuto contractual ni los principios rectores de orden constitucional y legal de la función pública; que no afectó la igualdad ni la libre concurrencia que debe mantener incólumes, al desarrollar procesos de selección y que con el alcance a la respuesta de observaciones de interesados, brindada el 30 de mayo del año en curso, no se modificó el pliego de condiciones de la licitación pública que nos ocupa, sino que por el contrario se reiteró lo que resulta diamantino de la lectura integral, completa, teleológica y sistemática del pliego de condiciones y demás documentos precontractuales», le aseguró Lizcano a la Procuraduría. 

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Y fue enfático en que su cartera puede afirmar que el proceso «se llevó a cabo en cumplimiento de lo previsto en la ley fundamentado en documentos técnicos claros y consistentes, sin que se hubiera producido respuesta alguna que hubiera cambiado las obligaciones previstas en los documentos del proceso».

En criterio de Lizcano y de su equipo técnico y jurídico, no se advierte vicio de nulidad que requiera la revocatoria directa del acto de apertura. Por el contrario, se concluye que su revocatoria sería contraria a derecho.

Sin embargo, reiteró su voluntad de desarrollar las mesas de trabajo que se consideren necesarias de tal manera que la Procuraduría pueda contar con un entendimiento completo de este proceso, considerando en todo caso el deber que le asiste a la entidad a concluir el proceso de contratación.

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Con información de la Unidad Investigativa

Fuente de la Noticia

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