Prima de servicios: ¿Qué pasa si no la pagan o se pasan del tiempo establecido? | Finanzas | Economía

Llega mitad de año y con ello el pago de una de las prestaciones sociales más esperadas, la prima. Este derecho, que es otorgado por el empleador a sus colaboradores dos veces al año, es utilizado por muchos para pagos de educación, viajes o inversiones, pero ¿qué pasa si no se la pagan o se la consignan fuera de la fecha máxima permitida?. Según expertos en la materia, esto acarrea sanciones y condenas judiciales.

Puede leer: ¿Buscando empleo? España tiene vacantes para enfermeros colombianos

Vale recordar que esta prestación consiste en un mes de salario por cada año de trabajo o proporcional si ha trabajado menos, la cual se paga en dos cuotas durante el año. La primera en el mes de junio (máximo el día 30) y la segunda durante los primeros veinte (20) días del mes de diciembre.

Según el Ministerio de Justicia, todos los trabajadores que cumplan con las condiciones de un empleado dependiente y subordinado tienen derecho al pago de la prima, independientemente del tipo o la duración de su contrato laboral. Los trabajadores del servicio doméstico que prestan sus servicios directamente en un hogar o casa de familia también tienen derecho a recibirla.

Si no le reconocen o pagan la prima de servicio, existen mecanismos que le permitirán obtener el pago de lo debido y la indemnización por los daños causados.

Puede leer: Colmotores y Mintrabajo anuncian mesa técnica para enfrentar crisis laboral

Prima de fin de año

Carlos Ortega / EL TIEMPO

¿Qué hacer si no me pagan?

1. Si usted tiene problemas con el reconocimiento o pago de la prima de servicios, el Minjusticia le recomienda que trate de llegar a un acuerdo con su empleador antes de acudir a cualquier autoridad.

2. Si no logró llegar un acuerdo con su empleador, usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación sólo sobre los derechos que el trabajador puede negociar, como el caso de las indemnizaciones o la forma y plazos para el pago de lo que le deben.

Para más información, orientación o inquietudes sobre el procedimiento ante el inspector de trabajo, podrá comunicarse desde su teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o desde su celular con la línea de atención del Ministerio de Trabajo 120.

3. Si usted desea intentar la conciliación y no hay inspector del trabajo, podrá acudir a la Defensoría del Pueblo, al Personero Municipal o a los consultorios jurídicos de su municipio. Sin embargo, tenga presente que el Inspector de trabajo no puede ordenar el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, para lo cual deberá presentar demanda ante el juez laboral, quien podrá decidir el conflicto.

También lea: Entérese cuáles son las habilidades blandas que más están demandando las empresas

Prima de Navidad.

Si usted ya ha intentado solucionar su conflicto laboral con su empleador o a través del inspector del trabajo, sin obtener una respuesta favorable, es posible presentar demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado. En caso de que en su municipio no haya juez laboral, la demanda deberá presentarse ante el juez civil del circuito.

Cuando el valor de lo que reclama no supera los 20 salarios mínimos mensuales, la demanda puede presentarse sin abogado ante el juez de pequeñas causas, si existe en su municipio. Puede ir al Juzgado Civil, al juzgado De Pequeñas Causas o al juzgado Laboral.

Recuerdan que si bien este trámite no tiene costo, tendrá que contar con un abogado cuando el valor de sus reclamaciones superen los 20 salarios mínimos.

¿Qué consecuencias tiene el empleador?

Si un empleador no paga la prima de servicios dentro de los plazos establecidos por la ley, se expone a sanciones y condenas judiciales. La omisión del pago de la prima puede resultar en multas impuestas al empleador por el Ministerio del Trabajo, además de que los jueces laborales podrían ordenar el pago de indemnizaciones a favor del trabajador.

Estas son las consecuencias si no se paga la prima de servicios:

1. El Ministerio del Trabajo podría imponer multas de hasta 5.000 smmlv a los empleadores que no paguen la prima (hasta $6.500.000.000 en 2024).

2. Indemnización moratoria por no pagar las prestaciones sociales correspondientes a 1 día de salario por cada día de demora en el pago (artículo 65 del CST).

3. El incumplimiento reiterado del pago de la prima puede dar lugar a la renuncia motivada del trabajador, y este podrá reclamar ante el juez laboral la indemnización de perjuicios del artículo 64 del CST.

PAULA GALEANO BALAGUERA
Periodista de Portafolio

Fuente de la Noticia

Related posts

FMI bajó previsiones de crecimiento económico para América Latina: razones de la decisión | Economía

Esta es la empresa que llegó al país con robots para el agro | Agro | Economía

Minhacienda reveló nuevos detalles de su plan de reactivación | Finanzas | Economía