Privada de la libertad exempleada bancaria que presuntamente realizó hurtos por medios electrónicos  

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La investigación adelantada por un fiscal de la Seccional Cali permitió identificar y judicializar a Elsy Milena Rengifo Salazar, quien fue cobijada con medida de aseguramiento en el lugar de residencia, luego de que aceptara su responsabilidad en los delitos de violación de datos personales, hurto por medios informáticos y semejantes, y transferencia no consentida de activos agravado. 

Elsy Milena Rengifo Salazar aceptó los cargos que la Fiscalía le imputó como presunta autora de los delitos de violación de datos personales, hurto por medios informáticos y transferencia no consentida de activos agravado.

La mujer fue detenida mediante orden judicial por agentes de vigilancia de la Policía Nacional en Buenaventura (Valle del Cauca).

Según la investigación, aprovechando la confianza depositada por las directivas de la entidad bancaria en la que trabajaba, la procesada al parecer creó cuentas de ahorros, expidió tarjetas de crédito y manipuló información de clientes ingresando a las bases de datos para realizar transferencias ficticias, con lo cual se habría apoderado de $176.437.000, entre los años 2013 y 2014.

En 2015, el banco realizó una investigación interna logrando confirmar las irregularidades cometidas en las cuentas de varios clientes, transferencias de millones de pesos, y utilización ilegal de tarjetas de crédito, modalidad conocida en el mundo bancario como ‘jineteo de dineros’.

El apoderado judicial de la entidad bancaria presentó la denuncia ante la Fiscalía y anexó los resultados de la investigación interna con los documentos.

La Fiscalía habla con resultados.

JGPV/FI/DLBM.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004. 

 

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