Programe los pagos de predial, vehículos y otros impuestos | Impuestos | Economía



Durante el primer semestre del año, son varias las obligaciones que tienen los colombianos en materia de impuestos. El predial y el de vehículos son algunos. 

Para que no tenga contratiempos y no se retrase en su pago, se recomienda planificar su cancelación, que además pueden ayudarle a ahorrarse unos pesos.   

(Estos son los plazos para actualizar el régimen tributario especial).

La Secretaría de Hacienda Distrital ya hizo público el calendario tributario para personas naturales y jurídicas. Allí están las fechas límites para los tributos de predial, vehículos e industria y comercio (ICA).

Pero una de las fechas más cercanas y que debe tenerse en cuenta es la del impuesto predial, que ofrece beneficios por pronto pago.

Quienes quieran beneficiarse del descuento del 10 por ciento en predial tienen plazo hasta el 27 de marzo próximo para cancelar el gravamen. El último plazo sin descuento se cumple el 29 de junio.

La primera fecha para el pago del impuesto de vehículos –también con descuento del 10 por ciento– se cumple el 8 de mayo. Sin descuento vence el 26 de junio.

Y para quienes estén interesados en conocer el valor que deben pagar por predial, ya es posible generar el formulario del impuesto para el 2020.

(Último llamado a los morosos que le deben $3,8 billones a la Dian). 

Solo hay que acceder a la página web de la Secretaría (www.shd.gov.co e ingresar a la pestaña de ‘Pagos y servicios’) y en varios pasos solicitar el formulario con el valor por cancelar este año.

El impuesto predial en la ciudad se aplica en total a 2’169.091 predios catalogados como residenciales. Vale recordar que el predial representa el 36,4 por ciento de los ingresos del Distrito por concepto de impuestos.

En el 2016, los ingresos por este concepto eran de 2,73 billones de pesos, y el año pasado llegaron a 3,48 billones. Para el 2020 se estiman ingresos por 3,58 billones. Este año los bogotanos que estén al día en sus pagos y no hayan hecho modificaciones físicas a sus viviendas tendrán un aumento máximo del 8,84 por ciento en relación con el pago del 2019, es decir, el índice de precios al consumidor (IPC), que el Dane fijó en 3,84 por ciento, más cinco puntos.

Así lo estableció a finales del año pasado el Concejo distrital en un acuerdo con el cual se garantiza que durante los próximos cinco años este gravamen tenga topes de aumento y no se dispare a causa del incremento de los avalúos catastrales, que son la base para liquidar el tributo.

Precisamente, la norma busca evitar la experiencia del año pasado, cuando al menos 27.000 propietarios de predios reclamaron porque el impuesto les subió hasta 200 y 300 por ciento frente al 2018. A esos predios no los cobijaban los límites al aumento del predial que aprobó el Concejo.

Entre el 2010 y el 2019, el incremento promedio anual del avalúo de los predios en la ciudad estuvo en 13,86 por ciento, pero hubo años que doblaron ese porcentaje. En el 2010, el promedio estuvo en el 27,1 por ciento, y en el 2011 subió al 22,2 por ciento. En el 2015 estaba en niveles del 15,2 por ciento.

Según la norma distrital, a los predios de estratos 1 y 2, cuyos avalúos lleguen hasta 135 salarios mínimos mensuales (unos 459.000 inmuebles) no se les aplicarán los 5 puntos adicionales, solo el IPC, es decir, 3,84 por ciento.

Para los no residenciales, como los comerciales o industriales, el tope de aumento será el IPC más ocho puntos, es decir, un aumento máximo de 11,84 por ciento en relación con el pago del impuesto del 2019.

Los topes que limitan el crecimiento del gravamen fueron recogidos de la Ley 1995 del 2019, con el propósito de darles seguridad jurídica a los ciudadanos sobre el manejo del impuesto predial, explicó en su momento la Secretaría de Hacienda.

Entre el 2010 y el 2019, el incremento promedio anual del avalúo de los predios en la ciudad estuvo en 13,86 por ciento, pero hubo años que doblaron ese porcentaje. En el 2010, el promedio estuvo en el 27,1 por ciento, y en el 2011 subió al 22,2 por ciento. En el 2015 estaba en niveles del 15,2 por ciento.

Según la norma distrital, a los predios de estratos 1 y 2, cuyos avalúos lleguen hasta 135 salarios mínimos mensuales (unos 459.000 inmuebles) no se les aplicarán los 5 puntos adicionales, solo el IPC, es decir, 3,84 por ciento.

Para los no residenciales, como los comerciales o industriales, el tope de aumento será el IPC más ocho puntos, es decir, un aumento máximo de 11,84 por ciento en relación con el pago del impuesto del 2019.

Los topes que limitan el crecimiento del gravamen fueron recogidos de la Ley 1995 del 2019, con el propósito de darles seguridad jurídica a los ciudadanos sobre el manejo del impuesto predial, explicó en su momento la Secretaría de Hacienda.



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