Proyecto de ley crearía un híbrido entre ‘apps’ y taxis

El 6 de noviembre del año pasado, una coalición de partidos políticos entre los que están la Alianza Verde, La U y el Centro Democrático radicó en la Cámara de Representantes el proyecto de ley N°. 292, con coautoría de los congresistas Mauricio Toro, de la Alianza Verde, y Edwin Ballesteros, del Centro Democrático, que tiene como objeto regular el servicio privado de transporte intermediado por plataformas digitales.

El documento, compuesto por 14 artículos, es sobre el que el Gobierno Nacional se sumaría a la discusión para reglamentar a las ‘apps’ como Uber, DiDi, Beat, entre otras.

(Gobierno llevará al Congreso la discusión sobre plataformas digitales de transporte). 

Algunos de los puntos clave que recoge el texto está en su artículo 4. En este se busca modificar el inciso segundo del artículo 5 de la Ley 336 de 1996, con el fin de que el servicio privado de transporte se pueda prestar sin que ello exija la vinculación a una empresa de transporte y además que, buscando garantizar la calidad del servicio y seguridad del usuario, este se deberá prestar exclusivamente a través de la intermediación de plataformas digitales.

Otro aspecto importante es la creación del Registro Único Nacional del Servicio Privado de Transporte Intermediado (Runspti), en el artículo 5, que estaría incorporado al Registro Único Nacional de Tránsito (Runt). Allí deberán estar inscritas las plataformas, los operadores de las mismas, los conductores y los vehículos al servicio.

Otro de los puntos del documento está relacionado con las pólizas de seguro (artículo 6), las cuales deberán cubrir tanto a los conductores, pasajeros, terceros y vehículos. Sin la Póliza por Responsabilidad Civil Extracontractual, el automóvil no podrá registrarse en el Runspti.

En este caso, el Mintransporte tendría 6 meses, una vez promulgada la ley, para reglamentar los riesgos cubiertos, montos y otras condiciones, las cuales “deberán ser equiparables a las exigidas a los vehículos de servicio público individual de taxi”, dice el texto.

(“La solución está en manos del Gobierno”: Uber). 

Además, el proyecto de ley contempla la creación de multas (artículo 8) para los infractores del servicio privado de transporte intermediado. Por ejemplo, en caso de que no cumpla con los “requisitos de inscripción, actualización o renovación del Runspti”, o se preste el servicio suplantando a una persona inscrita allí. Por su parte, se crearían contribuciones a cargo de las operadoras de las plataformas. En esta, por cada servicio privado de transporte intermediado se deberá hacer una contribución correspondiente al 1%. Esto financiará un Fondo de Compensación de Cupos del servicio de transporte público individual (taxis). “Se podrá utilizar para financiar programas de desmonte gradual de las reglamentaciones existentes de asignación de cupos”, dice el proyecto.

Por su parte, en el artículo 9 del texto se contempla la modernización de la reglamentación del servicio de taxis, planteando incorporar tarifas dinámicas.
Cabe mencionar que los conductores deberán tener la misma categoría de licencia de conducción que los taxistas.

Fuente de la Noticia

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