Qué va a pasar con las sesiones virtuales del Congreso – Congreso – Política


La mayoría de los partidos políticos está haciendo consultas jurídicas sobre el alcance de la decisión de la Corte Constitucional que dejó sin vigencia el artículo 12 del Decreto 491 del pasado 28 de marzo y que habilitaba el trabajo virtual para las entidades del Estado.

De acuerdo con el alto tribunal, el Congreso no debía esperar al visto bueno del Presidente de la República para reunirse, sino que tiene la autonomía suficiente para ello tomando en cuenta que es una de las tres ramas del Poder Público.

En opinión de la Corte, basta con un ajuste al reglamento de cada organismo o cuerpo colegiado para trabajar de manera remota, lo que debería hacer el Legislativo en las próximas semanas.

Aunque esto parece claro, lo cierto es que muchos congresistas tiene dudas sobre el alcance de esta posición y se preguntan si, entonces, serán citados de manera virtual o presencial, o cómo se haría esta modificación del reglamento del Legislativo.

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Lo primero que parece claro es que, según la Corte Constitucional, lo aprobado en estos meses de trabajo remoto está en vigencia y el meollo del asunto viene para el siguiente año legislativo, el cual comienza el próximo 20 de julio.

Estas son las principales preguntas de los congresistas:

Esta es la principal inquietud. Hasta el momento no se conoce ninguna decisión oficial de las mesas directivas de Senado y Cámara sobre este tema. En las últimas semanas, antes del fallo de la Corte Constitucional, el debate era cómo se realizaría la instalación del Congreso -si de manera presencial o remota-, pero las sesiones ordinarias también entraron en el mismo panorama.

Por el momento, el alto tribunal ha dejado la puerta abierta para que los congresistas sigan trabajando de manera virtual, pero para ello, seguramente, habría que expedir algunas resoluciones que habiliten el tema legalmente.

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Lo que sí es cierto es que varios legisladores han intensificado su presión para que el Congreso sesione presencialmente, pese a los 5 legisladores que, hasta el momento, se encuentran contagiados con el virus.

Organismos como las altas cortes, entre otros, han procedido a reformar su reglamento para sesionar de manera virtual, pero en el caso del Congreso muchos se preguntan si esto será tan sencillo.

Resulta que el reglamento del Legislativo está contenido en la Ley 5a de 1992, una norma de carácter orgánico. De acuerdo con la ley, para reformar estas reglas es necesario, en principio, un proyecto de ley que debe cumplir cuatro debates entre Senado y Cámara.

Lo que muchos se preguntan es ¿cómo harían los congresistas para sesionar, debatir y votar esta iniciativa? ¿Podrían hacerlo de manera virtual o tendría que ser presencial? Y, si se realiza de manera remota, ¿serán válidas las votaciones y el proyecto quedaría en firme?

La decisión de la Corte Constitucional también deja la puerta abierta para que se aplique el artículo tercero de las reglas vigentes. Este dice: «Cuando en el presente Reglamento no se encuentre disposición aplicable, se acudirá a las normas que regulen casos, materias o procedimientos semejantes y, en su defecto, la jurisprudencia y la doctrina constitucional».

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Según algunos expertos, esto significaría que el Congreso, de manera excepcional, podría acoger los reglamento de las cortes para sesionar de manera remota, lo que, posiblemente, permitiría que se tramite la norma para reformar el propio o para seguir sesionando virtualmente.

La gran duda es hasta qué punto los sectores políticos llegarán a un acuerdo para acoger un reglamento ajeno cuando ya se han oído voces rechazando que la Corte Constitucional, por ejemplo, le indique al Legislativo qué es lo que debe hacer.

En caso de que el Congreso deseche el trabajo virtual y se decida por el presencial, la gran duda es hasta qué punto los congresistas estarían dispuestos a desplazarse hasta el Capitolio, en Bogotá, en medio de la pandemia.

Como se repite diariamente, una de las principales recomendaciones de las autoridades sanitarias es que, quien no tenga necesidad extrema de salir a las calles, permanezca en casa protegiéndose y protegiendo a su familia.

Adicionalmente, el trabajo virtual del Congreso ha demostrado eficiencia, orden y mayor control ciudadano, razón por la cual varios observadores no ven las necesidad de exponer a los legisladores y sus familias al trabajo presencial.

Como si esto fuera poco, EL TIEMPO supo que, según cálculos, al menos la mitad de los senadores estaría por encima de los 65 años y tendrían preexistencias, lo que deja la duda de si estarán dispuestos a arriesgarse.

La decisión de si las sesiones serán presenciales o virtuales debe ser adoptada por las mesas directivas del Senado y la Cámara de Representantes. Por el momento sus titulares -Lidio García y Carlos Cuenca, respetivamente- tienen en sus manos la responsabilidad de cómo se llevará a cabo la instalación del Congreso y la elección de sus sucesores.

Sin embargo, una vez cumplido este paso, los presidentes de las dos corporaciones serán otros -muy seguramente Arturo Char y Germán Blanco, respectivamente-, los cuales tendrán bajo su mando el futuro del trabajo legislativo mientras se supera la pandemia.

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