Reforma tributaria: se viene apretón en 2024 a los que ganen más de $13 millones | Reforma tributaria | Economía

Con el cambio de año en el calendario y la entrada en vigencia de las nuevas cuentas y topes de la reforma tributaria aprobada en 2022, los contribuyentes en Colombia deberán empezar a prepararse para informar a la Dian cuáles fueron sus ingresos y pagar tributo por los mismos, si están dentro de los rangos que establece la ley.

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Varias de las nuevas reglas están dirigidas a las personas naturales, para las que incluso cambiaron, con el ajuste de UVT a $47.065 para el próximo año, los montos mínimos de ingreso, compras y patrimonios que los obligará a declarar.

Con el fin de entender un poco mejor el nuevo panorama tributario, Portafolio entrevistó a Carlos Rodríguez, socio de Jiménez, Higuita, Rodríguez Asociados, quien explicó que lo primero a tener en cuenta es que aquellos que ganaron más de $65 millones durante el año 2023 o que su patrimonio supere los $211 millones, deberán declarar ante la Dian.

“La renta del año 2023 la vamos a presentar en el año 2024 y entonces ahí ya vamos a ver el impacto de la reforma tributaria de la ley 2277 del año 2022, también conocida como la reforma tributaria, que trae consigo varios cambios importantes a tener en cuenta”, dijo.

(Vea: Pronósticos económicos: así se vislumbra el panorama para 2024). 

Para entender quiénes se verán afectados por esta normativa que entrará en vigencia, el experto tributarista resaltó que serán aquellos que ganen más o menos $13 millones de pesos mensuales, es un valor aproximado. De ese punto en adelante es que se reducen una serie de beneficios que existían.

Este medio también habló con Ángel Custodio Cabrera, exministro de Trabajo y experto en derecho tributario, quien señaló que estas prebendas que se acaban, están principalmente en las deducciones fiscales.

“Aunque los contribuyentes aún pueden descontar rentas exentas, cesantías, indemnizaciones por fallecimiento, entre otras, antes se podía deducir hasta 2.880 unidades de valor tributario (UVT), pero con la modificación, esta cifra disminuye a 790 UVT.  Asimismo, la nueva normativa impacta las deducciones relacionadas con préstamos y créditos. Anteriormente, los intereses de un préstamo de vivienda, créditos educativos del Icetex y otros, permitían deducciones de hasta el 40%, equivalente a 5.040 UVT. No obstante, con la reforma, este límite se reduce drásticamente a 1.340 UVT.
“Aparecen cosas novedosas que ustedes oportunamente nos ayudaron a divulgar. Las personas naturales pueden descontar de su declaración de renta sin ningún límite las compras que han realizado con factura electrónica
”, agregó Ángel Custodio Cabrera.

(Vea: Impuesto a plásticos de un solo uso: productos que podrían subir de precio). 

En el panorama tributario que se viene para 2024, también se introducen cambios significativos en la tributación de dividendos en los que, por ejemplo, cuando una persona recibe honorarios o ingresos adicionales, se formaliza un “ingreso base de cotización de salud y pensión” sobre el 40%, con la presunción de que el 60% restante son costos y, por ende, no se aplica el 40%. Anteriormente, estos ingresos se separaban y tributaban por separado.

Con la nueva depuración también habrá modificaciones para el tema de los dividendos, frente a los cuales Carlos Rodríguez explicó queen algunos casos, si son dividendos poquitos y yo tengo ingresos bajitos, voy a pagar menor impuesto que lo que estaba pagando antes”.

Finanzas del hogar

FOTO: iStock

No obstante, deja claro que “en algunos otros casos de ingresos por otras rentas, como salarios, más dividendos, resulto yo pagando más impuesto. Acuérdense que el valor del impuesto de los dividendos puede llegar hasta el 20%”.

“Adicionalmente a esta obligación, que es la obligación formal que se va a presentar en agosto o en septiembre, a partir de enero se renuevan los topes y las empresas tienen la obligación de practicar mi retención en la fuente y se van a aplicar con estas normas. Esto también es un punto a tener en cuenta”, indicó Rodríguez.

Las ganancias ocasionales son otro de los ítems que sufrirán cambios. Estos expertos advirtieron que habrá un ajuste en el porcentaje a cobrar, que pasa del 10% al 15%, lo cual se traduce en un mayor aporte por estos conceptos, que van desde, según la Dian, “la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa”.

(Vea: Impuesto a plataformas de ‘streaming’: ¿subirían las tarifas de estos servicios?). 

“De aquí en adelante las personas naturales no declararán por cédulas o por grupo de ingresos que hayan recibido. De aquí en adelante, a partir del año 2024, se suman todos los ingresos. Ese un gran cambio que va a repercutir indiscutiblemente en el valor del impuesto de renta a pagar por este sector de la población”, dijo Ángel Custodio Cabrera.

Estos analistas coincidieron en que no hay que confiarse con los trámites tributarios para el próximo año y empezar a reunir la información con tiempo para evitar traumatismos en las fechas de presentación.

Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de este año, 5’438.850 personas naturales cumplieron con la obligación de presentar declaración del impuesto de renta y complementarios, correspondiente al año gravable 2022. Esto representa un incremento del 25 % frente al año gravable 2021.

(Vea: Corte Constitucional tumbó no deducibilidad de las regalías de la tributaria). 

DANIEL HERNÁNDEZ NARANJO
Periodista Portafolio 

Fuente de la Noticia

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