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Retención en la fuente para trabajadores en 2020: a presentar papeles para deducciones – Sectores – Economía

Retención en la fuente para trabajadores en 2020: a presentar papeles para deducciones - Sectores - Economía



Aunque muchas cosas se aplazan, se congelan o se cancelan, es claro que, si a los asalariados les siguen pagando el sueldo, también le continuarán haciendo la respectiva retención en la fuente mensual.

Para lograr una rebaja en ese sentido recuerde que las empresas establecen un plazo para hacer llegar los papeles que le permitan al contribuyente obtener las deducciones de ley.

En la mayoría de las empresas dicho plazo vence el próximo 15 de abril, sin embargo, revise la fecha que estableció su empleador. He aquí las novedades.

Lo primero que hay que tener en cuenta es el cambio introducido en la llamada Ley de crecimiento económico y para el empleo o reforma del 2019, la cual sugiere un ‘volver al pasado’, puesto que durante un año (2019), cuando rigió la ley de financiamiento que luego fue tumbada por la Corte Constitucional, la tabla de la retención en la fuente arrancaba con una base gravable de 87 UVT (Unidades de Valor Tributario), haciendo la salvedad de que, dicha base es la cifra que queda después de quitar lo básico que está exento de su renta de trabajo.

Eso, automáticamente, incluyó a más contribuyentes como sujetos de este descuento que le hacen a los trabajadores ‘por la derecha’. Pues con el breve lio jurídico que obligó al Gobierno a llevar de nuevo la ley al Congreso la tabla volvió a quedar como estaba en el 2018: arranca en 95 UVT. Esto implica que, para que le hagan retención en la fuente como asalariado, debe contar con un ingreso mensual de aproximadamente 4,9 millones de pesos. Hay que recordar que durante el año pasado fueron sujetos de retención los ingresos que estaban alrededor de 4,3 millones de pesos.

La UVT o Unidad de Valor Tributario que rige para el 2020, según estableció la Dian, es de $ 35.607. Con ella podrá hacer todas las equivalencias para pagos tributarios

En ese contexto, lo primero que debe verificar es si alcanza o no a entrar en el rango de aquellos a los que les hacen retención en la fuente.

Un segundo componente a tener en cuenta es que la reforma del 2019 dejó vigente los límites de las deducciones y las rentas exentas. Es así como, entre todas las ayudas que utilizará para bajar la base de la retención en la fuente, el tope no puede pasar del 40 por ciento del valor de los ingresos netos.

Y ahora si, tome nota

El pago de la medicina prepagada, el porcentaje por deducir por un dependiente a cargo, los intereses pagados por crédito de vivienda, el ahorro en fondos de pensiones privados o las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) están entre las deducciones y exenciones vigentes para las personas naturales.

Si su decisión es utilizar el 10 por ciento por reportar un dependiente, que es la primera recomendación de Jeisson Ramírez, director de la firma Touché Asesores, recuerde que debe reportarlo a su empleador a través de un formato que las empresas suelen enviar a los trabajadores. De lo contrario, elabore la constancia correspondiente, solicitando que le apliquen esa alternativa.

El otro descuento, casi automático, es el 25 por ciento de la renta exenta, el cual, si usó la ayuda anterior, lo dejaría con un margen de maniobra de solo 5 por ciento de las rebajas, para completar el tope máximo permitido. En este caso, la sugerencia más a la mano es utilizar el pago en medicina prepagada.

Es clave recordar que un dependiente válido puede ser un hijo hasta los 18 años o hasta los 23 si el padre o la madre le están ayudando a pagar la formación académica. De acuerdo con las leyes vigentes, los padres y hermanos también pueden ser reportados como dependientes a su cargo, cuando estos no han tenido ingresos por más de un año o están en condición de discapacidad. na prepagada.

Tenga en cuenta los límites

En cada caso hay un límite para hacer uso de la deducción. Por ejemplo, por el hijo menor de 18 años, la rebaja mensual no podrá sobrepasar el 10 por ciento del total de los ingresos brutos del trabajador, hasta un máximo de 32 UVT mensuales (1’139.424 pesos).

Otra de las rebajas con las que puede contar a la hora de la retención en la fuente es la de los intereses por la deuda hipotecaria.

En este caso también hay un límite: no puede exceder las 100 UVT (3’560.700 pesos) mensuales. Para demostrar el pago mensual de intereses tendrá que solicitar ante la entidad con la cual tiene el crédito una certificación puntual que soporte el valor pagado por intereses de deuda.

Los colombianos que hacen uso de medicina prepagada o planes complementarios de salud también podrán usar este pago para deducir del monto que les retendrán cada mes. Según la norma, no podrá deducir más de 16 UVT, es decir, 569.712 pesos.
También para este caso, solo le aceptarán un papel expedido por la EPS que le presta el servicio complementario.

Algunos cálculos de analistas señalan que aprovechar las deducciones permite lograr un ahorro promedio de entre 50 y 80 por ciento de los impuestos que tendría que pagar.

Finalmente, recuerde que si no aporta la documentación para obtener las deducciones, le cobrarían la tarifa plena, aunque en cualquier momento del año podrá hacer llegar a su empleador los papeles y retomar el beneficio. 

Una novedad y un ejemplo del ahorro que se logra

Con la salvedad de que aplica para los dos regímenes pensionales (el público o el privado), pero que en el caso del público no tendría ningún efecto, porque las normas de ahorro tienen unas cifras establecidas que, llega un momento en que no causan ningún efecto a favor del cotizante, se introdujo una novedad en la ley de crecimiento económico.

«Quienes pertenecen al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), es decir, fondos privados de pensiones, podrán reducir la base de retención efectuando cotizaciones voluntarias a dicho régimen, con un límite del 25 % del ingreso anual, valor que en todo caso no podrá exceder de 2500 UVT ($89.017.500)», señala el vocero de Touché Asesores.

Ejemplo de ahorro con deducciones:

Suponga que un trabajador tiene un salario de $ 6.000.000 y que tiene un hijo de 10 años que depende económicamente de él. Adicionalmente, dicho trabajador paga medicina prepagada por un valor mensual de $200.000. Al final,  después de aplicar las deducciones, este trabajador tendría un ahorro en retención de $ 114.000 cada mes, pues, en vez de una retención de 135.344 pesos (sin usar las deducciones) solo le harán una de 21.344 pesos.

REDACCIÓN ECONOMÍA y NEGOCIOS



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