Tarifas de energía estas son las nuevas medidas para bajarlas: más créditos y nuevo indexador | Energía

El Ministerio de Hacienda y la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) presentaron un proyecto de decreto y un proyecto de resolución con medidas que apuntan a reducir los precios de la tarifa de la electricidad en el país.

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Después del fuerte discurso del presidente Gustavo Petro el pasado 20 de julio, salieron dos medidas que tienen como objetivo generar bajas en la factura de la electricidad, así como controlar las fuertes subidas que se han visto en algunos meses. “El Gobierno debe cambiar la fórmula con que se paga a los operadores eléctricos y cambiar el mercado inmobiliario si sigue en el camino de la especulación”, dijo Petro en su intervención.

Las medidas que salieron a comentarios incluyen un proyecto de decreto del Ministerio de Hacienda, en el que se generan cambios en las líneas de crédito con tasa compensada que se les otorga a los comercializadores de energía para que se capitalicen mientras recuperan los saldos de opción tarifaria.

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El proyecto establece una serie de modificaciones al decreto 1068 de 2015, que establece las reglas para el sector de Hacienda. La propuesta presentada incluye una ampliación de $1 billón a la línea de crédito que se estableció con Findeter y la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN) para las comercializadoras de energía. Así el monto total de esta línea será de $2 billones.

Esto implica doblar el monto que inicialmente se había entregado por medio de este mecanismo. La vigencia de este crédito estará hasta que los recursos disponibles se agoten.

El proyecto de decreto también establece una modificación a la disponibilidad de recursos para la compensación de la tasa de interés de la línea de crédito. En la medida en que hay $1 billón adicional, se requiere apropiar recursos adicionales para cubrir la tasa. En este sentido, se autorizan $496.138 millones para los aportes a Findeter, que son con cargo a apropiaciones presupuestales. Este ya estaba previsto en el decreto que tenía vigencia anterior, para cubrir lo generado por el monto inicial.

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Juan Carlos Muñiz, presidente de Findeter

Diego Caucayo

También se autoriza la suma adicional de $38.334 millones con cargo a la provisión presupuestal para el $1 billón adicional. Estos recursos, señala el documento, deberán tenerse en cuenta para la vigencia 2025.

Las condiciones financieras se mantienen con aspectos como el plazo hasta 10 años, con una tasa de interés de IBR +2% mes vencido y con usos como capital de trabajo o liquidez.

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El proyecto de decreto añade también que las empresas que hagan uso de la línea deberán diferir el cobro de opción tarifaria a un “tiempo igual o mayor al plazo del crédito aprobado”, cuando el Ministerio de Minas y Energía y la Creg definan las condiciones para que su cumpla dicha disposición.

También agrega que los recursos relacionados con este crédito deben estar destinados “de manera preferente” a cubrir saldos de la aplicación de la opción tarifaria de los estratos 1, 2 y 3. Una vez se cubra la totalidad de los saldos de estos estratos las empresas pueden continuar con los demás usuarios .

Vale la pena destacar que el Ministerio de Minas y Energía presentó la resolución 40225 para que las empresas de forma voluntaria hagan un traspaso de estos fondos a la tarifa, bajo la condición de que posteriormente el Estado hará el pago de la deuda correspondiente a lo que han generado los estratos 1, 2 y 3, que equivale a $2,7 billones, según Minenergía.

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Sin embargo, la cartera de Hacienda estaría presentando esto de forma obligatoria, aunque no aclara cuáles serían las condiciones para que la Nación se haga cargo de dichos saldos.

Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda.

EFE

El efecto de esta medida bajaría las tarifas, especialmente en los mercados que están recuperando un mayor valor del saldo de opción tarifaria. Esto, puesto que las empresas dejarían de hacer el cobro a los usuarios, al usar estos recursos para cubrir los montos que normalmente cobraría la empresa.

El ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, señaló que la aplicación de esta medida podría generar bajadas en precios de entre 4% y 20% dependiendo del mercado en el que se aplique.

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Ahora bien, para que se pueda hacer esto es necesario que la Creg establezca las condiciones para que las empresas de comercialización lleven estos recursos a las tarifas; sin embargo, la entidad se encuentra sin quórum para sesionar, con lo que no se podría aún lograr esta contracción.

Un nuevo indexador

Por su parte, la Comisión de Regulación presentó una propuesta regulatoria en la cual define nuevos indexadores para actualizar los valores de los cargos de las componentes de la tarifa de energía.

Vale la pena recordar que después de la pandemia, se generó un incremento constante y atípico de IPP (Índice de Precios al Productor) que se usa para hacer estas actualizaciones. Esto llevó a que las tarifas se incrementaran por encima de la inflación. Por este motivo, se propuso que se generen cambios en el indexador usado, para que tome en cuenta solo factores con impacto en el sector eléctrico y de esa manera se aíslen otros efectos.

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El proyecto de resolución 701 055 establece que se usarán de ahora en adelante para el índice relacionado con el IPP se usará el IR_IPP que corresponde a “la serie construida con el promedio de los valores definitivos para los últimos tres meses disponibles de la serie de la sección C ‘Industria manufactureras’”, que hace parte del anexo presentado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) en su informe del IPP.

Con respecto a los componentes que se actualicen usando el IPC, la Comisión propone que se use el IR_IPC. Este valor corresponderá a la serie que se construya con el promedio de los últimos tres meses de IPC sin alimentos ni regulados. Este es conocido también como el índice de inflación básico y también es publicado mensualmente por el Dane.

Dane

Cortesía

Así mismo, el documento propone un régimen transitorio para los diferentes actores de la cadena, que será voluntario. Para esto tendrán un plazo de diez días hábiles para informar su decisión de acogerse.

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La aplicación se hará cuando los contratos de largo plazo destinados al mercado regulado requieran una actualización, en cuyo caso se integrará este nuevo indexador. Igualmente, los comercializadores y generadores que tengan contratos existentes de largo plazo “buscarán incorporar en cualquier contrato cuyo destino sea, directa o indirectamente, la atención de usuarios finales del servicio público”.

Con esta propuesta, más que bajar los precios de la energía, se busca controlar la variación de los componentes que se vio después de la pandemia de incrementos de los indexadores por encima de la dinámica habitual.

Sin embargo, su salida en fime está condicionada a que la Creg tenga un quórum para tomar decisiones, para lo cual se requiere del nombramiento de otros tres comisionados, ya sea en encargo o en propiedad, puesto que la Comisión solo cuenta con Antonio Jiménez. 

DANIELA MORALES SOLER
Periodista de Portafolio

Fuente de la Noticia

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