Una tecnología equivocada, el problema del Relleno Sanitario Doña Juana

El Relleno Sanitario Doña Juana (RSDJ) inició operación el 1 de noviembre de 1998 sustituyendo a los botaderos El Cortijo y Gibraltar, el mismo año en que la Administración de Bogotá decidió privatizar el servicio de recolección, barrido y limpieza de los residuos sólidos urbanos, acabar con la Empresa Distrital de Aseo (EDIS) –fundada en 1958– y 14 años después de que la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) concluyó en un estudio que lo más recomendable para su mantenimiento era adoptar la tecnología de termovalorización.
 

Dicha tecnología de aprovechamiento térmico de los residuos habría evitado tanto las problemáticas ambientales como los deslizamientos que viven desde hace algunos años los vecinos al predio.
 

La investigación “Estudio de la central térmica para Bogotá empleando las basuras que se recogen en la ciudad”, realizada en 1984, permitió que varios estudiantes de la Facultad de Ingeniería de la UNAL optaran al grado profesional de ingenieros mecánicos; sin embargo no se tuvo en cuenta, sino que, por el contrario, la política nacional y distrital se centró en sustituir los botaderos a cielo abierto, la quema incontrolada de residuos y su disposición en cuerpos de agua, por una tecnología de enterramiento realizada en forma técnica que redujera la afectación al medioambiente.
 

Puedes ver: Residuos orgánicos mitigarían el impacto ambiental del relleno Doña Juana.
 

No se pensó en el aprovechamiento de los residuos, y a 2020 nuevamente se está ante un evento de remoción en masa de los residuos que se entierran en el RSDJ.
 

El relleno y sus licencias

El RSDJ es un predio con vocación agrícola de 592 ha, ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar, en el cual se entierran diariamente alrededor de 6.413 toneladas de residuos, equivalentes a 192.390 ton/mes, y se reciben en promedio 704 viajes/día de carros recolectores de los residuos generados en Bogotá y las poblaciones del oriente de Cundinamarca como Cáqueza, Choachí, Chipaque, Fosca, Gutiérrez, Ubaque y Une.
 

Dichos residuos se disponen en niveles –una combinación de disposición por área y terrazas por la ondulación del terreno– que según las últimas licencias ambientales aprobaron la optimización del terreno. Esto quiere decir que como a la capacidad de este ya se copó, entonces se autorizó la disposición de residuos sobre áreas dispuestas ya clausuradas (colocar basura sobre basura) con el propósito de no extender más el predio afectando los predios aledaños –que, como se dijo, son de vocación agrícola– y de crecer la altura del sitio de disposición.
 

La licencia ambiental otorgada por la Corporación Autónoma Regional (CAR) mediante resolución 2133 de 2000, permitió operar la zona VIII hasta 2008, cuando la licencia se modificó mediante resoluciones CAR 2211 y 2791 de 2008 con la Optimización fase I y ampliación de zona VIII con terraza 8 respectivamente, fase que se culminó en tiempo y capacidad en 2014. Ese año, mediante resoluciones CAR 1351 y 2320 se otorgó una nueva modificación denominada “optimización fase II”, que dieron permiso ambiental para disponer residuos hasta el 31 de marzo de 2022.
 

Todas estas licencias se otorgaron al Distrito Capital en cabeza de la Unidad Administrativa de Servicios Públicos (UAESP) como titular de la licencia. En 2018, cambió la autoridad ambiental del RSDJ de la CAR a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA y el Distrito cedió derechos y obligaciones de la licencia ambiental del RSDJ al concesionario Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP (CGR).

La planta

Los lixiviados son los líquidos resultantes del proceso de percolación o paso de un fluido a través de un sólido y que generalmente arrastra gran cantidad de los compuestos presentes en el sólido que atraviesa. El RSDJ cuenta con una planta de tratamiento que procesa todos los líquidos generados en el relleno, 21,3 l/seg en promedio, con una calidad que sólo cumple el 60 % de los parámetros establecidos por la autoridad ambiental –porcentaje de DBO5, aluminio, cobalto cromo, boro, hierro entre otros rebasan los límites establecidos en la normatividad colombiana.

Así mismo, dispone de un conjunto de equipos de control para monitorear la presión de gases, inclinómetros para detectar desplazamientos de la masa de residuos, y las llamadas “narices electrónicas” para monitorear los olores agresivos que produce la descomposición de los residuos, el gas metano y los lixiviados, entre otros equipos, que igual nunca son suficientes para garantizar totalmente una correcta operación.
 

El Relleno es administrado por tres contratos principales, a saber:
 

  • el Contrato de Concesión 344 de 2010 celebrado con el Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana SA ESP (CGR), firmado el 14 de septiembre de 2010 y cuyo objeto incluye la operación y el mantenimiento de disposición final y del sistema de tratamiento de lixiviados con una duración de 11 años condicionado a la vida útil licenciada, es decir a la fecha establecida en la licencia ambiental y que finaliza en marzo de 2022.
  • el 137 de 2007 UAESP – Biogás Doña Juana SA ESP, cuyo objeto incluye el tratamiento y aprovechamiento del biogás captado en el RSDJ, que inició el 3 de abril de 2008 con duración de 23 años y un mes, y que finaliza en mayo de 2031.
  • el de Consultoría no. 130E de 2011, cuyo objeto es realizar la interventoría integral de los contratos C-344 de 2010 y C-137 de 2007 mencionados antes.

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El primer contrato se rige por la fórmula tarifaria de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), actualizada en la resolución CRA 720 de 2015 tanto para el costo de disposición final (CDF) como para el de tratamiento de lixiviados (CTL). Dichos costos fueron incrementados en 82 % y 517 % según resolución CRA 843 de 2018, sin que el Distrito hubiese expresado su desacuerdo, a pesar de que la afectación hacia los usuarios representó un incremento de tarifas residenciales entre el 12,81 % para el estrato 1, del 17,63 % para el estrato 6 y del 21,3 % para el pequeño productor.

La tecnología

La tecnología de relleno sanitario implica una labor de ingeniería compleja, de cuidado y muy rigurosa en cuanto al acatamiento de normas y parámetros técnicos, constructivos y de disposición final, normalmente contemplados en el Estudio de impacto Ambiental (EIA) que realiza el concesionario como base fundamental para la aprobación de la licencia ambiental.
 

En el caso del RSDJ estas condiciones se tornan más críticas debido a la naturaleza del terreno y a que su explotación se halla en unas fases de optimización que implica depositar residuo fresco sobre residuo “viejo”, lo cual lleva a diferentes tasas de asentamiento, de generación de lixiviados, y de gases que vuelven más riesgosa la operación.

Estas situaciones se volverán más frecuentes y agudas por el cambio climático que produce contracciones y dilataciones de la masa de residuos con los cambios de clima intempestivos, con los aguaceros intensos y localizados que aumentan la generación de lixiviados y la probabilidad de deslizamientos al cargar las montañas de residuos, que en el RSDJ superan ya los 90 m entre terreno natural y la cima de residuos.

Por otra parte, la tecnología de aprovechamiento de residuos avanza: cambiaron las prioridades y a nivel mundial se impuso el modelo basura cero con el fin de enterrar cero residuos no tratados, lo cual lleva a la desaparición de los rellenos sanitarios como los conocemos actualmente; a implementar tecnologías de minimización en la generación de residuos, reutilizar, reciclar y aprovechar para por último dejar a enterramiento sólo la pequeña fracción de los desechos de las plantas de reciclaje, tratamiento y aprovechamiento.

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La solución: termovalorización

Según las conclusiones del estudio de la UNAL, basado en la caracterización de residuos realizada por la EDIS y la Secretaría de Salud de Bogotá en 1979, en ese momento los residuos dieron un poder calorífico inferior de 1.821 KCAL/kg (7,62 Mj/kg/). Utilizando la tecnología de central térmica, actualmente termovalorización, con 6.000 ton/día de residuos en Bogotá se dimensionaron tres unidades de generación, cada una con capacidad de 50 Mw . Es decir, las basuras de Bogotá tendrían una capacidad potencial de energía de 150 Mw instalados.
 

A manera de referencia, el alumbrado público de Bogotá tiene actualmente (2020) aproximadamente 40 Mw de capacidad instalada. Lo que se hubiera evitado el Distrito en problemas ambientales, sociales, económicos y de salud, entre otros, si en vez de relleno sanitario hubiera implementado dicho estudio y aprovechado el residuo que generan la capital y los municipios del oriente de Cundinamarca en producir electricidad como alternativa al relleno sanitario.
 

A raíz de la implementación del programa de “Basura cero” en 2012, se realizaron nuevos estudios, se hizo una etapa previa de selección de tecnologías: por parte de la Empresa de Energía de Bogotá con apoyo de la UAESP y con datos tomados en 2014 se llegó a unos resultados similares al estudio de la UNAL.
 

La opción más viable para la ciudad fue implementar plantas de termovalorización, es decir, centrales térmicas de generación eléctrica cuyo combustible es el residuo sólido urbano (las basuras) que genera la ciudad y que no son recicladas. Quedaron descartadas las tecnologías de: gasificación, pirólisis y plasma gasificación, entre otras razones por mayor robustez, madurez, riesgo, y capex (gastos de capital) y opex (gasto operativo) necesarios.
 

Una vez definida la termovalorización como tecnología -que en mundo cuenta con al menos 2000 plantas con esta tecnología en operación- iniciaron estudios de factibilidad con estos resultados:
 

  • una planta para procesar 6400 toneladas/día, con una capacidad eléctrica de 131 MW y un personal de operación de 112 personas.
  • predio requerido 15 ha,
  • poder calorífico inferior promedio 2063.17 Kcal/kg = 8.65 Mj/kg. (la referencia dada por estudios del Banco Mundial establece como límite de viabilidad técnica un poder calorífico inferior PCI mayor a 7 Mj/kg.)

Con esto se concluyó la fase uno del estudio, y se recomendó iniciar una segunda fase que incluye la inscripción del mismo ante la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), realizar el EIA para solicitar su aprobación ante la autoridad ambiental y la ingeniería de detalle de la infraestructura a implementar.

La flecha indica que este tipo de plantas usan tiro de aire desde la zona de descarga hacia la cámara de combustión, para evitar malos olores en la operación, y usar el aire para la combustión.

La UAESP, a pesar de lo establecido en la licencia ambiental, resolución CAR 1351 de 2014 artículo 23, que consignó explícitamente la condición de una vez finalizada la fase de Optimización fase 2, año 2022, no se debía ni ampliar ni optimizar más el RSDJ, realizó el Contrato de consultoría n°. UAESP CM 13 2018 Optimización de zonas de antiguos depósitos de residuos, según el cual se debe hacer:
 

  • una excavación de cerro de 9450.000 m3,
  • un dique oriental de 45,20 m promedio de altura con un volumen de llenado de 3`557.323 m3
  • un dique norte de 36,5 m de altura y realce de la vía de 20,5 m de altura con una cantidad de material de llenado de 1501.162 m3.

Lo anterior daría una capacidad de recepción de residuos de 91´580.000 con una cota máxima a 3015 msnm y una operación de 37 años, desde 2024 al 2061. El operador actual del RSDJ CGR ofreció a la UAESP: la elaboración de diseños definitivos para el proyecto de optimización del RSDJ –Fase III-, el EIA y el Trámite Autorización ante ANLA.

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Independientemente de quien la ejecute, esta obra faraónica, conlleva un altísimo riesgo geotécnico con sus consecuencias ambientales y de salud, ya que implicaría depositar residuos sobre los residuos de zonas de disposición ya cerradas y que han tenido los deslizamientos anotados arriba, además de continuar con la tecnología ya obsoleta de relleno sanitario; sería, en suma,  devolverse en el modelo de “Basura Cero” y en las recomendaciones de los ODS objetivos de ciudad sostenible promovidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la cual Colombia ya hace parte y además perpetuar la vulnerabilidad de la Ciudad al tener un solo sitio de disposición final que si falla colapsa todo el sistema de aseo.
 

Algunas ventajas de la tecnología de termovalorización, con respecto al relleno sanitario son:
 

  • el tiempo de procesamiento de los RSU pasa a una hora, con respecto a 100 años que en promedio dura la descomposición del residuo en un relleno;
  • el aprovechamiento energético de los RSU se incrementa a 550 kwh/toneladas en una planta de termovalorización desde 65 kwh/toneladas que se obtiene en un relleno;
  • cumplimiento de normatividad ambiental comprobada en las distintas plantas instaladas en el mundo, contra el permanente incumplimiento de vertimiento de lixiviados por fuera de norma y con la emisión de gases efecto invernadero ocurridos en los rellenos.
     

La madurez alcanzada por la tecnología de termovalorización, en cuanto a control de emisiones y olores ha permitido su ubicación en zonas urbanas, por ejemplo, en Porto -Portugal- la planta que trata los residuos de la ciudad se encuentra a 2,8 Km del aeropuerto, algo semejante ocurre en Londres, Barcelona, sólo para citar unos ejemplos.

Con respecto al actual operador del RSDJ, CGR, se denota la falta de compromiso en el cumplimiento del contrato C-344 de 2010, evidenciados en el laudo del Tribunal de Arbitramento convocado en el año 2015 y emitido el 27 de septiembre de 2018, el cual comprobó y determinó 11 incumplimientos relacionados con la operación del RSDJ con un valor estimado en inversiones de 110.000.000.000 de pesos y condenó a CGR a realizar las obras necesarias para corregir dichos incumplimientos y a una sanción pecuniaria de 2.172.354.976 de pesos.
 

La CGR tampoco ha cumplido con las sanciones establecidas en el laudo del Tribunal ni en las acciones que la ANLA determinó que debía realizar.

Esto demuestra que además de que la tecnología del RSDJ fue equivocada, desde 1988 se debería haber elegido e implementado una tecnología de aprovechamiento térmico de los residuos, el actual operado del RSDJ no es el más idóneo para la operación adecuada y técnica del relleno, por lo cual la ciudad –y sobre todo los habitantes vecinos al predio– sufren las consecuencias.

 

Pero aún hay algo más preocupante y es que la actual Administración no consideró el problema con la suficiente importancia como para establecer un proyecto prioritario en el plan de desarrollo radicado la semana anterior en el Concejo de Bogotá, por lo cual no le destinó el presupuesto correspondiente. Es claro, que para construir sobre lo construido se debe culminar el estudio realizado por la Empresa de Energía de Bogotá en 2014 y fijar como propósito la instalación y el montaje de varias plantas de termovalorización para que entren en operación antes de 2025.
 

Para consultar:

Laudo emitido por el tribunal sobre la sociedad CGR DOÑA JUANA S.A. – ESP.

Fuente de la Noticia

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