Home Economía Calendario tributario 2024: plazos para el impuesto de renta, patrimonio, IVA, consumo y más | Impuestos | Economía

Calendario tributario 2024: plazos para el impuesto de renta, patrimonio, IVA, consumo y más | Impuestos | Economía

por Redacción BL
0 comentario
Impuestos

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer los plazos establecidos para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias en 2024. 

(Únase aquí a nuestro canal de WhatsApp y reciba toda la información económica de Colombia y el mundo).

A través de la emisión del decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023 quedó en firme el calendario tributario del próximo año. Es decir, la normativa indica cuáles son los días hábiles en los que podrá llevar a cabo el pago de impuestos como el de renta, el de consumo, el de patrimonio, entre otros. 

A continuación, le presentamos las fechas a tener en cuenta. 

Impuesto de renta para personas jurídicas

De acuerdo con el cronograma, las personas jurídicas, sociedades y asimiladas, así como los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, deberán realizar el pago correspondiente al año gravable 2023 en dos cuotas: 

Presentación de declaración y pago de primera cuota: del 10 al 24 de mayo de 2024.

Pago segunda cuota: del 10 al 23 de julio de 2024. 

Tenga en cuenta que los plazos establecidos varían dependiendo del último dígito del NIT. Además, recuerde que en las mismas fechas definidas para las personas jurídicas, las entidades del sector cooperativo del Régimen Tributario Especial también deberán hacer la presentación y el pago de este Impuesto.  

(Lea más: Impuesto predial y de vehículos: cómo quedó el calendario tributario de Bogotá en 2024)

Impuesto sobre las Ventas – IVA

Esta obligación está dispuesta para aquellos grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales que hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 92.000 UVT al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Este valor para el año gravable 2023 corresponde a $3.901.904.000. 

El pago de este gravamen se realiza con una periodicidad bimestral teniendo en cuenta el último dígito del NIT. Los vencimientos por cada bimestre son: 

– Enero – febrero: del 11 al 22 de marzo.

– Marzo – abril: del 10 al 24 de mayo.

– Mayo – junio: del 10 al 23 de julio.

– Julio – agosto: del 10 al 23 de septiembre.

– Septiembre – octubre: del 13 al 26 de noviembre.

– Noviembre – diciembre: para 2025, del 13 al 24 de enero. 

En el caso de las quienes tienen que cumplir con esta obligación, pero registran ingresos inferiores a los antes mencionados, tendrán que realizar el pago de manera cuatrimestral en las siguientes fechas límites: 

– Enero – abril: del 10 y el 24 de mayo de 2024.

– Mayo – agosto: del 10 y el 23 de septiembre de 2024.

– Septiembre – diciembre:
del 13 y el 24 de enero de 2025. 

(Más noticias: Retención en la fuente 2024: ¿qué es y cómo puede calcularse?)

Impuestos

iStock

Impuesto Nacional al Consumo

El calendario señala que los responsables del este tributo, así como al de bolsas plásticas y al consumo de cannabis, tienen la obligación de presentar la declaración y hacer el pago con una periodicidad bimestral, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

Los plazos son los siguientes: 

– Enero – febrero: para 2024 las fechas serán entre el 11 al 22 de marzo.

– Marzo – abril: entre el 10 al 24 de mayo.

– Mayo – junio: entre el 10 al 23 de julio.

– Julio – agosto: entre el 10 al 23 de septiembre.

– Septiembre – octubre:
entre el 13 al 26 de noviembre.

– Noviembre – diciembre: entre el 13 al 24 de enero. 

(Vea: ¡Abróchese el cinturón! Gobierno fijó impuesto para vehículos en 2024 a nivel nacional)

Las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas que a 1 de enero de cada año tengan un patrimonio líquido, es decir, el patrimonio bruto menos las deudas a cargo, igual o superior a 72.000 UVT, tendrán la obligación de presentar la declaración y pagar este gravamen en dos cuotas de 50 % cada una.

Las fechas establecidas para su cumplimiento son: la presentación de la declaración y pago de la primera cuota será definió para entre el 10 y el 24 de mayo; mientras que el 
pago de la segunda cuota deberá hacerse el 13 de septiembre.  

(Lea más: Dian: estas son las fechas para declarar renta en el 2024)

Pago de impuestos

Pago de impuestos

iStock

Impuesto a bebidas azucaras y ultraprocesados

La normativa señala que la presentación de la declaración y el pago de este impuesto tendrá que efectuarse, con una periodicidad bimestral, el décimo día hábil de los meses que corresponda, independientemente del NIT.

Para el próximo año, los vencimientos serán los siguientes: 

– Enero – febrero: el 14 de marzo de 2024.
– Marzo – abril: el 16 de mayo de 2024.
– Mayo – junio: el 15 de julio de 2024.
– Julio – agosto: el 13 de septiembre de 2024.
– Septiembre – octubre: el 18 de noviembre de 2024.
– Noviembre – diciembre: el 16 de enero de 2025. 

(Más noticias: ¿Cuándo debe pagar impuestos en 2024? Este es el calendario tributario)

PORTAFOLIO

Fuente de la Noticia

También te puede interesar

Noticias de Buenaventura y el mundo

2024 – All Right Reserved. [email protected]