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Claves del decreto con el que el Gobierno ayudará a pagar nóminas de empresas – Sectores – Economía

por Redacción BL
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Todas las empresas del país estaban pendientes del decreto que dará un subsidio para el pago de sus nóminas, el cual, finalmente, fue expedido el viernes en horas de la noche.

La urgencia del decreto 639 se debe a que el aporte estatal, exclusivamente para ese fin, se implementará para el pago de la nómina en la primera quincena de mayo (en el caso de las empresas que pagan el salario a sus empleados en dos cuotas al mes).

Como se trata de mucho dinero que pondrá el Estado ($ 2 billones por mes), y de salvar 6 millones de empleos, las medidas para evitar que se usen los recursos de manera fraudelenta son amplias.

Las exigencias para postularse se mantuvieron, como las habían anunciado el presidente Iván Duque y el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla:

  1. Reducción en ingresos superior al 20% durante el mes de abril, en comparación con el mismo mes del 2019.

  2. Que sean empresas formales.

  3. Solicitud del beneficio ante una entidad financiera con soporte de los contadores y revisores fiscales.

  4. Presentación de la planilla integrada de pago a la seguridad social (Pila).

Por lo tanto, es clave resaltar las novedades y estas tienen que ver con las medidas de control para que nadie intente aprovecharse de la situación y solicitar el subsidio de manera fraudulenta.

En primer lugar, el sector financiero será clave para que el manejo del dinero sea estrictamente para subsidiar nóminas de empleados, de manera que se intente así evitar despidos, lo que a su vez beneficia a las familias, que seguirán contando con ingresos por su renta de trabajo. 

El Estado pondrá $ 2 billones por mes para salvar 6 millones de empleos

Tan pronto como la entidad financiera reciba la solicitud, entrará a jugar la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (Ugpp), la cual ha tomada fama de tener una ‘fina lupa’ para detectar el fraude.

Según el decreto, «las entidades financieras que reciban los documentos de postulación al Programa deberán informar a la Ugpp de la recepción de los mismos. La Ugpp deberá llevar un registro consolidado de los beneficiarios y el número de empleos que se protegen a través del presente programa y verificará que el beneficiario no se ha postulado para el mismo aporte mensual ante otras entidades bancarias«.

Esto no es más que un cruce de información permanente y minucioso entre las entidades bancarias y la Ugpp.

Hay que resaltar que se trata de uno de los decretos más extensos, toda vez que incluye varios frentes, además de los ligados a la entrega del aporte. Por ejemplo, se establece una medida tributaria que crea una exención del 4×1.000 y una exclusión del IVA para los traslados de los dineros del aporte.

De igual manera, la solicitud del aporte, que tendrá una vigencia de 3 meses, se deberá repetir cada mes. Esto porque el subsidio solo cubre a los empleos que se mantengan, de tal forma que no habrá posibilidad de pedir el auxilio sin que el empleado conserve su puesto.

El decreto contempla fuertes medidas sancionatorias para que no intenten aprovecharse de la ocasión. Por tal razón, se establece que, al postularse, la empresa acepta las condiciones que se imponen de veracidad en el suministro de la información. Esto porque posteriormente, cuando se verifique la información, las sanciones serán onerosas e incluirán desde multas hasta medidas penales.

«Aquellas personas que reciban uno o más aportes estatales de los que trata el presente Decreto Legislativo, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para tal fin y no lo informen a la autoridad competente, o las reciban de forma fraudulenta, o los destinen a fines diferentes a los aquí establecidos, incurrirán en las responsabilidades disciplinarias, fiscales y penales a las que hubiere lugar», se lee.

La Dian apoyará todo el proceso con la información relacionada con los ingresos de la compañía, especialmente el cumplimiento del requisito de afectación en el 20% de la facturación

Y agrega el decreto: «para los efectos de la responsabilidad penal, en todo caso, se entenderá que los documentos presentados para la postulación al Programa, así como los recursos del aporte estatal que reciban los beneficiarios, son de naturaleza pública».

Esto significa que el que cometa un fraude lo estará haciendo contra todo el país, ya que se trata de una coyuntura compleja en la que se realiza un esfuerzo financiero, por lo cual no debe haber cabida para actos ilíticos.

Según las normas de control establecidas en el de decreto, «en caso de verificarse el incumplimiento de uno de los requisitos con ocasión de los procesos de fiscalización de la Ugpp,  esta deberá adelantar el proceso de cobro coactivo en contra de aquellos beneficiarios que reciban uno o más aportes estatales de forma improcedente«.

Según lo indicado en la normatividad para recibir el auxilio estatal para el pago de nómina, en términos sancionatorios, aplicará el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario para las devoluciones improcedentes. En concreto, esto es:

  1. Obligación de devolver el dinero del subsidio.

  2. Intereses moratorios desde la fecha del subsidio improcedente.

  3. 10% o 20% del subsidio improcedente de sanción general

  4. 100% del subsidio improcedente si se usaron documentos falsos o fraude.

Además de esto, aplican las sanciones disciplinarias y penales que correspondan, considerando que se da la categoría de documento público a la solicitud.

Hay que recordar que el término de la acción del numeral 670 del Estatuto Tributario determina que son tres años, así que en los próximos tres años se continuarán realizando fiscalizaciones (a cargo de la Ugpp), mientras que la Dian apoyará todo el proceso con la información relacionada con los ingresos de la compañía, especialmente el cumplimiento del requisito de afectación en el 20% de la facturación.

«Vamos a trabajar de la mano con la Ugpp para que no existan abusos», indicó el director de la Dian, José Andrés Romero.

MARTHA MORALES MANCHEGO
Redacción Economía y Negocios
EL TIEMPO

Fuente de la Noticia

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