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Fiscalía habilitó otros tres puntos de atención (PAF) Putumayo

por Redacción BL
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Fiscalía habilitó otros tres puntos de atención (PAF) Putumayo

Ya son seis los PAF con los que el ente investigador acerca la justicia a los putumayenses. 

La Fiscalía General de la Nación inauguró tres nuevos Puntos de Atención (PAF) en Putumayo. Están ubicados en los municipios de Puerto Guzmán, Puerto Caicedo, y en el corregimiento de Puerto Colón en San Miguel. 

Estas acciones se suman a las que ha adelantado el ente investigador en su objetivo de acercar la justicia a los ciudadanos, permitiéndoles interponer denuncias y recibir orientación por parte de personal idóneo. 

En la más reciente inauguración estuvo presente la Directora Seccional Olga Judith Pérez Gordillo, autoridades municipales, líderes sociales, integrantes de las juntas de acción comunal, integrantes de comunidades afrodescendientes y comunidad en general. 

Se espera que, con esta implementación 57.000 personas de las zonas urbana y rural de los tres municipios se van beneficiadas. Estas dependencias se suman a las tres que se ubican en el corregimiento de Santana en Puerto Asís, en Colón y Santiago. 

Horario de atención 

En Puerto Colón en San Miguel (Putumayo) el PAF está ubicado en la Casa de Cultura, en la oficina del corregidor municipal. Su atención será de 8:00 a.m. a 12:20 m. y de 2:00 a 5:30 p.m. En Puerto Caicedo se ubica en el centro de convivencia del municipio y atenderá de 8:00 a 12 m. y de 2:00 a 6:00 p.m. 

En Puerto Guzmán, el punto de atención se ubica en la Inspección de Policía. El horario de atención será de 8:00 a 12 m. y de 2:00 a 6:00 p.m. 

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 

LMGM/MAGA/OJPG/DSP 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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