Home La Región Fiscalía imputará a exfuncionarios de la ANI que planificaron, tramitaron, aprobaron y firmaron cuatro modificaciones al contrato de concesión Ruta del Sol II

Fiscalía imputará a exfuncionarios de la ANI que planificaron, tramitaron, aprobaron y firmaron cuatro modificaciones al contrato de concesión Ruta del Sol II

por Redacción BL
0 comentario
Abogado_Francisco_Barbosa

  • 16 exfuncionarios de la ANI serán imputados por delitos contractuales sin respetar los requisitos legales, peculado con apropiación en beneficio de terceros y enriquecimiento ilícito de personas en beneficio de terceros.

  • Por otra parte, el expresidente de la entidad, Luis Fernando Andrade Moreno, será imputado por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares en beneficio de terceros.

  • Durante la investigación se estableció que, gracias a cuatro ampliaciones, se habían contratado proyectos y obras y se había cambiado la forma de pago del tramo Ocaña – Gamarra, en supuesto desconocimiento de las reglas y criterios contractuales.

La Fiscalía General de la Nación, a través de la Fuerza de Tarea Especial del caso Odebrecht, avanzó en un nuevo frente de investigación relacionado con la presunta responsabilidad de funcionarios en diversas irregularidades detectadas en las adiciones otorgadas al proyecto Ruta del Sol II, para el posible beneficio de la concesionaria Ruta del Sol SAS

En ese sentido, se interpondrán solicitudes de audiencia de acusación contra 17 exfuncionarios que formaron parte de la Comisión Consultiva de Asuntos Contractuales de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) entre 2012 y 2015.

Estas personas participaron en la preselección, tramitación, revisión, aprobación y celebración de cuatro adiciones al contrato No. 001 del 14 de enero de 2010, mediante las cuales permitieron a la contratista Ruta del Sol asumir el diseño y obras de un nuevo tramo vial entre Ocaña (Norte de Santander) y Gamarra (César); y los métodos de pago han sido cambiados.

En el desempeño de sus deberes y funciones asignadas, los integrantes del Comité Asesor habrían violado las normas y principios de la contratación, ignorando los requisitos definidos en la licitación pública y lo indicado por la empresa estructuradora del proyecto, International Finance Corporation (IFC) del Banco Mundial.

De esta forma, quedó acreditado que en medio de posibles anomalías, se reconocieron a la concesionaria más de 7.804 millones de pesos, que se sumaron al valor del contrato principal.

Abogado_Francisco_Barbosa

En detalle

La Mesa Especial de Trabajo para el Caso Odebrecht estableció que el 13 de julio de 2013 la ANI unilateralmente, por falta de estudios previos de idoneidad y oportunidad, y sin una nueva autorización del Consejo Superior de Política Fiscal CONFIS de vigencia futura que ampara modificaciones contractuales , ofreció a la concesionaria Ruta del Sol ampliar el objeto del contrato inicial mediante la Adenda N° 3 para la ejecución de los proyectos del tramo Agua Clara – Ocaña – Sardinata – Cúcuta.

La ANI tampoco tomó en cuenta para esta oferta que esta ruta era administrada por el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), y que esta entidad había contratado los diseños antes mencionados con otro consorcio. Así, la concesionaria tuvo que ajustar su propuesta, pero aprovechó el trabajo realizado por la otra empresa contratada previamente.

Con tal trayectoria, el Comité Asesor de Asuntos Contractuales de la ANI autorizó en la Modificación N° 6 el tramo vial Ocaña – Gamarra, sin contar con la aprobación de los planos y estudios de idoneidad del interventor ni los recursos adicionales para garantizar su financiamiento. Tampoco consideró que se tratara de una obra distinta al objeto inicial del contrato de concesión, con una población objetivo y diversas necesidades a satisfacer, lo que implicaba que correspondía a otro proyecto que debió ser manejado de forma independiente con todos los requisitos legales incluyendo re- tierno y no como un simple complemento.

Con estas dos adiciones irregulares, y constituyendo el agravio del contrato sin cumplir los requisitos legales, el valor de la Ruta del Sol II aumentó un 32% y el plazo de ejecución se amplió de 20 a 25 años. Asimismo, la ANI pagó al contratista poco más de 3.177 millones de pesos por los estudios y cerca de 4.630 millones de pesos por la construcción, para un monto total superior a los 7.804 millones de pesos.

Esto prueba que el Estado pagó dos veces los estudios del tramo Agua Clara – Río de Oro, un desembolso realizado por el INVIAS y otro posteriormente por la ANI, hecho que estructura el delito de peculado en beneficio de terceros.

Finalmente, se revelaron posibles anomalías cometidas por las modificaciones de la fórmula contractual de pago que, de acuerdo con la estructura del proyecto y los términos del contrato de concesión, se realizarían por hitos y fueron modificadas sustancialmente. En primer lugar, por la modificación nº 7 al establecer el pago en base a una declaración de indicadores de construcción y/o mantenimiento que consistía en la cancelación de un porcentaje del 80% del valor del hito; luego por el otro n°9 que autorizó un pago mensual de obras en porcentaje del 20%.

Este renovado enfoque financiero privó al Estado de ingresos del dinero que no debía desembolsar según los términos del contrato inicial y que debía ser reinvertido en el proyecto, mientras que llevó a la concesionaria a trabajar exclusivamente con dinero público, que estructura el delito de enriquecimiento ilícito por cuenta ajena.

acusaciones

Un fiscal del grupo de trabajo del caso Odebrecht imputará a los siguientes exfuncionarios de la ANI que integraron la junta asesora de contratos de la entidad:

  • Andrés Figueredo Serpa, ex vicepresidente de gestión de contratos.
  • Camilo Mendoza Rozo, exvicepresidente de gestión de contratos y exvicepresidente de riesgos y planificación ambiental.
  • María Clara Garrido, ex vicepresidenta administrativa y financiera.
  • Beatriz Eugenia Morales Vélez, ex Vicepresidenta de Estructuración.
  • Héctor Jaime Pinilla Ortiz, ex Vicepresidente Legal.
  • Yasmina del Carmen Corrales, ex supervisora ​​de contratos de concesión.
  • José Andrés Torres Rodríguez, ingeniero en el campo de proyectos viales.
  • Daniel Francisco Tenjo Suárez, exdirector de Proyectos Viales.
  • David Leonardo Montaño García, experto GGC2.
  • Alexandra Lozano Vergara, exjefa de gestión de contratos.
  • Harbey José Carrascal, ex concejal.
  • Francisco Javier Forero, ex asesor financiero.
  • Emerson Durán Varas, ex director financiero de VGC.
  • Cesar Augusto Peñaloza Pabón, ex gerente de proyecto.
  • Edgar Chacón Hartman, exdirector inmobiliario de VPR.
  • Miguel Ángel Bettin Jaraba, ex interventor del contrato.

Si bien los hechos investigados comprometen la conducta de todos los integrantes de la Comisión Asesora de Asuntos Contractuales de la ANI, no serán atribuidos a Luis Fernando Andrade ya que es juzgado por ellos. Así, el expresidente de la ANI será imputado exclusivamente por el delito de enriquecimiento ilícito de personas en beneficio de terceros por parte de los 7 y 9 restantes.

Esta línea de investigación avanza con el objetivo de examinar la conducta y la responsabilidad penal de las personas vinculadas al Contratista ya los órganos superiores de gobierno de la ANI.

Noticia “Caso Odebrecht”

Por la red de corrupción vinculada a la multinacional brasileña Odebrecht, la Fiscalía General incriminó a 57 personas (19 funcionarios y 38 empresarios), presentó 52 cargos y obtuvo 18 condenas.

Desde la creación de la Mesa Especial de Trabajo para el caso Odebrecht en marzo de 2020, se han dictado 15 autos de acusación, hay 17 solicitudes de auto de procesamiento pendientes, se han presentado 13 autos de acusación y se han obtenido 10 condenas.

Esta información se publica por razones de interés general.

La fiscalía habla con resultados.

JARG/GRJD/UFDCSJ/

La información contenida en este comunicado de prensa corresponde a la narración de hechos objetivos de actualidad, proporcionados por los funcionarios encargados de realizar las investigaciones penales dentro de la Fiscalía General de la Nación. Al momento de la publicación de la presente comunicación, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolución por parte de la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7 de la Ley 906 de 2004.



Fuente de la Noticia

También te puede interesar

Noticias de Buenaventura y el mundo

2024 – All Right Reserved. [email protected]