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La Guajira: Gobierno emite el primer decreto para atender estado de emergencia | Gobierno | Economía

por Redacción BL
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La Guajira: Gobierno emite el primer decreto para atender estado de emergencia | Gobierno | Economía

A menos de una semana de que se cumplan los 30 días del plazo definido en el decreto 1085 del 2 de julio de 2023, con el cual se declaró el ‘Estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira’, se conoció el primer decreto con medidas específicas para atender la situación.

Luego de varios días en que diferentes voces cuestionaron el hecho de que el Gobierno no hubiese emitido más medidas al respecto, la Unidad Investigativa de EL TIEMPO reveló el primer decreto derivado de la declaratoria de emergencia, el decreto 1250, con fecha del 26 de julio de 2023.

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La norma dicta, en primer lugar, que, por medio del decreto, se buscan definir las condiciones y medidas “para garantizar el acceso al agua para consumo humano y saneamiento básico» en el departamento, y certifica que «primará la garantía del acceso al agua potable para consumo humano”.

Entre las directrices del decreto se destaca el artículo 3, que indica que en aquellos sitios donde no se pueda asegurar el acceso al agua mediante la prestación del servicio público de acueducto, el Ministerio de Vivienda, junto a otras entidades, podrá garantizar el acceso al agua de los habitantes del departamento con otras medidas.

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Esto, «mediante medios alternos de aprovisionamiento como carrotanques, agua potable tratada envasada, tanques de polietileno sobre vehículos de transporte, tanques colapsables, entre otros«.

Otro punto del decreto habilita al Ministerio de Vivienda para “estructurar y ejecutar proyectos de agua y saneamiento básico” que busquen atender los motivos de la emergencia, y también se avala un “procedimiento abreviado de trámites ambientales”, de modo que las autoridades prioricen estas solicitudes y permisos en caso de que se requiera para garantizar el acceso al agua y saneamiento básico.

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Para tal efecto, se reducirán a una tercera parte en lo que corresponde a la etapa del procedimiento administrativo cuyo trámite está a cargo de las autoridades ambientales competentes, garantizando los términos de ley de los principios de publicidad y contradicción de las actuaciones administrativas y en ningún caso se reducirán los estándares de control y manejo del Recurso Hídrico”, indica el artículo 5 del decreto.

Finalmente, el decreto establece la posibilidad de constituir servidumbres a título gratuito. En este punto, señala que las entidades nacionales y territoriales competentes, “podrán constituir gravámenes de servidumbre a título gratuito sobre bienes inmuebles fiscales y baldíos adjudicables y no adjudicables”. Eso como una medida para atender la emergencia económica, social y ecológica.

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Vale la pena recordar que el Gobierno recibió varios cuestionamientos por la ‘tardanza’ en la publicación de decretos en el marco de la emergencia. En días pasados, el exministro de Hacienda y actual rector de la Universidad EIA, José Manuel Restrepo, enfatizó en que cuando se decreta una emergencia, se hace “para tener instrumentos nuevos que de otra manera no se tendrían para enfrentarla y dar respuesta al problema que originó la emergencia”.

Según Restrepo, existe la posibilidad de que algunos de los instrumentos que el Gobierno tenía pensados para atender la situación pudiesen hacerse efectivos por otras vías normativas.

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De igual forma, César Tamayo, decano de la Escuela de Finanzas, Economía, y Gobierno de la Universidad Eafit, mencionó que es posible que “el equipo de Gobierno no tiene claridad sobre cuáles son las medidas necesarias o deseables” para atender la situación.

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*Con información de EL TIEMPO – UNIDAD INVESTIGATIVA

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