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Polémica por recaudo en litigios de la Dian: lo que hay detrás | Finanzas | Economía

por Redacción BL
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Recaudo de impuestos

Dudas y más dudas; esta es la situación con el Presupuesto General de la Nación para el 2024, que pasó su primer debate en el Congreso de la República con un monto de 502,5 billones de pesos, es decir, un 18,9 % más que el instaurado para el presente año.

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En este monto, 308,7 billones están destinados a gastos de funcionamiento, 94,5 billones para el servicio de deuda y 99,4 billones para inversión, lo que, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, está alineado con la estabilidad y la responsabilidad fiscal en el país.

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No obstante, entre los recursos que generan escepticismo están los 15 billones de pesos que el Gobierno Nacional busca enfocar en el 2024 para la recuperación del recaudo tributario que se encuentra en litigios con la Dirección de Impuestos y Aduana Nacional (Dian).

Según se indica en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, la autoridad tributaria ha identificado nuevos deudores y ha sistematizado 7.000 procesos legales tasados conjuntamente en 27 billones de pesos.

Sin embargo, como estos procesos tienden a demorarse un promedio de ocho años en resolverse, desde la Dian abogan por crear una nueva figura de arbitraje que permita darle celeridad estos litigios de tal manera que solo duren un año.

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Para lograrlo, la Dian llevará a cabo, junto al Ministerio de Justicia, una estrategia normativa para así ejecutar estos procesos con mayor eficiencia, dándole prioridad al arbitramento en vez de esperar sentencias.

Recaudo de impuestos.

En concreto, lo que se plantea es que para este tipo de controversias haya la posibilidad de resolverlas por árbitros especializados en Tribunales de Arbitramento y no por jueces.

En todo lo que tiene que ver con Derecho, el arbitraje es un mecanismo que permite solucionar conflictos sin tener que acudir a la jurisdicción ordinaria, sino a través de árbitros especializados.

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Pero como aún no hay una certeza de cómo se hará, empiezan a surgir dudas por parte de los congresistas.»Este presupuesto puede estar desfinanciado. Cómo se van a recaudar los 15 billones de pesos de litigios de la Dian. En los últimos años, se han resuelto cero casos de este tipo«, mencionó la representante a la Cámara, Katherine Miranda.

Según explicó César Camilo Cermeño, socio de litigio tributario de DLA Piper Martínez Beltrán, por lo general los procesos de determinación pueden durar un año y 11 meses y, por consiguiente, pasan a sede judicial, en donde se demoran 4 y 6 años hasta obtener una decisión definitiva, a pesar de que existan casos en los que se ha llegado a ocho años o más.

«Dependiendo de la cuantía, las discusiones se conocen en primera instancia por los jueces administrativos y en segunda por los tribunales. Además, si la cuantía es mayor a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, en primera instancia será conocida por los tribunales y en segunda por el Consejo de Estado«, explicó el experto.

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La máxima instancia judicial en materia tributaria es la Sección Cuarta del Consejo de Estado, que es una sala especializada en este tipo de asuntos.

Economía colombiana

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CARLOS ORTEGA / ARCHIVO EL TIEMPO

El Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf) aseguró que el monto esperado para el primer año, 2024, por cerca de 15 billones de pesos causa preocupación por su magnitud y las consecuencias sobre el financiamiento de la Nación si estos recursos se atrasaran o no se perfeccionaran.

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Más allá de la certeza sobre esos recursos, al Carf le preocupa la naturaleza de estos para financiar gasto permanente. El principio de la regla fiscal colombiana es que solo se debe financiar gasto estructural con ingresos estructurales. Aunque lograran ingresar recursos por arbitramento de litigios mediante la estrategia normativa que propone el Gobierno, para el Carf es claro que estos recursos no tienen las características para ser considerados como ingreso estructural”, señaló la entidad.

Si bien la Carf menciona que se puede considerar una parte del resultado de los procesos litigiosos y fallos, genera un flujo de ingresos corrientes, aclara que esto tiene que se dé una cuantía inferior a los recursos que se están proyectando para el resto del mandato del presidente Gustavo Petro.

«En el pasado, cualquier flujo de estos recursos debió haber sido contabilizado dentro del recaudo tributario normal, o como parte de la gestión de la Dian (nunca se hizo una discriminación y al preguntarle a la entidad por su cuantía, no se tenía la información), por lo que ya estarían considerados en la base de cálculo que se utiliza para la proyección de los ingresos tributarios”, dice el Carf.

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Por ende, afirma que los recursos por arbitramento para estos procesos son transacciones de una única vez y, por tanto, no son recursos que puedan incorporarse en las estadísticas de finanzas públicas como un ingreso estructural para financiar gasto estructural.

«De programarse el presupuesto del Gobierno Nacional para 2024 con un tope de gasto como el previsto en el Mfmp, se estaría programando un nivel de gasto superior al que sería compatible con el cumplimiento de la Ley de la Regla Fiscal”, sentencia la entidad.

NOELIA CIGÜENZA RIAÑO
EL TIEMPO – ECONOMÍA

Fuente de la Noticia

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