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48 horas tendrá INPEC para trasladar a reclusos con COVID-19

por Redacción BL
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48 horas tendrá el INPEC para trasladar a reclusos con COVID-19

Crédito de foto: Especial para 90minutos.co

El día 23 de junio del 2020 mediante un fallo de tutela, el juez noveno de la República, dio un plazo de 48 horas para el Municipio de Santiago de Cali busque un inmueble para aislar a los reclusos contagiados por COVID- 19 y que permanecen en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.

Los hechos se dieron después que la demandante Nubia Cecilia Perdomo representante legal de la Fundación Retorno a la Libertad, interpusiera una acción de tutela contra el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad Carcelario de Cali y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, para velar por los derechos vulnerados fundamentales de la salud, la vida y la dignidad de los reclusos en dichos centros.

Los fundamentos de acuerdo a la tutela interpuesta:

  • El hacinamiento del 190% que representa el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad Carcelario de Cali, con sus 5.643 internos.
  • El 300% de hacinamiento que existe en la actualidad, de acuerdo con el Personero de Distrital de Santiago de Cali Circunstancia que permanece en el tiempo, incluso después de la sentencia T-153 de 1998 declarada por la Corte Constitucional que busca contrarrestar este el hacinamiento y otras falencias.
  • Según información proporcionada por los internos la entrega de los elementos de aseo personal es de manera “irrisoria” y tardía, y, lo que respecta a los elementos de bioseguridad, estos no les son suministrados, pese a la fecha en la que se descubrió el brote del COVID- 19 al interior del penal

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Actualmente 271 privados de la libertad y 41 miembros del INPEC, los que se encuentran contagiados, y, 6 privados de la libertad los que se encuentran en la UCI, de acuerdo con Laura Perdomo Coordinadora Jurídica de la Fundación Retorno a la Libertad, internos con enfermedades de base como:

“la mayoría con enfermedades catastróficas como VIH, cáncer, diabetes e hipertensión, lo que genera que no se esté cumpliendo con el Decreto 546 del 14 de abril del 2020, donde decían que personas con esta calidad de salud, debían concederle la prisión domiciliaria transitoria”

El fallo de tutela a favor de la Fundación Retorno a la Libertad, busca que dentro de 48 horas se les conceda a los reclusos el kit de aseo, kit de protocolos de bioseguridad como tapabocas, guantes, gel antibacterial y medicamentos necesarios para contrarrestar el mismo, y, trasladar a los internos contagiados a una residencia asilada para poder general control y detener el contagio masivo de los internos, así lo aseguró, Laura Perdomo Coordinadora Jurídica de la Fundación Retorno a la Libertad.

De no cumplir los requisitos, se impondrá un desacato

 “Esperamos que el centro de reclusión con la ayuda del INPEC y la regional puedan cumplir con las peticiones realizadas en la tutela, de no ser así se impondrá un desacato ante los órganos concordantes como es El Tribunal Superior y La Corte Suprema de Justicia.” Asegura, Nubia Cecilia Perdomo Perdomo Directora y Representante legal de la Fundación Retorno a la Libertad, quien además añade:

“Nuestra lucha como tal con los privados de la libertad mediante esta problemática mundial como el COVID- 19, ha tenido que ser de peleas jurídicas como tutelas y derechos de petición haciendo respetar la vida de los privados de la libertad y de sus familiares”

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