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¿Cómo es lo jurídico en tiempos del coronavirus? – Gobierno – Política

por Redacción BL
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¿Cómo es lo jurídico en tiempos del coronavirus? - Gobierno - Política



La secretaria jurídica de Palacio, Clara María González, explica qué decretos se han tomado por medidas de emergencia, cómo ha sido el control de la Corte Constitucional, y expone las bases legales para las sesiones virtuales del Congreso.

¿Qué papel tiene la Secretaría Jurídica de Palacio en una situación de crisis como la de hoy?

Además de las que tiene en circunstancias normales, como estamos en un estado de excepción tiene la función de colaborar y revisar todos los decretos legislativos que se expidan durante la emergencia, remitirlos para su control a la Corte Constitucional y defender ante ella su razón de ser. Y adjuntar las pruebas que solicita la Corte.

¿Cree que en esta época de coronavirus ‘la cositería’ constitucional tiene que ceder un poco y haber un mayor rango de interpretación?

Respecto del Decreto 417 de 2020, que declaró la emergencia, el ponente profirió un auto en el que nos hizo diez solicitudes a la Presidencia, al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Secretaría Jurídica, al Instituto Nacional de Salud (INS) y al Ministerio de Trabajo, que respondimos en términos. Entregamos a la Corte 151 documentos. Respondimos todas las solicitudes de la Corte, menos tres puntos.

¿Cuáles no contestaron?

Por ejemplo, cuáles medidas íbamos a desarrollar para el aprovisionamiento de las vacunas para la cura de la enfermedad. El INS contestó que en este momento no se puede decir, porque todavía no existe esa vacuna.

¿Cuál es el segundo punto que no contestaron?

Nos preguntaron cuáles eran las razones de diferenciación de la tasa de contagio de coronavirus frente a la tasa internacional. El INS dijo que era imposible extender ese estudio a 176 países actualmente. Requiere unos seis meses de trabajo, con dedicación exclusiva.

¿Y el tercero?

La Corte nos preguntó por el impacto de la caída de los precios del petróleo y el dólar, en medio de la crisis del coronavirus, frente a cada uno de los sectores de la economía colombiana.

¿Y qué contestó el Ministerio de Hacienda?

Que no es posible medir el impacto del déficit presupuestal por sector económico generado por la pandemia. Un análisis de esta naturaleza requiere un tiempo de trabajo técnico que se debe desarrollar en los próximos meses.

El Congreso le pide a la Corte Constitucional que, antes de empezar a sesionar virtualmente, la Corte, que ya lo está haciendo, le diga al Congreso si puede hacerlo. ¿Qué opina?

El artículo 140 de la Constitución permite que el Congreso pueda trasladar su sede a otro lugar. Adicionalmente, el artículo 144 establece que las reuniones del Congreso pueden ser públicas. El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece que los comités, consejos, juntas y demás organismos colegiados pueden sesionar de manera virtual, utilizando medios electrónicos, para realizar sesiones no presenciales, cuando por cualquier medio sus miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva. Y existen varias plataformas de salas de videos o de reuniones o programas telepresenciales para ello, como WebEx, Microsoft Teams, Shain, Zoom. De nuestra parte, todos los trámites por el control de constitucionalidad de los decretos legislativos que se han expedido los hacemos virtualmente.

Eso le iba a preguntar: ¿cómo está funcionando el Gobierno? ¿Personal o virtualmente?

En la Rama Ejecutiva, la gran mayoría de la gente está en trabajo desde su casa. Aquí, en la Casa de Nariño, el Presidente y sus asesores vienen, incluidos los de la Secretaría Jurídica, pero la mayoría de las otras consejerías no están viniendo, sino desarrollando su trabajo en sus casas. El país está trabajando virtualmente.

Algunos congresistas temen que las leyes se les puedan caer por votar virtualmente su aprobación…

Si están en una plataforma digital donde se establezca cuál es el procedimiento para las votaciones, perfectamente se podría. No solo la votación, sino el control de ‘quorum’, la remisión de la información sobre las ponencias, de los trámites, de las discusiones.

De nuestra parte, todos los trámites por el control de constitucionalidad de los decretos legislativos que se han expedido
los hacemos virtualmente

¿Qué riesgo tienen de que las medidas que tomen de forma virtual se les caigan después?

Es un riesgo que existe. Este es un país donde todo lo demandan. Pero las cortes y el Poder Judicial están sesionando virtualmente, y siguen trabajando con normalidad.

Hágame un resumen cortico de cuáles son las normas dictadas en desarrollo de ese decreto de emergencia económica…

El gobierno del presidente Duque ha expedido 31 decretos legislativos hasta el miércoles primero de abril.

¿Para qué han sido estas medidas?

En general, para dar alivios a las personas más vulnerables, y para reactivar la economía. El Gobierno Nacional ha dispuesto más de 15 billones de pesos en auxilios directos para atender la pandemia, distribuidos así: 6,5 billones para atención en salud; 2 billones para auxilios monetarios a las poblaciones más vulnerables; 2,5 billones para garantizar los servicios públicos de los estratos 1 y 2; 300.000 millones para mercados de los adultos mayores; 300.000 millones para sanidad militar; 600.000 millones para los créditos con garantía de la Nación que no paguen la comisión de seguro. Y ha dispuesto más de 60 billones para créditos a las empresas, con énfasis en las mipymes.

¿Y entre las medidas está ampliar los calendarios tributarios?

Estos se han ampliado para el cumplimiento de obligaciones tributarias como liquidación y pago; se ha suspendido el plazo para la renovación de la matrícula mercantil y los demás registros que integran el registro único empresarial. Se ha suspendido por el término de 30 días calendario a partir del lunes 23 de marzo el desembarque con fines de ingreso o conexión en territorio colombiano de pasajeros procedentes del exterior por vía área. Se estableció en decreto que las audiencias públicas se pueden celebrar por medios electrónicos. Se ampliaron los términos del derecho de petición para todas las entidades públicas. Estas podrán contratar directamente, pero solamente bienes, servicios e insumos relacionados con el coronavirus. Y se les ha reconectado el agua de manera inmediata a las personas que la tenían suspendida.

¿Y sobre la mitigación del virus?

El Gobierno ha creado el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) para la atención de la salud y los efectos adversos que ha generado la pandemia. Ese fondo prestará a la Nación hasta el 80 % de los recursos que se destinarán a atender las necesidades y las urgencias del coronavirus. Se ha autorizado la entrega de una transferencia monetaria no condicionada, adicional y extraordinaria, a favor de los programas Familias en Acción, Protección Social al Adulto Mayor y Jóvenes en Acción.

¿Cuántas emergencias hemos tenido desde la Constitución del 91?

Catorce. Con esta, quince.

Pero ninguna de las anteriores cubría un espectro tan amplio de la salud de los colombianos y de la economía…

Ni a todas las ramas del poder público. La emergencia busca conjurar los efectos de la crisis mediante la protección de la salud en todos los habitantes del territorio nacional; la mitigación y prevención del impacto negativo en la economía del país y, adicionalmente, la protección de la población más vulnerable, que necesita un amparo del Gobierno Nacional.

¿El Presidente ha pensado en prolongar la emergencia hasta su plazo máximo, que es de 90 días?

Constitucionalmente está facultado, y en su momento él tomará la decisión que considere.

El Presidente les ha recordado a alcaldes y gobernadores que él es el máximo responsable del orden público…

Sí. Por disposición del artículo 189, numeral 4, sus directrices deben ser cumplidas y acatadas. Por ejemplo, la orden de un aislamiento preventivo obligatorio es una competencia que le corresponde a él constitucionalmente.

Hay la percepción de que en esa materia, el Gobierno va al remolque de las ideas que lanza la alcaldesa de Bogotá…

Puede que esa sea una percepción, pero el Gobierno, en los decretos de orden público, trabajó con muchísima antelación; no fueron respuesta a la alcaldesa de Bogotá.

No puede ser que Bogotá tenga un piloto y el resto del país, en cabeza del Presidente, otro piloto…

Las decisiones que el Presidente adopta siempre tienen, y más en este caso, un fundamento técnico y científico.

¿Cómo se deben redistribuir claramente las competencias entre la Nación y la autoridad municipal para que este tipo de cosas no pasen?

El tema legal y constitucional es muy claro. El Presidente es el responsable del orden público, lo dirige y da los lineamientos, y los alcaldes deben someterse a ellos. El Presidente ha sido muy enfático en que debemos trabajar todos de manera coordinada y armónica. A todos los alcaldes los ha llamado, se han reunido en múltiples ocasiones presenciales, ahora virtuales; tiene contacto directo con todos ellos. Pero no puede haber ruedas sueltas.

Las decisiones que el Presidente adopta siempre tienen, y más en este caso, un fundamento técnico y científico

En fin, hay mundo jurídico hasta en épocas de virus…

Total.

¿Es cierto, por ejemplo, que le están pidiendo pruebas al Gobierno tan absurdas, como la de por qué está invirtiendo en respiradores?

Eso no me lo han notificado. Pero sí está el caso del Icetex. Expedimos un decreto, el 467, con medidas de urgencia para dar unos beneficios económicos, aproximadamente de 69.000 millones de pesos en beneficios a usuarios de créditos del Icetex, para bajar las tasas y prorrogar plazos de créditos. Entre las pruebas que pide la Corte está esta: ¿qué otros planes ordinarios de financiación o amortización contempla el Icetex frente al eventual incumplimiento en el pago de los beneficiarios? O sea, me están preguntando hacia el futuro qué va a pasar si los señores no pagan. ¿Ah? A Hacienda le han pedido explicaciones respecto a la capitalización del Fondo Nacional de Garantías, que pretende garantizar todos los beneficios para la población más vulnerable. El Gobierno está en capacidad de responder todas las preguntas de la Corte, siempre y cuando no correspondan a estudios hacia el futuro, sino que se basen en las situaciones fácticas y técnicas relacionadas con cada uno de los decretos.

Y una última pregunta doctora Clara María, que no sé si usted me la pueda contestar. ¿El aislamiento se va a prolongar más?

Le contesto con sinceridad. El Presidente todos los días se reúne con el comité, con el gerente de la crisis, con los ministros, con los expertos, con los epidemiólogos, pero a mí no me queda tiempo de ir a esas reuniones; ni siquiera de leer el periódico. Por eso del tema médico y del tratamiento de la enfermedad no le puedo hablar. Sí vivo muy pendiente de los casos que tenemos en Colombia día a día, para justificar en los decretos legislativos que el crecimiento del coronavirus es exponencial. Mi trabajo es ese: ¿qué se necesita en contratación? ¿Qué se necesita en materia de personal? Y aquí estoy.

MARÍA ISABEL RUEDA
Especial para EL TIEMPO



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