Luego de acoger la solicitud de un fiscal de la Estructura de Apoyo (EDA) de Cartagena, un juez de control de garantías aseguró a cinco presuntos integrantes del grupo delincuencial San Paulino, por su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir, fabricación, tráfico o porte de arma de fuego y hurto calificado agravado.
De acuerdo con las investigaciones adelantadas, los hoy procesados, al parecer, están vinculados en 10 casos hurto a locales comerciales y fleteo. Los hechos ocurrieron entre los años 2022 y 2023, en la zona industrial de El Bosque, los barrios Calamares y Manga de Cartagena y los municipios de Magangué y Arjona (Bolívar), así como en Lórica y Cereté (Córdoba) y en Corozal (Sucre).
Uno de los hurtos sucedió en Magangué, el pasado 10 de febrero, cuando los presuntos integrantes de ‘San Paulino’ en medio de un hurto habrían despojado a un hombre de una gran suma de dinero que momentos antes retiró de una entidad bancaria.
Los procesados fueron capturados por uniformados de la Policía Nacional en diligencias judiciales el pasado 20 de junio, en diferentes zonas de Bolívar y La Guajira.
En audiencias concentradas, el juez envió a la cárcel a Ángel Gustavo Martelo Hernández, alias Martelo o Angelito, presunto cabecilla del grupo delincuencial y Jorge Mario Baldovino Corrales, alias Mario.
Por su parte, Janeth Viviana Cervantes Restrepo, alias Janeth o Viviana; Fredy Santiago Vallejo Banda, alias Banda; y Richard Antonio Arrieta Urruchurto, alias Urruchurto, fueron asegurados en lugar de domicilio.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
MEVA/MG/ICHS/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.