Luego de que la Contraloría hiciera uso de la facultad de advertencia para decirle al Gobierno que los líos en el Presupuesto General de la Nación seguían vigentes y que los documentos que reglamentaban este tema estaban abiertos a demandas de inconstitucionalidad, el Ministerio de Hacienda emitió un nuevo decreto de liquidación para corregir estos errores.
Por medio del Decreto 0312 del 6 de marzo del 2024, esta cartera incluyó dos grandes cambios en el Decreto 163 del 14 febrero, que a su vez corregía el 2295 de diciembre del 2023, con los cuales, entre otras cosas, quitó las facultades que tenía el presidente Gustavo Petro para decidir sobre los recursos de inversión.
El primer gran cambio en esta normativa es que desagrega el anexo del decreto de liquidación, haciendo caso a lo que dicta el Estatuto Orgánico de Presupuesto, de que deben ser tres documentos y no dos (Ley de Presupuesto, Decreto de Liquidación y Anexo), los que regulen la ejecución de los recursos para este año.
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“Artículo 2°. Modifíquese el artículo 92 del Decreto 2295 de 2023, el cual quedará así: ARTíCULO 92. ANEXO. El detalle del gasto para la vigencia fiscal del 2024 está contenido en el anexo que acompaña el presente Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Estatuto Orgánico de Presupuesto”, dice la nueva normativa.
En segundo lugar y, según expertos consultados por Portafolio, tal vez la modificación más importante, es la inclusión de “Artículo 94” al Decreto de Liquidación, en el cual se establece que la potestad para realizar cambios a los rubros de inversión, sin alterar su uso ya establecido, quedará en manos del Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación.
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“Las modificaciones y/o distribuciones en el presupuesto de gastos de inversión, sin cambiar su destinación, se harán mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano para lo cual requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación – Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General del Presupuesto Público Nacional”, agrega la norma.
Con esto se deja claro que el poder de decisión sobre qué proyectos van y cómo se usan, quedarán en manos de estas dos entidades, de corte técnico, y no en Casa de Nariño, como se pretendía en un principio y razón por la cual en su momento se emitió un borrador de decreto para dar “poderes” al Presidente de la República, sobre los dineros oficiales.
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Por último, la nueva normativa establece que “rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 103 de 2024 y 163 de 2024”, dejando en firme una tercera normativa para reglamentar el presupuesto del 2024.
Atención a la Contraloría
Llama la atención que este nuevo decreto se expidió un día después de que la Contraloría General de la República hiciera un fuerte jalón de orejas al Ministerio de Hacienda, advirtiendo que los líos en el Presupuesto General de la Nación seguían vigentes y era necesario arreglarlos para evitar demandas al Estado.
Tal y como este medio publicó el pasado 21 de febrero, el ente de control dejó claro que los errores en el decreto de liquidación se corrigieron a medias y que si bien se discriminaron los $13 billones que estaban en el aire, poniendo en riesgo el futuro de 108 obras de infraestructura como el metro de Bogotá o más de 20 vías 4G, todavía hay vicios de inconstitucionalidad.
Por medio de un comunicado, la Contraloría dijo que no son $13, sino $18 billones los recursos aprobados en la ley de presupuesto, que no fueron desagregados en proyectos “que son estratégicos para el desarrollo del país y el impulso al crecimiento”.
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Con estas fallas se pone en riesgo la ejecución del presupuesto, ya que este decreto estaba expuesto a una posible demanda de legalidad que podría detener su implementación. Esta eventualidad pudo resultar en la paralización de las actividades estatales, lo cual constituirá un hecho sin precedentes en la historia reciente de la ejecución presupuestaria.
Esta autoridad cerró diciendo que le preocupaba que la ejecución de estos recursos quedase sujeta a la discrecionalidad de la Presidencia y agregó que el caso de las agencias era delicado, porque se trata de entidades ejecutoras, en las que la autonomía es un factor decisivo para su operación.