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Por velar a su perro en una funeraria, puede enfrentar una fuerte multa

por Redacción BL
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Podría pagar unos 9 millones de pesos por violar reglamento de sanidad de Puerto Rico.
 
El propietario de la funeraria que veló a su perro esta semana en Puerto Rico podría enfrentar una multa de 5.000 dólares (unos 9 millones de pesos) por velar al animal ilegalmente y exponer a las personas a posibles enfermedades, según informaron las autoridades locales.
 
El secretario auxiliar de Salud Ambiental, Carlos Carazo, explicó al diario ‘Primera Hora’ que Carrasco violó el Reglamento General de la agencia sanitaria del 25 de noviembre de 2008, en el que no se contempla que las mascotas puedan ser veladas en una funeraria.
 
Según Carazo, el propietario de la funeraria, Eusebio Carrasco, tendría que haber solicitado “una dispensa al reglamento” para poder velar a su perro ‘Brownie’ en su negocio Ceiba Funeral Home, ubicado en el este de la isla caribeña.
"Es una cuestión de ley y orden. Si uno de estos operadores empieza a hacer estos velatorios novedosos, lo próximo es que alguien más va a querer hacer algo más novedoso todavía. Pero todo esto se sale de lo que se espera que sea un ambiente salubrista (sanitario)", dijo.
 
Por su parte, el presidente del Colegio de Veterinarios, Ernesto Casta, también mostró preocupación sobre los riesgos de salud a los que estuvieron expuestas las personas que se acercaron a 'Brownie' y recordó que existen otras alternativas. 
 
"Como veterinario no me sorprende el velorio en el sentido de que vemos hasta dónde pueden llegar dueños cuando se trata del cuidado y de la muerte, y lo que hacen por sus mascotas, pero hay un aspecto de salud que pudiera representar un peligro", indicó.
 
Casta dijo que el Colegio de Veterinarios aún no tiene una posición sobre esta práctica, pero que espera que se discuta el tema.
 
Los dueños de mascotas tienen la opción de la cremación, cuyos precios varían entre 100 y 400 dólares (entre 190.000 y 760.000 pesos), según el tipo y el peso del animal, o enterrarlo en una propiedad siempre que no haya corrientes de agua cercanas.
 
EFE

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